La Audiencia Nacional no considera terroristas a los grupos de apoyo a ETA
, La Audiencia Nacional dict¨® ayer una sentencia en la que considera que existe constancia de que una veintena de incendios de veh¨ªculos y sucursales bancarias provocados por los grupos X fueran realizados "para favorecer los fines de ETA o en conivencia con esa organizaci¨®n". El tribunal condena a 15 saboteadores por delitos de incendio, estragos y da?os pero no por delitos de terrorismo, por lo que los de 130 a?os de c¨¢rcel reclamadas por el fiscal han quedado reducidos a 63, con penas individualzadas de entre uno y diez a?os.
El tribunal, la Secci¨®n Tercera Penal de la Audiencia Nacional, enumera prolijamente en su sentencia veinte "acciones" incendios de veh¨ªculos franceses, c¨®cteles molotov, incendios y atentados con explosivos contra sucursales bancarias con la finalidad de "protestar por la pol¨ªtica del Gobierno franc¨¦s contra los refugiados vascos"; "protestar contra el atentado a los parlamentarios de HB en el hotel Alcal¨¢ de Madrid protestar por la desarticulaci¨®n de, la c¨²pula de ETA en Bidart", y por la "pol¨ªtica francesa en materia de extradiciones".Las acciones tambi¨¦n se realizaron "en solidaridad y apoyo con la huelga de hambre de los presos de ETA", para "enaltecer, de alguna forma, la persona de un presunto terrorista muerto en enfrentamiento con miembros policiales" y "para protestar de la situaci¨®n de los presos pol¨ªticos vascos".
An¨¢logos resultados
Para los magistrados ?ngela Murillo, Ventura P¨¦rez Mari?o e lldefonso Rodr¨ªguez, que firman la sentencia, no consta que estas acciones fueran realizadas "para favorecer los fines de ETA o en connivencia con esta organizaci¨®n". "Y ello es as¨ª", a?aden, "aunque en definitiva los actos ejecutados por los acusados consigan a la postre an¨¢logos resultados a los que producen los perpetrados por dicha organizaci¨®n o favorezcan los objetivos de la misma.La sentencia comienza descartando la pertenencia de los acusados a ETA o su integraci¨®n en una "banda armada aut¨®noma" porque estas hip¨®tesis no fueron mantenidas por la acusaci¨®n. Analizan despu¨¦s si los acusados "actuaron como lo hicieron para colaborar de ese modo con los objetivos y fines de ETA" o si, por el contrario, "tan reprochable y da?ina forma de actuar no estuvo motivada por una afinidad ideol¨®gica con esa organizaci¨®n".
El tribunal sienta como premisa que el delito de colaboraci¨®n con banda armada "ha de suponer una verdadera contribuci¨®n directa al cumplimiento real y efectivo de los objetivos y fines de la organizaci¨®n ETA, ya sean indirectos o sean directos".
Seg¨²n la sentencia, el ministerio fiscal "dio por pac¨ªfico y sentado el hecho de que ocho de los acusados pertenec¨ªan a los grupos mismos grupos de San Sebasti¨¢n.
Pero seg¨²n el tribunal, la realidad de la existencia de esos grupos se apoya "en estudios realizados por el Servicio de Informaci¨®n de la Guardia Civil en base a cierta documentaci¨®n incautada en Bidart, que no aparece incorporada a las actuaciones" y de la fotocopia de un documento titulado "Sobre y".
"De ah¨ª que lo ¨²nico que podemos reputar probado es que la Guardia Civil, tras el examen de aqu¨¦lla documentaci¨®n, lleg¨® a las conclusiones que luego plasm¨® el ministerio fiscal".
"Pero es que adem¨¢s" a?aden los jueces, "en modo alguno podemos inferir que los 15 acusados sean miembros de esos hipot¨¦ticos grupos y ello por una elemental raz¨®n: en ning¨²n momento fueron interrogados su u? e tan cruciales extremos ni por la Guardia Civil, ni por el juzgado instructor, ni tan siquiera por el ministerio fiscal en el acto de la vista, esto ¨²ltimo sin duda por la postura adoptada por los que se sentaban en el banquillo, consistente en negar desde el principio todo lo negable en el acto del juicio oral".
Sin prueba alguna
"M¨¢s lo cierto y verdad" prosigue la setencia, "es que la alegada integraci¨®n de los acusados en los llamados X de apoyo a ETA no ha sido objeto de prueba alguna".Como "colof¨®n" a estas explicaciones, los magistados se?alan que estas situaciones "a buen seguro ser¨¢n obviadas con la pr¨®xima entrada en vigor del nuevo C¨®digo Penal, que comenzar¨¢ a regir a partir de mayo pr¨®ximo".
Explican que bajo las nuevas normas entrar¨¢n dentro de los supuestos de "terrorisrno" situaciones de des¨®rdenes p¨²blicos graves . y se considerar¨¢ responsables criminalmente de terrorismo a los que, sin pertencer a banda armada, organizaci¨®n o grupo terrorista, y con la finalidad de alterar gravemente la paz p¨²blica, cometieran algunos de los delitos que se detallan en los propios preceptos.
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