Condenada una espa?ola que abort¨® en Portugal por motivos econ¨®micos
Primera v¨ªctima de la no ampliaci¨®n de la ley vigente
La Audiencia Nacional, que juzga los casos de delitos cometidos por espa?oles en el extranjero, ha condenado a seis meses de c¨¢rcel y un d¨ªa a Mar¨ªa Concepci¨®n F. B. por haber abortado en Portugal alegando motivos econ¨®micos. El juez ha considerado que el supuesto no estaba entre los tres despenalizados por la legislaci¨®n espa?ola, aunque uno de ellos aplica la circunstancia anal¨®gica de "necesidad". "Esta es" seg¨²n Angeles Maestro, diputada de Izquierda Unida, "la primera v¨ªctima de la no aprobaci¨®n de la nueva ley del aborto".
El titular del Juzgado Central de lo Penal, Angel Calder¨®n, portavoz de la APM, Asociaci¨®n Profesional de la Magistratura, de car¨¢cter conservador, destaca en la sentencia que el sistema espa?ol no admite el motivo socioecon¨®mico como causa despenalizadora del aborto. El fallo coincide con la petici¨®n fiscal.Mar¨ªa Concepci¨®n F. decidi¨®, en 1992, interrumpir su embarazo, seg¨²n la sentencia, debido a "las circunstancias del estado de solter¨ªa, tener a su cargo un hijo de siete a?os, el carecer de empleo fijo y contar para su sustento con trabajos espor¨¢dicos de asistenta dom¨¦stica y servicios en un bar o pub de alterne de La Coru?a, que le reportaban medios econ¨®micos escasos".
A trav¨¦s de varias amigas, supo que en Portugal se practicaban abortos a un precio que oscilaba entre las 50.000 y 60.000 pesetas. Por ello se traslad¨® hasta la localidad de Oia, en la regi¨®n de Oliveira do Bairro, el 25 de agosto, donde se someti¨® voluntariamente al aborto, cuando se encontraba entre la cuarta y quinta semana de embarazo.
Sin embargo, y a causa de la "impericia con que se le practicaron las manipulaciones", dos d¨ªas despu¨¦s tuvo que ingresar en el Hospital Juan Canalejo de La Coru?a, donde se le diagnostic¨® endometritis, aborto s¨¦ptico y perforaci¨®n de ¨²tero.
Angustia y necesidad
El juez rechaz¨® la alegaci¨®n de la defensa de que Mar¨ªa Concepci¨®n F. se encontraba en una situaci¨®n de necesidad y en la angustia que experiment¨® cuando conoci¨® su embarazo, "debido a la penuria econ¨®mica y situaci¨®n de desamparo en que se encontraba". Sobre este punto, el portavoz de la APM, afirma que "el actual sistema espa?ol es el de las indicaciones denominadas terap¨¦utica, ¨¦tica y eugen¨¦sica, sin que legalmente se haya acogido hasta ahora la indicaci¨®n socioecon¨®mica, demandada por alg¨²n sector doctrinal y descartada por el Tribunal Supremo" en varias sentencias.Adem¨¢s, el magistrado se?ala en la sentencia que "frente a una supuesta, inconcreta, difusa y evanescente angustia de la gestante sin repercusiones en su vida, salud o integridad, sobresale la esperanza de vida que como derecho propio incorpora al nasciturus, que constituye un bien jur¨ªdico cuya protecci¨®n encuentra fundamento constitucional".
?ngeles Maestro se mostr¨® ayer escandalizada por la sentencia y se remont¨® al intento fallido de contar con la nueva ley de aborto en la reci¨¦n terminada legislatura que contemplaba un cuarto supuesto, adem¨¢s de los tres ya existentes, que otorgaba a la mujer la decisi¨®n de abortar en las 12 primeras semanas. "Para el PP la ley actual es suficiente y lleg¨® a decir que lo de las condenas era solo pasado. No nos enga?emos. La legislaci¨®n de este pa¨ªs permite condenas como esta", dijo la diputada de IU.
En su opini¨®n, el drama es que sea una persona ajena a la mujer la que juzgue si son suficientes los supuestos que la llevan a abortar. "Y siempre existe un supuesto. Nunca una mujer aborta porque no tiene nada mejor que hacer". Hace poco m¨¢s de un a?o, otra mujer fue condenada, en Barcelona, a seis meses de c¨¢rcel por aborto fuera de los supuestos legales.
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