El Ayuntamiento, condenado por difundir la imagen de un ni?o
El Ayuntamiento de Madrid ha sido condenado por el Tribunal Supremo a indemnizar a unos ciudadanos por el da?o moral causado a un ni?o y a un matrimonio cuyas fotograf¨ªas fueron publicadas, sin su consentimiento,en una campa?a informativa tendente a fomentar el respeto y tolerancia hacia los mayores. Alejandro Iv¨¢n Hormaechea, responsable de la fotograf¨ªa, tambi¨¦n deber¨¢ "resarcir econ¨®micamente el da?o causado" a los afectados, que se tasar¨¢, seg¨²n el alto tribunal, en la ejecuci¨®n de la sentencia.
El Ayuntamiento adjudic¨® esta campa?a publicitaria, por concierto directo, a la entidad Karacol Animaci¨®n. En la portada del Bolet¨ªn Informativo publicado por el Ayuntamiento en junio de 1990 aparec¨ªa una foto con un ni?o y un matrimonio. Los padres del ni?o y los c¨®nyuges presentaron una demanda sobre derecho a la imagen. El Juzgado de Primera Instancia 18 desestim¨® la demanda, que fue recurrida ante la Audiencia. Esta instancia s¨ª la estim¨® y conden¨® al Ayuntamiento y al autor de la fotograf¨ªa. ?stos, a su vez, apelaron al Tribunal Supremo, que ahora ha confirmado la condena por entender que el "inter¨¦s cultura] alegado por el municipio no puede ser una patente de corso".
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