Una juez limita a la SER el derecho a informar sobre los contratos de Antena 3
La cadena radiof¨®nica recurrir¨¢ la medida porque restringe derechos fundamentales
Cristina Jim¨¦nez Savurido, titular del Juzgado de Primera Instancia n¨²mero 4 de Madrid, ha aceptado una petici¨®n de Antena 3 para que la Cadena SER no pueda informar, en el plazo de tres meses, sobre la solvencia de dicha televisi¨®n o su conducta en el mercado respecto a la celebraci¨®n de contratos con clubes de f¨²tbol relativos a la cesi¨®n de los derechos de retransmisi¨®n de los partidos, y si lo hace le impone la presencia de un representante de Antena 3 en el programa. La SER anunci¨® que recurrir¨¢ esta decisi¨®n, "ante la gravedad de una medida que afecta al libre ejercicio del derecho de informaci¨®n y de opini¨®n". La cadena radiof¨®nica discrepa "de esta restricci¨®n de derechos fundamentales".
La juez, en esta medida sin precedentes conocidos en la justicia espa?ola, ha requerido adem¨¢s a la SER para que "en el plazo de una audiencia [24 horas] constituya una fianza de 100 millones de pesetas".La magistrada, sin dar audiencia a la SER, ha admitido a tr¨¢mite una demanda de Antena 3 contra los periodistas Alfonso Azuara y Jos¨¦ Ram¨®n de la Morera, as¨ª como contra la SER, en la que se alegaba competencia desleal al amparo de la ley 3/1991, por informaciones difundidas en el programa El Larguero sobre los contratos de f¨²tbol entre algunos clubes y Antena 3 y las dificultades econ¨®micas de dicha cadena.
Sin audiencia
La SER destac¨® ayer que "sin dar audiencia previa a los demandados, la titular del juzgado de primera instancia n¨²mero 4 de Madrid, ha acordado unas medidas cautelares, a petici¨®n del demandante, que limitan durante un plazo de tres meses la informaci¨®n que pueda dar la SER sobre la solvencia de Antena 3 Televisi¨®n y su conducta en el mercado en relaci¨®n con los contratos de f¨²tbol, 'sin contrastar debidamente la veracidad de la informaci¨®n'. En definitiva, la juez, a instancia de parte interesada, exige a la SER algo que es norma de esta cadena de radio en todos sus programas"."El auto de la juez Cristina Jim¨¦nez Savurido", agrega la nota de la cadena radiof¨®nica, "impone a los profesionales de la SER una limitaci¨®n, sin precedentes conocidos en las decisiones judiciales de esta naturaleza, al exigir la intervenci¨®n de un representante de Antena 3 Televisi¨®n 'en todos aquellos programas en que se emitan informaciones comentarios u opiniones sobre la gesti¨®n por dicha entidad televisiva de los contratos antes aludidos, su solvencia econ¨®mica, el contenido y finalidad de los contratos u. otras cuestiones relacionadas directa o indirectamente con los mismos".
La SER se?ala tambi¨¦n: "Ante la gravedad de una medida que afecta al libre ejercicio del derecho de informaci¨®n y de opini¨®n, la, SER acata la decisi¨®n judicial pero discrepa, de la forma m¨¢s en¨¦rgica, de esta restricci¨®n de derechos fundamentales, contra la que recurrir¨¢ en defensa propia y en defensa de un derecho constitucional que asiste al conjunto de los medios informativos y que est¨¢ al servicio de los ciudadanos.
Es la segunda vez que un medio de la competencia trata de silenciar a esta cadena de radio. En aquella ocasi¨®n, no prosper¨®".
[El a?o pasado Jos¨¦ Mar¨ªa Garc¨ªa, responsable de deportes de la Cadena COPE perdi¨® un pleito contra el director de El Larguero, Jos¨¦ Ram¨®n de la Morena, y la Cadena SER, en el que Garc¨ªa hab¨ªa pedido tambi¨¦n la adopci¨®n de medidas cautelares para que De la Morena no pudiera hablar en la radio sobre su persona].
Fuentes de la Audiencia de Madrid destacaron anoche a EL PA?S que la decisi¨®n de la juez Jim¨¦nez Savurido "limita gravemente el derecho a la libertad de expresi¨®n de la cadena y el derecho de los oyentes a recibir informaci¨®n libremente".
La resoluci¨®n de la juez Cristina Jim¨¦nez se?ala que de las alegaciones de Antena 3 y los documentos aportados cabe declarar que hay indicios suficientes de la existencia de un acto concurrencial recogido en los art¨ªculos 2 y 9 de la Ley de Competencia Desleal. La juez considera que las manifestaciones vertidas por los periodistas demandados pudieran estimarse como actos denigratorios, en cuanto que se refieren a Antena 3, a su solvencia, a su lealtad de actuaciones en el mercado y la finalidad esp¨²rea supuestamente perseguida mediante la firma de determinados contratos con clubes de f¨²tbol y que pueden considerarse tendentes a menoscabar su cr¨¦dito en el mercado.
La magistrada recuerda la relaci¨®n accionarial existente entre la Cadena SER y la sociedad que en el auto se denomina "Canal Plus SA", por lo que considera que existe ¨¢nimo concurrencial, ya que Canal Plus opta a la retransmisi¨®n de los encuentros de f¨²tbol.
En 24 horas
A?ade que por ello procede adoptar medidas cautelares con la finalidad de que en el desarrollo de las negociaciones de dichos contratos Antena 3 no vea disminuido su cr¨¦dito ante entidades deportivas en las que el estado de opini¨®n creado por un programa deportivo de tan enorme difusi¨®n puede influir."Solo la adopci¨®n de una medida cautelar en el plazo de 24 horas y sin audiencia de la parte demandada actualiza la pretensi¨®n formulada y la finalidad perseguida por la ley de Competencia Desleal", se?ala la resoluci¨®n judicial.
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