La justicia tumba por ilegales cientos de multas por exceso de velocidad al no acreditar la presencia de un operador
Dvuelta, la firma ganadora de siete de estos juicios, explica c¨®mo pueden reclamar los afectados si han sido v¨ªctima de un radar m¨®vil o est¨¢tico
Los tribunales han comenzado a anular multas por exceso de velocidad impuestas tanto por la Administraci¨®n como la Direcci¨®n General del Tr¨¢fico (DGT) por un nuevo error a la hora de sancionar. Recientemente, siete juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid, Badajoz y Las Palmas de Gran Canaria han tumbado varias infracciones a los conductores que fueron captados en la carretera a trav¨¦s de un radar m¨®vil (colocado en un veh¨ªculo en movimiento) o est¨¢tico (colocado en un veh¨ªculo parado o con un tr¨ªpode pegado a la carretera). La raz¨®n es que no hab¨ªa un operador cualificado (polic¨ªa) controlando el funcionamiento de estos dispositivos. El fallo de los siete tribunales fue un¨¢nime. Sin la presencia de dicho operador, la multa se considera nula y, por tanto, ilegal.
Seg¨²n la Orden ITC/155/2020, que regula el uso de los radares, cuando los medidores no cuentan con la presencia de un operador que vigile su funcionamiento y que sea capaz de identificar inequ¨ªvocamente al conductor en el momento de la infracci¨®n, se exige que el expediente administrativo incluya al menos dos fotogramas del veh¨ªculo desde diferentes ¨¢ngulos: una de ellas en visi¨®n panor¨¢mica y la otra enfocando su placa de identificaci¨®n (matr¨ªcula). En caso de que no se cumplan estos requisitos, los perjudicados pueden reclamar para evitar la sanci¨®n, como ya ha ocurrido en los casos anteriores.
Cabe precisar que este error en las sanciones no afecta a aquellos ciudadanos que fueron captados por un radar fijo, es decir, los que se sit¨²an dentro de una cabina o en los postes junto a la carretera, seg¨²n informa Dvuelta, empresa especializada en la defensa de los derechos de los conductores que ha ganado los citados juicios contra la Administraci¨®n y la DGT.
El asunto no es balad¨ª. Seg¨²n las estimaciones de Dvuelta, millones de multas por exceso de velocidad incurren en esta irregularidad. De la mano de la firma, analizamos los pasos tienen que seguir los conductores para reclamar y anular las infracciones.
Si a un ciudadano le han multado ilegalmente, ?qu¨¦ tiene que hacer?
Lo primero que tiene que hacer es no pagar la multa en el momento con el fin de conseguir el descuento legal. Como bien advierte Paloma Garc¨ªa Alejo, responsable del ¨¢rea jur¨ªdica de Dvuelta, acogerse a la rebaja del 50% es una medida atractiva, pero si los afectados deciden abonar el importe de la sanci¨®n, ya no hay vuelta atr¨¢s y los perjudicados ¡°no pueden recurrir la multa porque pagar significa reconocer los hechos de la infracci¨®n¡±.
?C¨®mo puede reclamar?
En caso de que los conductores no paguen la multa, podr¨¢n reclamar en un plazo de 20 d¨ªas naturales, plazo que arranca desde el d¨ªa siguiente de haber recibido la sanci¨®n. En la denuncia, los afectados tendr¨¢n que presentar un escrito de alegaciones. En dicho escrito, se?ala Garc¨ªa Alejo, deber¨¢n solicitar todas las pruebas (presencia de operador, im¨¢genes que captan al veh¨ªculo en el momento de cometer la infracci¨®n¡) que demuestren que el conductor ha incumplido las normas de seguridad vial.
Asimismo, en los casos en los que en la multa ya se adjunten pruebas, ¡°se deber¨¢n revisar bien para corroborar que sean correctas¡±, explica la experta. Tambi¨¦n hay que fijarse en el plazo en el que la Administraci¨®n notific¨® la sanci¨®n. Normalmente, tienen entre tres y seis meses para informar al conductor. Si se supera ese plazo, se?ala Ferm¨ªn Granero, abogado de Dvuelta, ¡°podr¨ªa incurrir en prescripci¨®n y ser¨ªa motivo suficiente para anular la infracci¨®n¡±.
Adem¨¢s, subraya la abogada de Dvuelta, en las multas por exceso de velocidad hay que comprobar que los radares y las fotograf¨ªas cuenten con un certificado de verificaci¨®n del cinem¨®metro. Esto es, un documento que certifique que el radar ha pasado un control de revisi¨®n y funciona correctamente. Tambi¨¦n ser¨¢ necesario que el dispositivo que se ha utilizado para multar al infractor sea m¨®vil. En caso contrario, no se podr¨¢ recurrir la multa.
