PSOE, PP y CiU rebajan la prohibici¨®n para contratar con las administraciones p¨²blicas
El PSOE, el PP y CiU han alcanzado un principio de acuerdo para rebajar el alcance de las prohibiciones que impiden trabajar con las administraciones p¨²blicas que con templa la Ley de Contratos. Esta norma, aprobada el pasado mes de junio, establece que no pueden contratar con el Estado empresas en las que sus directivos est¨¦n condenados, procesados o acusados. El cambio que los partidos quieren introducir aprovechando la discusi¨®n de un decreto-ley en el Senado, reduce esos tres supuestos a uno: que la prohibici¨®n afecte s¨®lo a empresas con directivos sentenciados.
Los tres partidos han logrado el acuerdo despu¨¦s de innumerables contactos en los que ha Intermediado la patronal CEOE, seg¨²n confirmaron fuentes parlamentarias. Los empresarios -especialmente banqueros y constructores- alertaron sobre las negativas consecuencias econ¨®micas de una aplicaci¨®n rigurosa de esa ley.El principal caballo de batalla de estas intensas negociaciones ha sido el pol¨¦mico art¨ªculos 20.a, que dice textualmente: "En ning¨²n caso, podr¨¢n contratar con la Administraci¨®n las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias siguientes: Haber sido condenadas mediante sentencia firme o estar procesadas o acusadas ( ... ) por delitos de falsedad o contra la propiedad, por delito de cohecho, malversaci¨®n de caudales p¨²blicos, tr¨¢fico de influencias, negociaciones prohibidas a los funcionarios, revelaci¨®n de secretos o uso de informaci¨®n privilegiada o delitos contra la Hacienda P¨²blica".
La prohibici¨®n alcanza a "las personas jur¨ªdicas cuyos administradores o representantes se encuentren en las situaciones mencionadas por actuaciones realizadas en nombre o a beneficio de dichas personas jur¨ªdicas ( ... ), y a aqu¨¦llas cuyo capital pertenezca mayoritariamente a personas que se encuentren en las mismas situaciones".
El sustancial retoque sobre el que hay acuerdo es la reducci¨®n de las causas de prohibici¨®n de contratar. Los partidos coinciden en que el rigor de la Ley de Contratos debe recaer ¨²nicamente en las personas sobre las que exista sentencia firme por los delitos mencionados. Es decir, se eliminar¨ªa la prohibici¨®n en casos de proceso o acusaci¨®n, con lo que se salvar¨ªa el escollo de un posible recurso de inconstitucionalidad por quebrar el derecho a la presunci¨®n de inocencia.
Este cambio aliviar¨ªa la situaci¨®n de empresas como Huarte o Cubiertas -con directivos encausados, aunque ya han presentado sus dimisiones, en el caso Rold¨¢n- y despejar¨ªa el horizonte de otras como Cepsa, Focsa (hoy FCC), Elsan, BBV o Abengoa -con directivos incluidos en el informe del fiscal del caso Filesa-.
La modificaci¨®n a la Ley de Contratos se realizar¨¢ aprovechando el paso por el Senado de uno de los decretos ley que se han de tramitarse antes de que finalice el a?o. Posiblemente, el que recoja medidas sobre la sequ¨ªa. El texto ser¨¢ presentado, con toda probabilidad, por CiU. Sin embargo, a¨²n no est¨¢n amarrados todos los t¨¦rminos de la redacci¨®n de la enmienda. A¨²n no hay acuerdo sobre la fecha en la que entrar¨ªa en vigor el nuevo art¨ªculo.
Fuentes de los tres partidos consideran que la modificaci¨®n que se propone tendr¨¢ efectos beneficiosos para despejar las incertidumbres que se cern¨ªan sobre sectores fundamentales de la econom¨ªa espa?ola.
Este punto de la Ley de Contratos no ser¨¢, sin embargo, el ¨²nico que ser¨¢ retocado. Tambi¨¦n existe consenso para variar el art¨ªculo 129. ?ste proh¨ªbe licitar cualquier obra hasta que est¨¦n expropiados todos los terrenos. La aplicaci¨®n de esta norma no tiene demasiada trascendencia para construir una vivienda pero s¨ª cuando se trate de una carretera o un tramo de v¨ªa f¨¦rrea. Su construcci¨®n se alargar¨ªa y encarecer¨ªa notablemente.
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