Una juez cuestiona que sea delito la negativa del conductor a someterse a la prueba de alcoholemia
La magistrada Montserrat Comas, juez de instrucci¨®n n¨²mero 3 de Barcelona, considera que el nuevo delito de desobediencia grave que comete el conductor que se niegue a someterse a la prueba de alcoholemia puede vulnerar el derecho fundamental a no declarar contra s¨ª mismo. La juez presentar¨¢ una cuesti¨®n de inconstitucionalidad, que ser¨¢ la primera impugnaci¨®n del nuevo C¨®digo Penal ante el Tribunal Constitucional.Desde el 25 de mayo ¨²ltimo, fecha de entrada en vigor del nuevo C¨®digo Penal, el conductor que, "requerido por el agente de la autoridad, se negare a someterse a las pruebas legalmente establecidas para la comprobaci¨®n" de si conduc¨ªa "bajo la influencia de drogas t¨®xicas, estupefacientes, sustancias psicotr¨®picas o de bebidas alcoh¨®licas", comete delito de desobediencia grave, castigado con hasta un a?o de c¨¢rcel. Se trata de un nuevo delito, ya que hasta ahora el sometimiento a la prueba de alcoholemia era voluntario.
La juez Comas, que el 4 de junio ¨²ltimo se encontraba de guardia, recibi¨® un atestado policial por sendos supuestos delitos contra la seguridad del tr¨¢fico y de desobediencia grave a la autoridad por la negativa a someterse a la prueba de alcoholemia. La Guardia Urbana de Ciutat Vella atribu¨ªa ambos delitos a D. L. C. La juez abri¨® una investigaci¨®n para comprobar el primer delito. En cambio, respecto al de desobediencia grave, la magistrada suspendi¨® el caso e inici¨® los tr¨¢mites obligados para cuestionar la constitucionalidad del delito ante el Constitucional.
En su resoluci¨®n, la juez Comas explica por qu¨¦ considera que el art¨ªculo 380 del nuevo C¨®digo Penal "podr¨ªa vulnerar varios preceptos constitucionales". "Partiendo de que la prueba de alcoholemia forma parte de los actos de investigaci¨®n, que puede alcanzar valor probatorio en el proceso penal y prueba de cargo suficiente, junto con la declaraci¨®n testifical, en el juicio, de los agentes de la Guardia Urbana (...) esta instructora entiende que la criminalizaci¨®n de la negativa a someterse a dicha prueba, consider¨¢ndola desobediencia grave, puede vulnerar" los art¨ªculos 17 y 24 de la Constituci¨®n [derecho a no declarar contra s¨ª mismo], "al convertirla en prueba obligatoria, so pena de incurrir en un nuevo delito".
Voluntariedad
La magistrada recuerda que, hasta ahora, las sentencias del m¨¢ximo int¨¦rprete de la Constituci¨®n sobre la prueba de alcoholemia parten de su voluntariedad, "sin que se haya examinado la criminalizaci¨®n de la negativa a someterse a dicha prueba, por ser ¨¦sta una novedad legislativa vigente desde el 25 de mayo de 1996". Destaca tambi¨¦n "la contradicci¨®n que supone que se castigue m¨¢s gravemente la negativa a efectuar una comprobaci¨®n de una conducta peligrosa" [con pena de seis meses a un a?o de prisi¨®n], "que la propia conducta peligrosa" [arresto de ocho a 12 fines de semana o multa de entre 18.000 pesetas y 12 millones], "lo que comporta que se infringe el principio de proporcionalidad, base del principio de legalidad".La juez Comas, adem¨¢s de suspender la admisi¨®n de la denuncia respecto al delito cuestionado, ha trasladado su resoluci¨®n al fiscal y al denunciado, para alegaciones.
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