Presupuestos democr¨¢ticos
Tentado siempre de ocuparme de cosas de mayor enjundia, hab¨ªa pensado dedicar mi colaboraci¨®n de este mes a los veh¨ªculos todo terreno, que aparte de ser el incordio que todos sabemos constituyen en mi opini¨®n uno de los s¨ªmbolos m¨¢s expreivos de la mentalidad dominante en nuestra sociedad. Al final me veo obligado, no s¨¦ si por sentido del deber o por pura estupidez, a volver a las cosas de mi oficio, para no dejar pasar en silencio el significa(lo constitucional del voto con el que la mayor¨ªa de nuestros diputados se aprestan a devolver al Gobierno su proyecto de Presupuestos Generales para 1996.Lo peor es que s¨¦ adem¨¢s que esto del significado constitucional de las decisiones es cosa que no da ni fr¨ªo ni calor a muchos de mis compatriotas, quiz¨¢ a la mayor¨ªa. Tengo, no obstante, la esperanza de que haya todav¨ªa algunos para los que la expresi¨®n "Estado social y democr¨¢tico de derecho" sea algo m¨¢s que la designaci¨®n eufem¨ªstica de esa "sociedad econ¨®mica de derecho penal" en, la que realmente vivimos, y que piensen, como yo, que en el respet¨® a la Constituci¨®n est¨¢ en juego nuestra libertad. A ellos m? reflexi¨®n, que no pretende sino abrir un debate.
El rechazo de los Presupues tos encierra siempre de modo impl¨ªcito, y as¨ª se entiende en todas partes, una retirada de la Gonfianza parlamentaria en el Gobierno; en este caso esa de negaci¨®n de la confianza es adem¨¢s perfectamente expl¨ªcita. Por el contexto en el que se han producido, nadie puede dudar de que las enmiendas de totalidad al proyecto de Presupuestos se han presentado y se van a votar, no por los defectos in tr¨ªnsecos de ese proyecto, sino porque la mayor¨ªa quiere, aprovechar la ocasi¨®n para hacer manifiesta su falta de confianza en el Gobierno que habr¨ªa de administrarlos. Como el principio fundamental del sistema parlamentario es el de que ning¨²n Gobierno puede mantener se en el poder sin la confianza del Parlamento, la consecuencia l¨®gica de ese rechazo debe r¨ªa ser la inmediata dimisi¨®n del Gobierno, una consecuencia de la que, sin embargo, no se habla, o se habla s¨®lo co rno aspiraci¨®n pol¨ªtica de algunos, no como necesidad jur¨ªdica que a todos se impone, guste o no, convenga o no.
Esa resistencia a ignorar lo que la l¨®gica impone puede ampararse, supongo, en dos argumentaciones distintas. Una, disparatada, pero triunfante ahora en Andaluc¨ªa y, seg¨²n creo, tambi¨¦n durante a?os en Cantabria, es la de que la Constituci¨®n misma prev¨¦ que, de no estar aprobados los Presupuestos antes del primer d¨ªa. del ejercicio econ¨®mico, se consideran prorrogados, hasta que lo sean, los del a?o anterior. Como el texto literal de la disposici¨®n da a entender, sin embargo (un entendimiento que es coincidente con el que se deriva de la tradici¨®n y de la pr¨¢ctica seguida en los Estados, no muchos, en donde existen normas de este g¨¦nero), que el supuesto al que este precepto puede aplicarse es el de que, por una u otra causa, se retrase la aprobaci¨®n de los Presupuestos, en modo alguno e] de que ¨¦stos hayan sido expresamente rechazados. Hacer equivalente el retraso en la aprobaci¨®n del proyecto a su devoluci¨®n va contra la gram¨¢tica, contra el buen sentido y, desde luego, contra la Constituci¨®n.
