El Gobierno plantea un "conflicto de jurisdicci¨®n con Garz¨®n para no entregar los papeles del Cesid
El ministro de Defensa, Gustavo Su¨¢rez Pertierra, present¨® en el juzgado de guardia de Madrid, sobre las nueve de la noche de ayer, un "conflicto de jurisdicci¨®n" con el juez, Baltasar Garz¨®n con el fin de no enviarle los papeles secretos del Cesid sobre la guerra sucia contra ETA, cuyo plazo de entrega vence precisamente hoy. Esta acci¨®n jur¨ªdica pretende "poner fin a la cascada de autos" con que el juez "castiga al Cesid y al ministro de Defensa, seg¨²n consta en el escrito de 23 folios entregado al juez de guardia. Junto al recurso, que deber¨¢ dirimir un tribunal de conflictos de jurisdicci¨®n, el ministro de Defensa present¨® otro escrito, de un solo folio, cuyo objetivo es evitar "desobedecer en plazo" al requerimiento de Garz¨®n.
En este ¨²ltimo escrito, Su¨¢rez Pertierra insiste "una vez m¨¢s" en que no puede entregar los documentos solicitados porque lo "prohibe la Ley de Secretos, Oficiales" y por "las razones expuestas en el conflicto de jurisdicci¨®n". La iniciativa planteada, cuya presentaci¨®n ya anunci¨® este peri¨®dico el pasado viernes, tiene como objetivo definir "una salida definitiva" cuando se trata de secretos oficiales y. determinar si cualquier juez puede reclamar el conocimiento de los mismos, seg¨²n indicaron anoche fuentes del Gobierno.El contencioso legal debe ser dirimido por el Tribunal de Conflictos de Jurisdicci¨®n, un ¨®rgano especial que se constituir¨¢ bajo la direcci¨®n del presidente del Tribunal Supremo y el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), actualmente Pascual Sala. Sus otros integrantes ser¨¢n dos magistrados de la Sala de, lo Contencioso-Administrativo del Supremo elegidos por el pleno del CGPJ y tres miembros del Consejo de Estado. En caso de empate, el presidente del Supremo puede ejercer el voto de calidad.
La argumentaci¨®n del ministro de Defensa replica a la doble l¨ªnea argumental de Garz¨®n en su quinto requerimiento para conseguir los documentos del Cesild. El juez estima que los do currientos han dejado de ser se cretos porque los ha mostrado Sti¨¢rez Pertierra en la Comisi¨®n de Secretos Oficiales del Congreso, porque el coronel Juan Alberto Perote se ha referido a ellos en alguna declaraci¨®n judicial y porque algunos yan han sido publicados en el diario El Mundo.
Filtraci¨®n de secretos
El ministro replica que el Gobierno no est¨¢ dispuesto a dar por buenas conductas irregulares, como la filtraci¨®n por parte de alg¨²n diputado de cuestiones tratadas en una . comisi¨®n de car¨¢cter secreto y a la que los parlamentarios acuden con el deber de mantener la reserva. Tambi¨¦n considera el Ejecutivo una irregularidad que un funcionario como Perote viole secretos que ha conocido en funci¨®n de su cargo o que, un medio de comunicaci¨®n- los publique "cuando sabe que no puede hacerlo".
Garz¨®n sostiene asimismo en su requerimiento que los documentos en cuesti¨®n no est¨¢n amparados por la Ley de Secretos Oficiales porque no afectan a la seguridad del Estado. El Gobierno responde que se trata de una invasi¨®n de competencias, porque, seg¨²n la ley y los criterios constitucionales, s¨®lo al Gobierno, corresponde determinar qu¨¦ es, secreto oficial. El Ejecutivo asegura que es su intenci¨®n no obstaculizar ninguna investigaci¨®n judicial, sino "recurrir a la v¨ªa establecida para resolver los conflictos" entre distintos poderes del Estado.
El Gobierno conf¨ªa en que el fondo de la cuesti¨®n est¨¦ resuelto en uno o dos meses y subraya que el planteamiento del conflicto no obliga a paralizar ninguna investigaci¨®n judicial, "aunque ser¨ªa razonable que el juez no tomara decisiones que luego pueden ser anuladas".
Revisi¨®n de un precedente
Finalmente, el Ejecutivo quiere que se aclare un auto del Supremo que autoriz¨® a la juez Ana Ferrer, instructora del caso Rold¨¢n, a investigar soportes documentales de los fondos reservados y lo justific¨® porque el secreto no puede servir para amparar conductas delictivas. Defensa cree que este auto rompe una tradici¨®n jur¨ªdica anterior, fijada a trav¨¦s de sentencias, y no de autos, y pretende que el Tribunal de Conflictos de Jurisdicci¨®n d¨¦ una soluci¨®n definitiva.
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