Hacia el desarrollo del Estatuto de Gernika
Texto ¨ªntegro del pacto alcanzado entre el Partido Popular y el PNV
El pacto rubricado ayer en Madrid por los presidentes del Partido Popular, Jos¨¦ Mar¨ªa Aznar, y el PNV, Xabier Arzalluz, consta de tres folios en los que se afirma literalmente:"El Partido Nacionalista Vasco compromete el 'voto favorable' a la investidura del se?or don Jos¨¦ Mar¨ªa Aznar como presidente del Gobierno en base a la asunci¨®n por parte del Partido Popular y del PNV de los siguientes compromisos Pol¨ªticos:
DESARROLLO ESTATUTARIO
El pleno y leal desarrollo del Estatuto de Gernika, de conformidad con los principios que le inspiraron y respetando su singularidad, ha sido reafirmado de nuevo por el Parlamento vasco el 20 de octubre de 1995. En tal sentido, su desarrollo ¨ªntegro se realizar¨¢ b¨¢sicamente de conformidad con los principios y contenidos expresados en el Informe sobre prioridades de negociaci¨®n de las transferencias pendientes.
CONCIERTO ECON?MICO
Las relaciones de orden tributario y financiero entre el Estado y el Pa¨ªs Vasco est¨¢n reguladas por el sistema foral tradicional del Concierto Econ¨®mico.El Concierto Econ¨®mico prev¨¦ la posibilidad de adaptar o modificar su contenido, mediante com¨²n acuerdo y posterior aprobaci¨®n por ley.
Por otra parte el Concierto Econ¨®mico exige revisar, con car¨¢cter quinquenal, las relaciones financieras entre el Pa¨ªs Vasco y el Estado, debiendo aprobarse una nueva Ley Quinquenal de Cupo para los ejercicios 1997 a 2001.
Estas circunstancias aconsejan modificar y adaptar algunos aspectos del vigente Concierto Econ¨®mico.
Las modificaciones a introducir en el r¨¦gimen establecido en el Concierto Econ¨®mico deben descansar en los principios de desarrollo de una Hacienda aut¨®noma vasca mejorando el ¨¢mbito de sus competencias, impulso del di¨¢logo institucional y mantenimiento de la neutralidad financiera de las modificaciones y adaptaciones acordadas.
De acuerdo con lo anterior, los compromisos que se asumen en esta materia son los siguientes:
PRIMERO. Adaptar el contenido del vigente Concierto Econ¨®mico.
1. Normas generales. Racionalizar y sistematizar el contenido de estas normas, de forma que se eviten conflictos indeseados entre las Administraciones.
2. Impuesto sobre la renta de las personas f¨ªsicas. Ampliar la capacidad normativa de las instituciones de los territorios hist¨®ricos en el impuesto sobre la renta de las personas f¨ªsicas corrigiendo las actuales restricciones.
3. Rentas obtenidas por no residentes. Concertar la tributaci¨®n de las rentas obtenidas por las personas f¨ªsicas o jur¨ªdicas que, de acuerdo con el ordenamiento tributario, tengan la consideraci¨®n de no residentes.
4. Impuestos especiales. Concertar la tributaci¨®n de- los impuestos especiales de fabricaci¨®n en funci¨®n del consumo de los mismos.
5. Grupos de sociedades. Revisar los puntos de conexi¨®n que establece el Concierto para determinar la normativa aplicable en el r¨¦gimen de tributaci¨®n consolidada de los grupos de sociedades, con el objetivo de ampliar el ¨¢mbito de competencia de las diputaciones forales del Pa¨ªs Vasco.
A los efectos de dar cumplimiento a lo especificado. en este compromiso primero, se crear¨¢ un grupo de trabajo que tendr¨¢ como objetivo realizar una propuesta concreta de modificaci¨®n del Concierto Econ¨®mico, para su presentaci¨®n conjunta con la Ley Quinquenal del Cupo 1997-2001, en el primer trimestre del a?o 1997.
SEGUNDO. Impulsar la v¨ªa del di¨¢logo institucional entre las Administraciones.
Debe impulsarse la colaboraci¨®n y el di¨¢logo institucional a trav¨¦s de los mecanismos previstos en el Concierto Econ¨®mico. En este sentido, se proceder¨¢ a revisar los recursos presentados por el Estado en v¨ªa contencioso-administrativa, con relaci¨®n a disposiciones forales en materia tributaria. Esta evaluaci¨®n tendr¨¢ como objetivo desistir con respecto a aquellos que hayan perdido su justificaci¨®n.
FORMACI?N CONTINUA
Durante el ejercicio presupuestario 1996 se financiar¨¢ por parte del ministerio correspondiente o, en su caso, el Inem el Acuerdo Interprofesional Vasco para la Formaci¨®n Continua, en la cuant¨ªa que se determine de conformidad con el apartado Uno de la Disposici¨®n Adicional Segunda del Real Decreto Ley 12/1995, de 28 de diciembre, sobre medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera.Si en el ejercicio 1997 y siguientes, en la nueva regulaci¨®n de la Formaci¨®n Continua o en los Presupuestos Generales del Estado, se establecieran criterios diferentes, la financiaci¨®n del Acuerdo Interprofesional Vasco evolucionar¨¢ de forma an¨¢loga.
Respecto a la Formaci¨®n Continua, de los empleados al servicio de las Administraciones vascas, el Estado pondr¨¢ a disposici¨®n de ¨¦stas una cantidad equivalente a la que dedica en el conjunto del Estado al mismo fin.
PATRIMONIO INCAUTADO A LOS PARTIDOS POL?TICOS
Se abordar¨¢n con car¨¢cter urgente el cierre de un aspecto pendiente desde la dictadura, consistente en la devoluci¨®n a los partidos pol¨ªticos del patrimonio incautado.Dicha devoluci¨®n se ordenar¨¢ conform¨¦ a las bases remitidas por el Gobierno del Estado al Congreso de los Diputados en diciembre de 1995.
PLANTEAMIENTO A FUTURO
Una vez establecidos los compromisos pol¨ªticos que suponen el voto afirmativo del PNV a la investidura del se?or don Jos¨¦ Mar¨ªa Aznar, ambas formaciones pol¨ªticas se comprometen, adem¨¢s, a proseguir las negociaciones emprendidas con objeto de consolidar, en la medida de lo posible, acuerdos espec¨ªficos en materia de desarrollo estatutario que doten a la pol¨ªtica gubernamental de unos principios de estabilidad desde el ¨¢mbito parlamentario".
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