Los partidos suavizan las prohibiciones de la Ley de Contratos del Estado
Los grupos parlamentarios Socialista, Popular y Catal¨¢n presentaron ayer en el Senado una enmienda conjunta que suaviza notablemente las prohibiciones para trabajar con el Estado recogidas en la Ley de Contratos. Esta enmienda reduce la prohibici¨®n a las empresas con directivos sentenciados, y no a los procesados o encausados, tal y como apareci¨® en la redacci¨®n original de la ley. La enmienda tambi¨¦n excluye a las empresas de la prohibici¨®n, cuando el directivo sentenciado dimita o sea despedido.
PSOE, PP y CiU zanjaron ayer el debate sobre los negativos efectos econ¨®micos de la Ley de Contratos con la introducci¨®n de dos enmiendas en el real decreto-ley sobre la sequ¨ªa que actualmente, se tramita en el Senado. La primera enmienda, la que resuelve los aspectos mas pol¨¦micos, modifica los art¨ªculos 20, 21 y 34 de la Ley.El texto original prohib¨ªa contratar con las Administraciones P¨²blicas a las empresas con directivos o personas relacionadas "condenadas mediante sentencia firme o estar procesadas o acusadas (...) por delitos de cohecho, malversaci¨®n de caudales p¨²blicos, tr¨¢fico de influencias, negociaciones prohibidas a los funcionarios, revelaci¨®n de secretos o uso de informaci¨®n privilegiada o delitos contra la Hacienda P¨²blica". La enmienda introducida ayer restringe la prohibici¨®n ¨²nicamente a las empresas con directivos con sentencia en firme por alguno de los delitos detallados.
Otra de las reformas introducidas consiste en diferenciar la responsabilidad de la persona jur¨ªdica y la de la f¨ªsica. En concreto, se levantar¨¢ la prohibici¨®n de contratar a la empresa en caso de que el directivo sentenciado dimita o sea relevado. Estas dos modificaciones concuerdan con las peticiones efectuadas por los empresarios a los grupos pol¨ªticos a trav¨¦s de la patronal CEOE. El tercer cambio solicitado, el efecto retroactivo de estos cambios, no ha sido recogido en las enmiendas.
El consenso de los tres grupos parlamentarios tambi¨¦n se ha extendido a retocar el art¨ªculo 129 de la Ley de Contratos. ?ste prohib¨ªa licitar cualquier obra hasta que no estuvieran expropiados todos los terrenos a los que afectara, lo cual pod¨ªa provocar unos retrasos enormes en obras de transportes o hidr¨¢ulicas. Son precisamente estos dos tipos de obras las que, en virtud de la enmienda introducida ayer, quedan eliminadas de la obligaci¨®n de una expropiaci¨®n total previa.
Esta segunda decisi¨®n, a pesar de ser menos espectacular, tiene una enorme trascendencia econ¨®mica, puesto que permitir¨¢ desbloquear un buen paquete de licitaciones congelados en el Ministerio de Obras P¨²blicas. En cuanto este cambio se apruebe en el Senado y se ratifique en el Congreso, y los t¨¦cnicos de Obras P¨²blicas finalicen los pliegos reglamentarios para acceder a la contrataci¨®n p¨²blica -un mes aproximadamente-, se podr¨¢n sacar al mercado obras por valor de unos 400.000 millones de pesetas. El. equipo de Jos¨¦ Borrell tiene previsto elaborar un calendario de licitaciones masivas en los primeros meses de 1996 para cubrir el desfase.
Las rectificaciones pactadas suponen, pues, una seria reforma. a una ley que se hab¨ªa presentado como el principal instrumento para luchar contra los casos de corrupci¨®n. Ahora, los grupos parlamentarios admiten que las medidas iniciales eran excesivamente duras, despu¨¦s de las intensas negociaciones en las que han participado los responsables de los grupos parlamentarios del PSOE, Joaqu¨ªn Almunia, PP, Rodrigo Rato y CiU, Joaquim Molins.
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