El secreto sumarial
MIQUEL ROCA I JUNYENTSeg¨²n el autor, la transparencia. informativa, la publicidad que acompa?a a todo tipo de actuaciones, es una gran victoria de la democracia moderna, pero ser¨¢ su gran fracaso si no se preserva la garant¨ªa del secreto sumarial cuando se haya acordado.
?Existe en Espa?a el secreto del, sumario? Ser¨ªa una. temeridad contestar rotundamente que no, M¨¢s prudentemente podr¨ªa decirse que en todos aquellos casos en los que los hechos investigados pueden tener, trascendencia social, la experiencia demuestra que el secreto no existe. Es decir, el secreto no descansa en la garant¨ªa de la actuaci¨®n judicial, sino en el mayor o menor inter¨¦s social sobre los hechos enjuiciados o sobre sus posibles autores.Esto es as¨ª, y es obvio que esta pr¨¢ctica no favorece ni la credibilidad ni la eficacia de nuestro sistema judicial. Conviene recordar que las razones ¨²ltimas del secreto en determinadas actuaciones judiciales son fundamentalmente dos. En primer t¨¦rmino, evitar que del conocimiento de estas actuaciones pudiera derivarse alg¨²n entorpecimiento en el desarrollo de la acci¨®n investigadora. Desde esta perspectiva, el secreto es- una garant¨ªa a favor de la eficacia judicial. Pero, en segundo lugar, el secreto es tambi¨¦n una garant¨ªa para los ciudadanos, a fin de evitar que de la simple investigaci¨®n pueda derivarse una presunci¨®n de responsabilidad que el juez no se encuentra a¨²n ni en condiciones ni con la voluntad de atribuir.
Hoy, la pr¨¢ctica demuestra que ambas razones son escasamente respetadas. En muchos supuestos, las diligencias interesadas por los instructores son anunciadas p¨²blicamente aun antes de practicarse y muy a menudo el resultado de, diligencias policiales se publica en los medios incluso antes de que el juez conozca de su contenido. Se ha llegado al absurdo de que las oficinas de prensa (!) de brigadas de, investigaci¨®n judicial anuncien lo que se har¨¢ ma?ana para que los medios de comunicaci¨®n puedan acompa?arles en la pr¨¢ctica de determinadas diligencias.
Desde la perspectiva de los ciudadanos, a veces son ellos los ¨²ltimos en enterarse de resoluciones que les, incumben o se desayunan con la noticia de lo que al d¨ªa siguiente les ser¨¢ notificado. Ciertamente, no era ¨¦sta la voluntad del legislador ni es por esta v¨ªa que el sistema judicial ganar¨¢ en prestigio y solvencia. La transparencia informativa, la publicidad que acompa?a a todo tipo de actuaciones, es una gran victoria de la democracia moderna. Pero ser¨¢ su gran fracaso si con ello no se sabe preservar la garant¨ªa del secreto sumarial cu¨¢ndo as¨ª se hubiera acordado.
Vienen a cuento estas reflexiones a ra¨ªz de los escandalosos hechos que se han producido en Sevilla [corrupci¨®n de menores en el pub Arny] y que han causado profunda alarma social. Pero ?d¨®nde ha quedado el secreto de sumario? En nada, hasta el punto de que se espera con alivio que se decida levantarlo para frenar as¨ª una rumorolog¨ªa que puede haber causado da?os irreparables en la reputaci¨®n de algunas personas. Rumorolog¨ªa que tiene mucho que ver con un secreto mal guardado y con responsables judiciales alimentando, la morbosidad social al anunciar que cuando se sepa qui¨¦n est¨¢ en la causa, "?la que se va a armar!".Ser¨ªa el momento de formularse algunas preguntas: ?Se han abierto de oficio diligencias para averiguar qui¨¦n pueda haber dado a conocer datos de las actuaciones judiciales en curso? ?Se conoce de, alg¨²n expediente administrativo por raz¨®n de declaraciones excesivas y abusivas por parte de quien deber¨ªa respetar el secreto de dichas actuaciones? No.
Por otra parte, si del secreto del sumario pas¨¢ramos a contemplar la reserva de las actuaciones judiciales, en su conjunto, la conclusi¨®n ser¨ªa mas angustiante. Los medios nos anuncian el contenido de la sentencia que se dictar¨¢ ma?ana; sabemos con todo detalle de las posiciones de los magistrados. Y esto pasa sin que nadie -al menos, aparentemente intente averiguar c¨®mo ello es -posible y de qui¨¦n sea la responsabilidad.
De seguir as¨ª, mejor ser¨ªa levantar para siempre el secreto del sumario; hacer p¨²blicas todas las diligencias, incluso aqu¨¦llas que con car¨¢cter previo se efect¨²an desde las fiscal¨ªas. Me jor ser¨ªa hacer p¨²blicos los deba tes que acompa?an la elaboraci¨®n de las sentencias o resoluciones judiciales. Mejor ser¨ªa ... cualquier cosa, antes que la Justicia no respete ni defienda la le galidad de sus propias actuaciones.
?stas son reflexiones que muchos se hacen y, entre ¨¦stos, muchos magistrados, jueces y fiscales. Pero todo queda en reflexi¨®n o, a lo sumo, en una cr¨ªtica. contra,el amarillismo informativo que ciertamente, tambi¨¦n tiene buena parte de culpa en todo ello. Pero ni ser¨ªa bueno intentar solventar la cuesti¨®n matando al mensajero ni olvidar que el fen¨®meno del amarillismo tiene mucho que ver con la manera en que desde la Justicia se han resuelto algunos casos. concretos de este mismo fen¨®meno.Pero, en todo caso, corresponde ahora reaccionar. La sociedad reclama de una mayor seguridad y ¨¦sta no es ¨²nicamente un problema de orden p¨²blico. Hoy, para una sociedad europea y moderna, la seguridad jur¨ªdica, la eficacia de las garant¨ªas constitucionales, el respeto de la legalidad, son exigencias tanto o m¨¢s decisivas que el propio orden p¨²blico. La Justicia, en su funci¨®n investigadora, cuenta con unos poderes excepcionales, pero la sociedad quiere que se haga buen uso de ellos. Si en Sevilla se juega el castigo de una degradaci¨®n moral que insulta los valores de la convivencia ¨¦tica, tambi¨¦n. se juega el que nadie pueda verse hundido en su fama o en su dignidad por la insolvente rumorolog¨ªa tolerada y alentada desde el olvido de las exigencias del secreto sumarial.Que la Justicia se haga para todos, incluso para los m¨¢s comprometidos en su defensa.
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