Tr¨¢fico retira a los ayuntamientos la facultad de matricular ciclomotores
Los propietarios de ciclomotores tendr¨¢n que inscribirlos y matricularlos en las jefaturas provinciales de Tr¨¢fico, seg¨²n recoge el borrador del Reglamento General de Veh¨ªculos que la Direcci¨®n General de Tr¨¢fico (DGT) estudia poner en marcha antes de fin de a?o. Esta norma otorga la competencia en su matriculaci¨®n al Ministerio del Interior y priva de ella a los ayuntamientos, en los que se encontraba hasta ahora su registro. Tambi¨¦n prev¨¦ que Tr¨¢fico archive el permiso de circulaci¨®n de cualquier veh¨ªculo que se encuentre en tr¨¢mites de compraventa.Si el borrador preparado por la Direcci¨®n General de Tr¨¢fico sale adelante en estos t¨¦rminos, los propietarios de ciclomotores tendr¨¢n que rematricularlos en cualquier jefatura provincial o local de Tr¨¢fico antes de que termine el a?o. La nueva placa ser¨¢ gratuita para los que con anterioridad estuvieran inscritos en los registros municipales. Si son nuevos o no constaban, deber¨¢n abonarse las correspondientes tasas. La matr¨ªcula constar¨¢ de una letra C, un n¨²mero de tres cifras y un grupo de tres letras sobre fondo reflectante amarillo.
Esta nueva regulaci¨®n significar¨¢ devolver la competencia de matriculaci¨®n de este tipo de veh¨ªculos al Ministerio del Interior, como establece la actual Ley de Seguridad Vial.
El proyecto reglamentario tambi¨¦n prev¨¦ un mayor control de las transmisiones de los veh¨ªculos. Con la nueva regulaci¨®n, ser¨¢ necesario renovar el permiso de circulaci¨®n de los que se vendan y compren entre particulares.
As¨ª, el due?o de un coche que se lo venda a otro tendr¨¢ que notificar la operaci¨®n a Tr¨¢fico en un plazo de diez d¨ªas desde que se produzca la operaci¨®n y entregar el permiso, que quedar¨¢ archivado. Si no lo hiciera, seguir¨ªa constando como titular del mismo a todos los efectos, incluidos los fiscales.
La jefatura provincial correspondiente anotar¨¢ en el registro de veh¨ªculos al comprador como nuevo titular y le entregar¨¢ un volante, en el que consten sus datos y los del autom¨®vil, con el que podr¨¢ circular provisionalmente durante 30 d¨ªas.
A lo largo de ese tiempo, el adquiriente tendr¨¢ que solicitar a Tr¨¢fico un nuevo permiso. Si no obtiene la autorizaci¨®n para circular en el plazo se?alado, se ordenar¨¢ la inmovilizaci¨®n del veh¨ªculo y se iniciar¨¢ contra ¨¦l un procedimiento sancionador por infracci¨®n grave.
M¨¢s informaci¨®n en p¨¢gina 57.
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