Precisiones sobre el Concierto Econ¨®mico vasco
Una vez m¨¢s, el tema del Concierto Econ¨®mico vasco viene ocupando espacios en la prensa al haberse resucitado una pol¨¦mica en torno al mismo.La verdad es que ni el hecho es nuevo ni tampoco lo son los razonamientos que se ofrecen para combatirlo. La historia lleva m¨¢s de cien a?os resurgiendo peri¨®dicamente.
Puestos a realizar una s¨ªntesis valorativa del fen¨®meno, tengo la sensaci¨®n de que, en las pol¨¦micas suscitadas, rara vez se centra la cuesti¨®n en lo que a mi juicio radica tanto la raz¨®n de ser del Concierto Econ¨®mico como su legitimidad. Priman los razonamientos circunstanciales, oscureciendo el fondo de la cuesti¨®n y tambi¨¦n los ¨¢nimos de los lectores. A este fondo de la cuesti¨®n quiero referirme.
Todo empez¨® con la Ley del 21 de julio de 1876, llamada la Abolici¨®n de los Fueros Vascos, con la que C¨¢novas del Castillo, el hombre de la restauraci¨®n, quiso llevar a t¨¦rmino su prop¨®sito de convertir la unidad territorial del Estado en unidad nacional. Prop¨®sito que, a mi juicio, no se consolid¨®, como lo demuestran los hechos de la historia, pero esto es ya otra cuesti¨®n.
La Constituci¨®n de 1876 configur¨® el Estado como un Estado-nacional, articulado sobre la base de un poder, ¨²nico y centralizado. Esta Constituci¨®n desconoci¨® que exist¨ªa, dentro del territorio del Estado, otra realidad pol¨ªtica incuestionable: los territorios vascos, poseedores de un sistema de gobierno propio, emanado de unos poderes originarios, celosamente conservados y conocidos como los fueros vascos.
El que la Constituci¨®n ignorase este problema puso de manifiesto que el prop¨®sito no era otro que el de provocar la desaparici¨®n de aquellos fueros.
Por ello, con la ley abolitoria de los fueros, se realiz¨® una operaci¨®n pol¨ªtica, con consecuencias en una doble vertiente. En el plano vasco, significaba ver arrebatados unos poderes pol¨ªticos pose¨ªdos desde tiempos seculares. En el plano del Estado, se busc¨® consolidar el dogma del Estado nacional, basado en la existencia de una sola naci¨®n. As¨ª, la unidad territorial de la Corona, que supo convivir en el respeto a la diversidad, se convirti¨® en la unidad nacional, que no fue capaz de continuar con aquella forma de convivencia.
Desde una apariencia formal de los hechos, la ley abolitoria presentaba cobertura legal al prop¨®sito unificador, puesto que la decisi¨®n proven¨ªa de un Congreso de los Diputados representante de la naci¨®n.
Sin embargo, las cosas no eran tan sencillas. La ley abolitoria de los fueros no era una ley cualquiera. Era una ley singular, que trataba de producir unos efectos de nivel constitucional, aunque fuera solapadamente.
Vistas las cosas desde otra perspectiva, C¨¢novas del Castillo sab¨ªa que aquella medida legal carec¨ªa de la aceptaci¨®n m¨ªnima y necesaria por parte de las fuerzas pol¨ªticas y sociales vascas, cuyos sentimientos de protesta y rechazo quedaron inequ¨ªvocamente patentes. Una medida de esta naturaleza, que no cont¨® con el consenso suficiente, nac¨ªa como un acto unilateral, sin la estabilidad adecuada y, en t¨¦rminos de una elemental, praxis democr¨¢tica, sin la legitimidad imprescindible. Cerca de 120 a?os despu¨¦s, las cosas est¨¢n como todos sabemos. La decisi¨®n fue un error pol¨ªtico, que nos dej¨® una herencia que ha hecho correr no s¨®lo r¨ªos de tinta, como ahora ocurre, sino tambi¨¦n, y ello es m¨¢s triste, demasiada sangre.
Que C¨¢novas no se sinti¨® muy seguro de su decisi¨®n, lo demuestra el propio texto de la ley abolitoria. Sus art¨ªculos cuarto y quinto dejaron abierta una puerta para negociar reformas en el r¨¦gimen foral, con referencia expresa a la contingentaci¨®n de cupos, para prestar el servicio militar y el pago de tributos.
Nada m¨¢s expresivo para comprender lo delicado de la actuaci¨®n y de la situaci¨®n que recoger aqu¨ª una expresi¨®n contenida en el pre¨¢mbulo del Real Decreto del 13 de noviembre de 1877, precursor del primer Concierto Econ¨®mico, donde, entre diversas consideraciones justificativas de las medidas que propugna, se alude tambi¨¦n a la necesidad de tener en cuenta "motivos de alta prudencia y justas consideraciones hacia sus habitantes, hasta aqu¨ª exentos".
"Alta prudencia" que constituye el reconocimiento, en t¨¦rminos de valor entendido, de la disconformidad de una de las partes afectadas por la medida: el rechazo de un sector tan sigularizable como era el pueblo vasco. Con la "alta prudencia" o, en otras palabras, con los Conciertos Econ¨®micos, se quiso salvar la distancia que hab¨ªa entre la realidad y la legalidad. Probablemente se pens¨® que el tiempo cura las heridas, pero esta vez no ha sido as¨ª.
A partir de esta situaci¨®n vinieron los Conciertos Econ¨®micos y los cupos de los reemplazos al Ej¨¦rcito, cuyas vicisitudes posteriores no hacen al caso relatar en estas l¨ªneas, salvo recordar que la Constituci¨®n del 79 y el Estatuto de Autonom¨ªa permitieron recuperar lo perdido en la etapa del franquismo.
