La ley exige a los jueces que se auxilien entre s¨ª
La Ley Org¨¢nica del Poder Judicial (LOPJ) establece en su art¨ªculo 273 que "los jueces y tribunales cooperar¨¢n y se auxiliar¨¢n entre s¨ª en el ejercicio de su funci¨®n jurisdiccional". El incumplimiento de este precepto podr¨ªa originar responsabilidad disciplinaria, aunque la LOPJ no ofrece ning¨²n precepto claramente relacionado con la omisi¨®n del deber de auxilio.Una de las conductas judiciales considerada falta muy grave -que puede ser sancionada con la separaci¨®n de la carrera o la suspensi¨®n de hasta tres a?os- es la intromisi¨®n, mediante ¨®rdenes o presiones de cualquier clase, en el ejercicio de la potestad jurisdiccional de otro juez o magistrado". Para poder aplicar ese precepto a este caso ser¨ªa necesario interpretar que la omisi¨®n por un juez del auxilio debido constituye una intromisi¨®n en el ejercicio jurisdiccional de su colega. Otra figura disciplinaria, ¨¦sta calificada como leve y sancionable con advertencia o multa, consiste en "la desatenci¨®n o desconsideraci¨®n con iguales o inferiores en el orden jer¨¢rquico".
Aparte de la denuncia, el juez militar ha pedido el amparo del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), para lo que ha invocado el art¨ªculo 14 de la LOPJ, que dice as¨ª: "Los jueces y magistrados que se consideren inquietados o perturbados en su independencia lo pondr¨¢n en conocimiento del CGPF". El mismo precepto prev¨¦ que el ministerio fiscal promueva las acciones pertinentes en defensa de la independencia judicial".
La ley org¨¢nica de 1987 de la Competencia y Organizaci¨®n de la Jurisdicci¨®n Militar prev¨¦ que los ¨®rganos judiciales militares podr¨¢n requerir la colaboraci¨®n necesaria en el curso del proceso", as¨ª como que cuando los jueces militares "se consideren perturbados en su independencia, lo pondr¨¢n en conocimiento del CGPJ a trav¨¦s de la Sala de Gobierno del Tribunal Militar Central".
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.
Archivado En
- Ministerio de Defensa
- Magistratura
- LOPJ
- Extradiciones
- Leyes Org¨¢nicas
- CGPJ
- Fiscales
- Fuerzas armadas
- Legislaci¨®n espa?ola
- Justicia militar
- Cooperaci¨®n policial
- Sentencias
- Ministerios
- Sanciones
- Poder judicial
- Juicios
- Normativa jur¨ªdica
- Defensa
- Gente
- Legislaci¨®n
- Administraci¨®n Estado
- Proceso judicial
- Justicia
- Relaciones exteriores
- Administraci¨®n p¨²blica