Un tribunal admite el derecho al voto local de todos los ciudadanos de la UE
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana ha reconocido el derecho al sufragio municipal a "todos" los ciudadanos de la Uni¨®n Europea residentes en Espa?a, al anular los comicios de Llaur¨ª, Valencia, donde se impidi¨® participar a dos personas de nacionalidad francesa. Un solo voto podr¨ªa dar un concejal m¨¢s al PSI`V en detrimento de Uni¨®n Valenciana.La sentencia del TSJ reproduce un art¨ªculo del Tratado de Maastricht donde se, afirma que todo ciudadano de la UE "tendr¨¢ derecho a ser elector y elegible en las elecciones municipales del Estado miembro en que resida".
El tribunal interpreta que la aplicaci¨®n de este precepto es inmediata para todos los pa¨ªses de la UE, y estima que el principio de reciprocidad exigido por la Constituci¨®n espa?ola -por el cual s¨®lo se reconoci¨® a daneses, holandeses', suecos y noruegos el derecho al voto en las pasadas elecciones- "rige impl¨ªcitamente en todos los Estados miembros de la Uni¨®n por mandato imperativo".
La anulaci¨®n de las elecciones de Llaur¨ª, con la necesidad de repetirlas en una de sus dos mesas, no impedir¨¢ que se constituya la Diputaci¨®n Provincial de Valencia el pr¨®ximo 17 de julio, seg¨²n el criterio seguido en anteriores situaciones similares. Por otro lado, el TSJ ha desestimado los recursos de Uni¨®n Valenciana (UV) contra la proclamaci¨®n de resultados en' Valencia y Quart de Poblet.
En Valencia, UV impugn¨® 31 mesas, pero el alto tribunal de la Comunidad Valenciana ha rechazado el recurso, porque el supuesto vicio del procedimiento r¨ªo ha sido "determinante del resultado de la elecci¨®n".
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