Tambi¨¦n en aquel entonces se consolid¨® una endeblez constitucional, empe?ada en desconocer un hecho clave como es la plurinacionalidad del Estado.
Es as¨ª como nace la instituci¨®n de los gobiernos, que no ha tenido equivalencia en otros ¨¢mbitos.
La historia ha dado a los Conciertos Econ¨®micos una raz¨®n de ser, pero ah¨ª no terminan las cosas. Lo importante, a efectos de estas consideraciones, no es tanto el contenido de los derechos que incorpora el Concierto Econ¨®mico, sino el derecho, en s¨ª mismo considerado, que tiene su anclaje en una cuesti¨®n que debe considerarse en el escenario de la preconstitucionalidad.
Al utilizar la expresi¨®n "nacionalidad" hemos entrado en lo que considero el n¨²cleo de la cuesti¨®n. A mi juicio, ¨¦ste es el verdadero punto de arranque para un enfoque correcto, sin que ello suponga rechazar otros argumentos. La plurinacionalidad del Estado ha sido un tema tab¨² hasta ahora, lo que ha impedido plantearlo en su dimensi¨®n profunda. La actual Constituci¨®n se ha asomado t¨ªmidamente al problema, reconociendo en su art¨ªculo segundo la existencia de nacionalidades.
Sobre el alcance del t¨¦rmino existen opiniones diversas y, sin entrar a polemizar sobre su contenido, habremos de convenir que, cuando menos, es un concepto de integraci¨®n compleja, en la medida en que confluyen diversos componentes. Afloran hechos naturales como, por ejemplo, la lengua, y otros de car¨¢cter subjetivo como es una determinada vocaci¨®n de construir el futuro desde el sentimiento de identidad diferenciada. Tambi¨¦n entra en el juego el legado de la propia historia.
Estas circunstancias, en su conjunto, configuran una nacionalidad, y ninguna de ¨¦stas es igual a otra. De aqu¨ª que, al hablar de nacionalidad, no pueden establecerse conceptualmente equivalencias con lo que, en su d¨ªa, se llam¨® "sano regionalismo", o con las proclamaciones ret¨®ricas de nacionalidad, vac¨ªas de contenido real y destinadas al apoyo de operaciones pol¨ªticas de emulaci¨®n.
En el caso vasco, el sentimiento de nacionalidad tambi¨¦n est¨¢ integrado por varios sumandos, uno de los cuales es un legado de la historia concreta, del que forma parte el Concierto Econ¨®mico.
En un momento problem¨¢tico de la transici¨®n, la direcci¨®n del PNV nos encarg¨® a Federico Zabala y a m¨ª, entonces senadores visitar en Estoril a don Juan de Borb¨®n para exponerle directamente nuestras formulaciones pol¨ªticas; don Juan siempre quiso estar enterado de las vicisitudes de los vascos. La acogida fue cordial, y la entrevista, sorprendentemente larga. Hablamos de todo, creo que de lo divino y lo humano, y, por supuesto, del Concierto Econ¨®mico. Recordando vivencias de sus veraneos juveniles en San Sebasti¨¢n, don Juan cont¨® detalles acerca de las valoraciones favorables al concierto o¨ªdas incluso a su padre, Alfonso XIII; tambi¨¦n record¨® el significado de esta instituci¨®n y el grado de adhesi¨®n de los vascos. Si lo cuento ahora es para que quienes como yo no vivimos experiencias reales sobre el concierto durante el franquismo comprendan que la historia viene de lejos y que el sistema concertado ha merecido el respeto de quienes algo sab¨ªan de lo que son las responsabilidades de Estado. Que el presidente Aznar se haya identificado con esta trayectoria es una garant¨ªa de futuro.
Con lo que antecede quisiera que se comprenda que la adhesi¨®n que inspiraba e inspira, en el ¨¢mbito vasco, responde a la idea de que el concierto es no s¨®lo un instrumento de recuperaci¨®n, siquiera sea parcial, de su nunca renunciado autogobierno foral, sino tambi¨¦n un instrumento de gesti¨®n de intereses p¨²blicos, socialmente asumido.
Es as¨ª como el concierto es algo que pertenece al acervo de todos los vascos, cualquiera que sea su ideolog¨ªa. El concierto ha sido aceptado tanto por los grandes personajes liberales de anta?o como por los fucristas o los nacionalistas, mon¨¢rquicos o republicanos. Desde un Fidel de Sagarm¨ªnaga a Jos¨¦ Antonio Aguirre. Cuestionar aqu¨¦l, es tanto como cuestionar el sentimiento, la concepci¨®n que los vascos tenemos, leg¨ªtimamente, de nuestras propias cosas, de nuestros propios derechos de nacionalidad.
Negar las se?as de identidad y entre ellas el concierto como en su d¨ªa ocurri¨® con el euskera, por citar un ejemplo, es tanto como introducir una dificultad adicional a las complejas relaciones con el Estado. Por ello, las protestas sobre agravios comparativos, adem¨¢s de desconocer el fondo de la cuesti¨®n, llevan necesariamente a un callej¨®n sin salida frente a un prop¨®sito de facilitar la estabilidad del Estado.
Cualquier proyecto de convivencia arm¨®nica pasa un reconocimiento rec¨ªproco de los unos y los otros, con cuantos elementos integran las identidades diferenciales, con las consecuencias pol¨ªticas y constitucionales que de ellos se deriven.
Si no se desea comprender esto, entonces el problema no es el Concierto Econ¨®mico; el problema es de otra naturaleza.
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