Verdad pol¨ªtica y verdad judicial
La verdad pol¨ªtica y la verdad judicial son verdades de naturaleza distinta y de compatibilidad funcional nada f¨¢cil.La verdad pol¨ªtica es una verdad relativa y permanentemente revisable, a la que se llega a trav¨¦s de dos procesos.
1.- Un proceso electoral, p¨²blico y contradictorio, en el que los litigantes exponen sus argumentos ante un juez, el cuerpo electoral, que dicta una sentencia a trav¨¦s del ejercicio del derecho de sufragio. Se trata de un proceso pol¨ªtico, protagonizado por agentes de naturaleza pol¨ªtica, debatido con argumentos pol¨ªticos y resuelto por un juez pol¨ªtico, que dicta una sentencia asimismo pol¨ªtica.
2. Un proceso parlamentario, tambi¨¦n publico y contradictorio ' en el que la mayor¨ªa y la minor¨ªa han de ejecutar la sentencia dictada en su d¨ªa por el cuerpo electoral. Tambi¨¦n se trata de un proceso pol¨ªtico, protagonizado por agentes pol¨ªticos, y en el que las decisiones que se adoptan son pol¨ªticas, aunque pueden acabar objetivadas en normas jur¨ªdicas.
Esta, es la forma en que la sociedad se autodirige en democrac¨ªa. Por eso la pol¨ªtica es la esfera de la verdad. relativa y mutable, cuya regla de oro es la, regla de la mayor¨ªa. Lo que es verdad hoy puede dejar de serlo ma?ana, ya que la sociedad puede cambiar de mayor¨ªa. Por eso Kelsen defin¨ªa la democracia como el compromiso permanente de la mayor¨ªa y la minor¨ªa pol¨ªticamante reperesentadas en el Parlamento.
La verdad judicial es, por el. contrario, la verdad m¨¢s absoluta, que puede alcanzarse en las sociedades humanas. Definir' la verdad es la: funci¨®n constitucional del juez. Ni, m¨¢s ni menos. Hasta hoy no se ha encontrado mejor sistema para -hallar la verdad en los conflictos sociales que el proceso contradictorio con un ¨¢rbitro imparcial sometido unicamente, a la ley.
De aqu¨ª deriva la configuraci¨®n. constitucional del poder judicial: independencia y sistema de verificaci¨®n de la verdad, de tal manera que cuando una decisi¨®n judicial sea firme, se hayan despejado las dudas que puedan existir respecto de la misma. La doble instancia en el proceso civil la separaci¨®n entre el juez que instruye y el que dicta slentencia en el proceso penal..., todo est¨¢ dirigido a la producci¨®n de una verdad firme, dotada del valor de cosa juzgada. Esta diferente naturaleza es la que las hace incompatibles cuando se pasa de un determinado umbral.- La verdad judicial es muy superior a la verdad -pol¨ªtica. En un . conflicto entre ambas la aniquila. Pero con la verdad judicial, con una verdad firme y no revisable, no se puede hacer pol¨ªtica. Se puede hacer fundamentalismo, pero no pol¨ªtica. El car¨¢cter absoluto de la verdad judicial es lo que la inhabilita como. verdad pol¨ªtica.
No cabe duda de que todo sistema democr¨¢tico se puede ver sometido siempre y se ve sometido puntualmente a la verificaci¨®n judicial. Siempre hay un ¨ªndice de judicializaci¨®n del proceso pol¨ªtico, como hay un ¨ªndice de inflaci¨®n o de contaminaci¨®n. Pero de la misma manera que un sistema econ¨®mico no puede vivir con la hiperinflaci¨®n, un sistema pol¨ªtico no puede vivir con la hiperjudicializaci¨®n. Cuando un sistema pol¨ªtico, se ve sometido de forma generalizada a un proceso: de verificaci¨®n judicial, acaba irremediablemente en el colapso. Es lo que ha ocurrido y lo que sigue ocurriendo en Italia.
Tenga la impresi¨®n de que en Espa?a nos hemos deslizado vertiginosamente por esa pendiente y que estamos al borde del colapso. Arzallus, Pujol y m¨¢s recientemente Fraga han advertido del peligro, sin que sus advertencias hayan servido, para mucho. ?Estaremos condenados a repetir la experiencia italiana?
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