Aviso a Moreiras
EL JUEZ Moreiras ha tenido la primera respuesta en uno de los m¨²ltiples frentes que ha dejado, abiertos tras, su err¨¢tico proceder de hace 10 d¨ªas en relaci¨®n con Mario Conde y el caso Argentia Trust, en el que el ex banquero est¨¢ implicado. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha decidido abrir al titular del Juzgado Central de Instrucci¨®n n¨²mero 3 de la Audiencia Nacional un expediente disciplinario por la posible comisi¨®n de tina falta de revelaci¨®n de hechos o datos conocidos en el ejercicio de su funci¨®n jurisdiccional.La reacci¨®n del ¨®rgano de gobierno de la magistratura ha sido r¨¢pida. Actuar de otro modo hubiera sido escandaloso. No se necesitaba hacer ninguna indagaci¨®n para saber lo que era p¨²blico y notorio. Primero: que este pintoresco magistrado no tuve, reparo en divulgar cuanto Mario Conde le hab¨ªa dicho o dejado de decir en su extra?a y provechosa comparecencia del d¨ªa 11. Segundo y m¨¢s grave: que p¨²blcamente se declar¨® convencido por las no comprobadas acusaciones lanzadas por el ex banquero contra terceras personas.
La supuesta falta de Moreiras est¨¢ calificada de grave o muy grave. En el ¨²ltimo supuesto, su comisi¨®n podr¨ªa acarrearle la suspensi¨®n, el traslado forzoso o la expulsi¨®n de la carrera judicial. Pero sea cual sea la decisi¨®n que se adopte al respecto, lo inaceptable ser¨ªa que el expediente se quedase en amago, sin consecuencia alguna. Ello ser¨ªa interpretado, y muy justamente, como una prueba m¨¢s del corporativismo de los jueces y de su demostrada pereza para sancionar las conductas irregulares de sus pares.
Es posible que en la actuaci¨®n de Moreiras existan, adem¨¢s, aspectos delictivos. Saber si hubo o no alg¨²n tipo de pacto entre el juez y Conde, con el consiguiente trato de favor al segundo, es algo que s¨®lo podr¨¢ deducirse del cuidadoso an¨¢lisis de todas y cada una de las diligencias practicadas por Moreiras en la fecha en que pareci¨® querer enviar a Conde a la c¨¢rcel y termin¨® por dejarlo en libertad y exculpado, adem¨¢s, de los principales cargos. Pero ¨¦sa no es tarea del CGPJ, sino del ministerio fiscal.
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