Un tribunal concede a un hombre una indemnizaci¨®n por la muerte en accidente de su compa?ero sentimental
Un tribunal de Barcelona ha reconocido el derecho de un hombre a cobrar una indemnizaci¨®n por la muerte, en accidente de tr¨¢fico, de su compa?ero sentimental. Se trata de una de las escasas sentencias que reconoce id¨¦nticos derechos a las parejas heterosexuales y homosexuales. Como dice la propia sentencia, dictada por la Secci¨®n Primera de la Audiencia de Barcelona, "aunque la relaci¨®n de pareja homosexual es, de momento, ajena al Derecho de Familia por imperativo constitucional, no es extra?a al derecho civil en una sociedad plural y democr¨¢tica".La demanda por una indemnizaci¨®n fue planteada por el compa?ero del fallecido que opt¨® por un pleito civil al ver que en el juicio de faltas ni siquiera se reconoc¨ªa la culpabilidad del conductor que atropell¨® mortalmentea su compa?ero que viajaba en una motocicleta. El accidente ocurri¨® en Barcelona en mayo de 1990. Mientras, familiares del fallecido llegaron a cobrar directamente de la compa?¨ªa aseguradora.
La Audiencia ha reconocido ahora que entre el demandante y el fallecido exist¨ªa "una relaci¨®n m¨¢s ¨ªntima que la pura amistad, y l¨ªcita como manifestaci¨®n de la libertad individual, acreditada por el certificado de empadronamiento en el mismo domicilio". El fallo establece que la indemnizaci¨®n de 3,5 millones de pesetas se concede por el "da?o moral". El tribunal estipul¨® que la compa?¨ªa deb¨ªa pagar el 20% de intereses desde el accidente porlo que el compa?ero ha cobrado 7,5 millones de pesetas.
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