Absueltos por falta de pruebas los polic¨ªas acusados de la muerte de Ruano
La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto por falta de pruebas a los polic¨ªas de la extinta Brigada Pol¨ªtico Social Francisco Colino, Celso, Galv¨¢n y Jes¨²s Sim¨®n, que estaban acusados del asesinato del estudiante de Derecho, Enrique Ruano Casanova, ocurrido el 20 de enero de 1969, cuando ¨¦ste se encontraba detenido. La muerte de Ruano se produjo al caer desde un s¨¦ptimo piso a un patio interior. Dos de los tres magistrados se?alan en la sentencia que la v¨ªctima tuvo una lesi¨®n no compatible con su precipitaci¨®n al vac¨ªo, pero afirman que no se ha probado que Ruano previamente fuese alcanzado por una bala que le caus¨® la muerte.
La tercera magistrada, Mar¨ªa Jos¨¦ de la Vega, estima en un voto particular discrepante que Ruano fue asesinado y que recibi¨® un impacto de bala previo a su ca¨ªda, pero tambi¨¦n se inclina por la absoluci¨®n porque, seg¨²n su criterio, no se ha podido determinar cu¨¢l de los tres polic¨ªas fue el autor y no puede apreciarse que todos tuvieran dominio del hecho. Contra esta sentencia cabe recurso de casaci¨®n ante el Supremo.El tribunal expresa en los fundamentos jur¨ªdicos, el fallecimiento de una persona que se encontraba detenida por unos hechos que hoy constituyen unos derechos fundamentales", amparados en la Constituci¨®n, como la libertad de reuni¨®n, de asociaci¨®n y de expresi¨®n. Tambi¨¦n expresa "la tristeza que representa el ver que una persona que luchaba por estos ideales muriera en tales circunstancias
Los juez consideran que en este caso, "ha habido un funcionamiento anormal de la Administraci¨®n, que debe de ser resarcido", pero en la v¨ªa administrativa, ya que, al no haber ning¨²n condenado, no puede el tribunal pronunciarse sobre la responsabilidad civil del Estado en la sentencia. "Ha quebrado el deber de custodia que correspond¨ªa a la polic¨ªa al encontrarse detenido Enrique Ruano", dice la sentencia, "pero adem¨¢s, ha habido una lesi¨®n que no se investig¨® debidamente y la p¨¦rdida de una parte del hueso de la clav¨ªcula donde se caus¨® la lesi¨®n que hubiera sido determinante para el esclarecimiento de los hechos.
Los hechos probados destacan que los tres inspectores de la Brigada Social condujeron a Ruano a un domicilio de la actual calle del Pr¨ªncipe de Vergara, n¨²mero 60, 7?C, para practicar un registro Para obtener documentaci¨®n y propaganda de un partido. Cuando llevaban una hora en el piso, Ruano "cay¨® por la barandilla del patio interior, por el hueco de 28 metros de altura hasta golpearse con el suelo. Lo que le produjo un traumatismo generalizado que determin¨® su muerte".
El relato de la sentencia cuestiona la hip¨®tesis del suicidio, que fue la versi¨®n oficial ofrecida en aquella ¨¦poca, al se?alar que el estudiante "tuvo una lesi¨®n no compatible con la precipitaci¨®n". Sin embargo, los magistrados no llegan a pronunciarse sobre si fue asesinado o no, porque en el texto judicial se se?ala que "no ha quedado acreditado que hubiera sido alcanzado por un proyectil disparado contra ¨¦l por un arma de fuego que le causara la muerte".
Los magistrados se han basado en los informes de los peritos forenses, que coinciden en que Ruano presentaba una herida de unos siete mil¨ªmetros en la clav¨ªcula, de unos dos cent¨ªmetros de profundidad, causada por "un objeto cilindro c¨®nico". La hip¨®tesis m¨¢s veros¨ªmil es una bala, pero ninguno de los peritos llega a asegurar sin g¨¦nero de duda que Ruano sufriese un impacto de bala, pudo ser un punz¨®n u otro objeto. Y agrega la sentencia: "De cinco incertidumbres no, es posible inferir un juicio de certeza".
No obstante la sentencia refleja que se ha perdido un tercio del hueso de la clav¨ªcula, precisamente el de la herida en cuesti¨®n, lo que impide precisar m¨¢s detalles. Y deja claro que la herida ha tenido que ser causada por terceros, puesto que Enrique Ruano sali¨® de la Direcci¨®n General de Seguridad, se encontr¨® con su madre en el patio, que lo abraz¨®; despu¨¦s en el piso registrado, estuvo un momento la hermana del portero del inmueble, pero luego les dej¨® so los. Y como Ruano, dice la sentencia, "estuvo s¨®lo con los tres polic¨ªas procesados sobre una hora en la vivienda, hay que con cluir que tal lesi¨®n tuvo que ser causada por ellos".
La sentencia recoge la hip¨®tesis de que esa lesi¨®n, le pudo ser causada para hacerle firmar lo que no quisiera y que Enrique al tratar de huir saltase la barandilla, pero los magistrados estiman que esta posibilidad es "dif¨ªcil da das las caracter¨ªsticas de la vivienda". Tambi¨¦n especula con que Ruano pudo ser llevado a la barandilla para amenazarle con tirarle por el hueco como m¨¦todo de presi¨®n y caer por el impacto en la clavicula. "Pero", dice la sentencia, "no que da acreditado c¨®mo sucedi¨®".
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