El Constitucional declara que Rold¨¢n fue detenido legalmente y sin enga?os
Luis Rold¨¢n fue detenido con "todas las garant¨ªas constitucionales y procesales". As¨ª lo afirma el Tribunal Constitucional al rechazar un recurso de amparo del ex director de la Guardia Civil contra el auto de detenci¨®n dictado por la instructora del caso Rold¨¢n, Ana Ferrer, y contra la ratificaci¨®n de su procesamiento por la Audiencia de Madrid. El alto tribunal dictamina que no hubo enga?o por parte de las autoridades espa?olas y considera "hu¨¦rfana de toda justificaci¨®n probatoria" la argumentaci¨®n de Rold¨¢n. Adem¨¢s, le impone una multa de 100.000 pesetas por "temeridad manifiesta" al presentar el recurso.
El Constitucional califica de "meramente te¨®rica" la argumentaci¨®n en la que el ex director de la Guardia Civil se bas¨® para recurrir el auto de prisi¨®n de la juez Ana Ferrer y de su procesamiento por la Audiencia de Madrid. Seg¨²n la resoluci¨®n, el pr¨®fugo no fue enga?ado cuando fue detenido por las autoridades espa?olas en el aeropuerto de Bangkok el pasado 27 de febrero. Por el contrario, su captura "se realiz¨® con la observancia de todas las garant¨ªas constitucionales y procesales", seg¨²n la informaci¨®n publicada ayer por el diario Abc.El amparo se rechaza por motivos tanto de forma como de fondo. Los magistrados de la Sala Primera del Constitucional, Jos¨¦ Vicente Gimeno Sendra, Manuel Jim¨¦nez de Parga y Francisco Javier Delgado Barrio, consideran que el recurso de Rold¨¢n "no fija con precisi¨®n el amparo que se solicita", por falta de jurisdicci¨®n y "falta manifiesta de contenido constitucional".
En relaci¨®n "a la pr¨¢ctica de su supuesta detenci¨®n en el aeropuerto de Bangkok mediante un no menos supuesto enga?o urdido por las autoridades espa?olas", el tribunal subraya que no tiene la suficiente jurisdicci¨®n para conocer los perjuicios cometidos en un pa¨ªs extranjero, "ya que el recurso de amparo tan s¨®lo es procedente frente a lesiones de derechos fundamentales cometidos en territorio espa?ol".
Respecto del fondo del asunto, el tribunal dice: "Es claro que sobre el recurrente exist¨ªa una orden judicial de detenci¨®n de 29 de abril de 1994, tambi¨¦n lo es que fue conducido por polic¨ªas espa?oles desde el aeropuerto de Bangkok a Roma sin que manifestara ninguna oposici¨®n y que en el interior de la aeronave espa?ola fue detenido con la observancia de todas las garant¨ªas constitucionales".
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