Un juez anula redenciones de condena ya firnes desde hace a?os
La Audiencia de Barcelona considera "irregular" la actuaci¨®n del juez de vigilancia penitenciaria, Jos¨¦ Ram¨®n Manzanares Codesal, quien ha modificado resoluciones judiciales firmes desde, incluso, a?os atr¨¢s. Manzanares ha revisado por su cuenta, sin mediar recurso o petici¨®n alguna, expedientes de internos en las prisiones catalanas y ha anulado redenciones que han obtenido para el cumplimiento de sus penas. En un caso concreto, Manzanares anula redenciones otorgadas en 1988, cuando el juzgado de vigilancia penitenciaria era ocupado por otro magistrado. Tambi¨¦n ha anulado resoluciones tomadas por ¨¦l mismo.Se trata de un juez cuyas formas de ejercer su funci¨®n como magistrado de vigilancia penitenciaria ha provocado protestas de los familiares de los presos y tambi¨¦n de los abogados. Entre otras resoluciones, Manzanares ha denegado la concesi¨®n del art¨ªculo 60 -libertad para los presos que sufren enfermedades graves- a presos terminales de sida. En otras ocasiones, el juez ha expresado, mediante autos, su rechazo a la legislaci¨®n penitenciaria por p¨¦rmisiva. Manzanares Codesal fue funcionario de prisiones antes de ser magistrado.
Uno de los reclusos afectado por la peculiar revisi¨®n de su expediente, R. C., ha recurrido a la Audiencia de Barcelona contra la anulaci¨®n dictada por Manzanares sobre cada una de las redenciones que ha obtenido en los ¨²ltimos ocho a?os por trabajos y actividades desarrollados en prisi¨®n. En total ha logrado 25 redenciones que, de acuerdo con los c¨¢lculos del propio interno en uno de los recursos, le suponen 1.000 d¨ªas de prisi¨®n. El preso cumple una condena de 24 a?os de c¨¢rcel, impuesta en 1984, por robo con homicidio.Inseguridad jur¨ªdica
La Audiencia est¨¢ revocando las resoluciones de este tipo adoptadas por el magistrado, que s¨®lo iban acompa?adas por un simple visto de conformidad por parte del fiscal y sin conocimiento del propio interesado. En uno de los autos, el tribunal encargado de las apelaciones de vigilancia penitenciaria recuerda al juez Manzanares que la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial establece que "los jueces y tribunales no podr¨¢n variar los autos definitivos que. pronuncien despu¨¦s de firmados".
La Audiencia cita las reiteradas sentencias del Tribunal Constitucional, que defiende "la invariabilidad e inmodificabilidad de las resoluciones judiciales como un principio de seguridad jur¨ªdica". Los jueces subrayan que la Constituci¨®n, en el art¨ªculo 24, garantiza el derecho a la tutela judicial efectiva de los jueces y tribunales; derecho que "impide a los tribunales variar o revisar las resoluciones definitivas y firmes, al margen de los supuestos taxativamente previstos por la ley, incluso en la hip¨®tesis de que con posterioridad entendieran que la decisi¨®n judicial no se ajusta a la legalidad".
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.