Despu¨¦s de haber presentado las alegaciones, la Administraci¨®n notificar¨¢ al infractor si la multa queda anulada. Si se rechazan las pretensiones, se?ala Granero, los ciudadanos podr¨¢n volver a presentar otro recurso. Y si se vuelve a rechazar, los conductores podr¨¢n acudir a los tribunales.
?Es posible reclamar una indemnizaci¨®n por da?os y perjuicios?
Toda persona que haya recibido una multa ilegal tiene derecho a reclamar una compensaci¨®n econ¨®mica. Eso s¨ª, siempre que se demuestre que la sanci¨®n ha provocado alg¨²n da?o. No obstante, se?ala la abogada, no siempre va a ser sencillo obtener ¨¦xito en la petici¨®n, porque en ocasiones es muy complicado acreditar dicho perjuicio. ¡°La mera reclamaci¨®n sin aportaci¨®n de ninguna documentaci¨®n que acredite el da?o no llegar¨¢ a buen puerto¡±, se?ala.
Sin embargo, habr¨¢ que atender cada caso particular. En todo caso, como dice la experta, si las personas afectadas disponen de alg¨²n documento (por ejemplo, alguna factura que, por el hecho de tener que abonar la multa, ha tenido dificultades o no ha podido pagarla), se podr¨¢n iniciar los tr¨¢mites para solicitar una compensaci¨®n por los efectos provocados por la multa.
?Qu¨¦ ocurre en los casos en el que los conductores han perdido todos los puntos de carn¨¦ por culpa de una multa ilegal?
Recibir una multa no solo afecta al bolsillo, tambi¨¦n puede suponer una p¨¦rdida de puntos seg¨²n la infracci¨®n que se haya impuesto. Adem¨¢s, cabe la posibilidad de que la sanci¨®n deje sin carn¨¦ a los infractores, por lo que las consecuencias son a¨²n mayores. En caso de que el conductor pierda los puntos que le quedaban, la Administraci¨®n notificar¨¢ al afectado que se ha quedado sin carn¨¦ de conducir. En estos supuestos, tambi¨¦n hay posibilidad de defenderse.
En el momento en el que la Administraci¨®n comunique al usuario la p¨¦rdida total de los puntos, los afectados tendr¨¢n un plazo de diez d¨ªas h¨¢biles para reclamar (durante ese plazo, se podr¨¢ conducir sin problema). En dicha reclamaci¨®n, se deber¨¢n argumentar fallos, como que los radares y las fotograf¨ªas de la multa est¨¦n verificadas. Una vez que la Administraci¨®n ha estudiado las alegaciones, enviar¨¢ un escrito estimando o rechazando los argumentos presentados.
Si la Administraci¨®n reconoce el error, ¡°la sanci¨®n se anular¨¢ y proceder¨¢ la devoluci¨®n de los puntos¡±, explica Garc¨ªa Alejo. En caso contrario, ¡°los afectados podr¨¢n presentar otro recurso a la Administraci¨®n¡±, a?ade Ferm¨ªn Granero. Pero en esta segunda vuelta, a?ade, no podr¨¢n conducir hasta que se resuelva el asunto.
Si un ciudadano ha sido v¨ªctima de una multa ilegal hace a?os, ?tambi¨¦n tiene derecho a reclamar?
Lo m¨¢s recomendable es que las v¨ªctimas recurran la multa en los plazos que establece la ley. Sin embargo, ¡°se dan ocasiones en el que, por distintos motivos, dichas sanciones pasan a ser nulas o los preceptos que sirvieron de base para imponer las multas se declaran inconstitucionales¡±, expresa Garc¨ªa Alejo.
En estos casos, seg¨²n la abogada de Dvuelta, las multas que no hayan adquirido firmeza en v¨ªa administrativa y no se hubieran abonado ¡°deber¨¢n ser anuladas autom¨¢ticamente¡±.
Pero s¨ª las multas ya son firmes y los usuarios han pagado la sanci¨®n, la situaci¨®n se complica. Aun as¨ª, se?ala la experta, hay una v¨ªa de escape para recurrir la multa. Seg¨²n recomienda Garc¨ªa Alejo, la mejor opci¨®n es ¡°intentar la reclamaci¨®n a trav¨¦s de un recurso de revisi¨®n de actos¡± de la Administraci¨®n, y por este camino, ¡°solicitar una devoluci¨®n de ingresos indebidos¡±.
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