Convivir a la fuerza
LOS JUECES est¨¢n obligados a resolver los procesos con el menor coste posible, no a complicarlos. Este elemental principio de econom¨ªa procesal y de sentido com¨²n brilla por su ausencia en la decisi¨®n de la Audiencia de Pontevedra que obliga a convivir nuevamente a una pareja que llevaba un a?o separada por sentencia de un juzgado de familia.La ley no obligaba a los jueces a revivir una situaci¨®n desastrosa ya superada. Han sido sus prejuicios. Su decisi¨®n no infringe seguramente la letra de la ley, pero violenta su esp¨ªritu. En cambio, el fallo que han revocado era irreprochable desde el punto de vista legal: aceptar sin m¨¢s la separaci¨®n provisional de la pareja por la probada falta de afecto conyugal por parte de la esposa. Para los magistrados de Pontevedra, el desamor, de la esposa por el esposo no basta para justificar la separaci¨®n legal. Exigen un periodo previo de separaci¨®n de hecho. ?Es ese requisito un imperativo legal? No. Las razones dadas son m¨¢s bien de car¨¢cter personal: "Otra cosa implicar¨ªa que cualquiera pueda presentar a su capricho demanda de separaci¨®n y obtenerla". ?Acab¨¢ramos! Es el desenfreno y la relajaci¨®n de costumbres lo que parece preocupar a los magistrados. Para tranquilizarse, condenan por capricho a una mujer a convivir con quien no desea hacerlo.
Pero como el amor es libre y ning¨²n decreto o sentencia puede imponerlo, la mujer en cuesti¨®n ha encontrado la manera de eludir el veredicto judicial: ha planteado de inmediato una nueva demanda de separaci¨®n matrimonial. Y esta vez con la prueba de haber estado separada de hecho al menos durante un a?o en virtud de una sentencia judicial. Es decir, conseguir¨¢ al fin que los jueces le reconozcan un derecho tan elemental como no convivir con quien no quiere. Pero ser¨¢ a costa de prolongar su calvario procesal, mayores gastos y sufrimientos y, sobre todo, de causar m¨¢s perjuicios a sus hijos. Alguna sentencia parece una broma de mal gusto.
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