La otra argumentaci¨®n, m¨¢s sutil, podr¨ªa ser, imagino, la de que aunque el rechazo de los Presupuestos haya de ser entendido como una p¨¦rdida de la confianza del Parlamento en el Gobierno, esta p¨¦rdida s¨®lo produce el cese del Gobierno `en los casos previstos en la Constituci¨®n", que expl¨ªcitamente s¨®lo menciona los de la moci¨®n de censura y la denegaci¨®n de la cuesti¨®n de confianza planteada por el Gobierno. La interpretaci¨®n es literalmente discutible, pero no abiertamente extravagante, y el argumento parece as¨ª m¨¢s s¨®lido que el anterior. A mi juicio, se trata, no obstante, de una simple apariencia, de una interpretaci¨®n que busca apoyo en la letra para apartarse del, esp¨ªritu. Incluso en un sistema en el que los Gobiernos depend¨ªan s¨®lo de la confianza del Rey, como el instaurado en Francia en 1814, se entendi¨® que la no aprobaci¨®n del presupuesto (lo que se llam¨® entonces negativa de las C¨¢maras a colaborar, puesto que no pod¨ªa hablarse de retirada de la confianza) entra?aba necesariamente la ca¨ªda de los gobernantes. La "racionalizaci¨®n" del parlamentarismo (en la jerga se llama "parlameritarismo racionalizado", aquel en el que se arbitran mecanismos para evitar la multiplicaci¨®n de las crisis, o las crisis sin soluci¨®n) no puede ser su negaci¨®n, no puede hacer posibles Gobiernos que no gozan de la confianza del Parlament¨®, en cuestiones pol¨ªticas esenciales, y los Presupuestos Generales del Estado son sin duda una cuesti¨®n pol¨ªtica esencial. As¨ª se entiende tambi¨¦n en todas partes.
Si se aprueban las enmiendas de totalidad al proyecto de Presupuestos, el Gobierno queda desprovisto de la confianza de las Cortes y por tanto est¨¢ obligado a dimitir o acordar la disoluci¨®n de las Cortes y la convocatoria de nuevas elecciones. La disoluci¨®n es una prerrogativa del presidente del Gobierno, pero cuando ¨¦ste ha perdido la confianza ya no es una opci¨®n libre, sino una de las dos alternativas entre las que forzosamente ha de escoger. Y ha de escoger de modo inmediato y como consecuencia directa de la situaci¨®n en la que la decisi¨®n parlamentaria lo ha colocado. Disolver dos o tres meses despu¨¦s, y no como resultado de la decisi¨®n del Congreso de los Diputados, sino porque ya antes de ella se hab¨ªa decidido, no es cumplir con la Constituci¨®n. Es posible que en estas circunstancias pueda pensarse que puesto que habr¨¢ disoluci¨®n, no importa mucho la forma de hacerla, y hasta que es mejor no forzar las cosas para que las elecciones no hayan de hacerse a finales de diciembre. A mi juicio, sin embargo, en este caso como en otros muchos lo que m¨¢s importa es precisamente la forma. Tolerar que el Gobierno posponga o encubra la decisi¨®n que el Congreso de los Diputados le deber¨ªa forzar a tornar de modo inmediato y palmario es, ahora y para el futuro, un golpe tremendo y no s¨¦ si definitivo para la autoridad de la C¨¢mara que constitucionalmente ostenta la representaci¨®n del pueblo espa?ol. Mucho m¨¢s grave desde luego que la disparatada negativa del presidente del Gobierno a dar cuenta personalmente de lo que en persona hizo. Si estas consideraciones de oportunidad a las que antes aludo llevan a la oposici¨®n a la conclusi¨®n de que no conviene ahora forzar las cosas, mejor ser¨ªa que aceptase entrar en la discusi¨®n del proyecto. No le faltan razones para negarse a hacerlo, pero, como dec¨ªa el viejo lema, si no se ha de sacar la espada sin raz¨®n, tampoco hay en envainarla nunca sin honor.
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