Hacienda pretende limitar al 20% el porcentaje de los derechos de imagen de los deportistas
Los clubes de f¨²tbol han conseguido el reconocimiento de la existencia de los derechos de imagen de los deportistas, pero Hacienda quiere que la aplicaci¨®n no rebase el 20% de sus ingresos. Un art¨ªculo de la ley de acompa?amiento de los Presupuestos presentado por el Gobierno y dos enmiendas aportadas por sus socios de CiU aprobados ayer en el Parlamento han establecido que los derechos de imagen no forman parte del salario. ?sta era la tesis defendida por los clubes. Sin embargo, estos ingresos se asimilan a los intereses que produce, por ejemplo, el dinero depositado en una cuenta corriente, y, por tanto, s¨ª debe aplic¨¢rseles una retenci¨®n, en este caso del 25%. En este punto la tesis se aproxima a la defendida por Hacienda. Los tribunales tendr¨¢n la ¨²ltima palabra.
Estas posturas enfrentadas han llevado a los dos grandes del f¨²tbol espa?ol, el Real Madrid y el Barcelona, a las puertas de los tribunales ya que Hacienda les reclama m¨¢s de 8.000 millones de pesetas. Tras la aprobaci¨®n de los nuevos art¨ªculos, ser¨¢n los tribunales los que resuelvan el contencioso, teniendo en cuenta el nuevo marco legal aprobado.Tras la votaci¨®n tan s¨®lo queda la aprobaci¨®n de un reglamento que establezca el l¨ªmite m¨¢ximo que pueden cobrar los profesionales como derechos de imagen. El secretario de Estado de Hacienda, Juan Costa, es partidario de establecerlo en el 20%, porcentaje que sin duda ser¨¢ considerado insuficiente por los clubes de f¨²tbol, algunos de cuyos jugadores cobran m¨¢s del 70% de sus ingresos como derechos de imagen.
Hasta la aprobaci¨®n de este nuevo articulado, los jugadores cobraban la mayor¨ªa de sus ingresos como derechos de imagen a trav¨¦s de sociedades controladas por ellos. Como se observa en el cuadro que acompa?a a esta informaci¨®n, este sistema reportaba indudables ventajas fiscales para los jugadores si se comparaba con el aplicado resto de los ciudadanos. En primer lugar, porque, al no considerarse salario (rendimiento del trabajo en lenguaje fiscal), no se les practicaba la retenci¨®n a cuenta que se aplica cada mes en la n¨®mina de la mayor¨ªa de los trabajadores. En segundo lugar, porque, al cobrarlo a trav¨¦s de sociedades, los jugadores no declaraban esos ingresos hasta m¨¢s de dos a?os despu¨¦s de haberlos recibido. Puesto que se trata de ingresos multimillonarios es f¨¢cil imaginar el rendimiento que puede obtenerse de invertir ese dinero durante tan largo periodo de tiempo.
Lo aprobado ayer, una simple aclaraci¨®n del sistema ya existente, seg¨²n los diputados del PP y Manuel Silva de CiU, y "un hecho imponible nuevo" para el diputado socialista Luis Mart¨ªnez Noval, establece una retenci¨®n a cuenta. Es decir, antes de que se haya realizado la declaraci¨®n de la renta, se retiene el 25%, como se aplica a los intereses que genera el dinero depositado en el banco.
Pero, adem¨¢s, PP y CiU han aprobado dos enmiendas m¨¢s que debilitan profundamente la reclamaci¨®n que Hacienda ya ha presentado a los clubes de f¨²tbol. La reclamaci¨®n se encuentra a las puertas de los tribunales y afecta en especial a Real Madrid y Barcelona.
La primera establece que las cantidades percibidas por los futbolistas son brutas; es decir, ya incluyen la retenci¨®n que deber¨ªa haberse practicado. La Ley del Impuesto sobre la Renta considera hasta ahora que, en caso de no haberse efectuado la retenci¨®n, a la cantidad percibida por el futbolista hab¨ªa que sumarle ese te¨®rico pago a cuenta; es decir, hab¨ªa que "elevarlo al integro". Este sistema de c¨¢lculo ya hab¨ªa sido aplicado en las actas a los clubes, pero estos han alegado que la mayor¨ªa de las sentencias de los tribunales lo han rechazado. Para hacerse una idea de lo que esto representa, en el caso del Bar?a, las cantidades pagadas por derechos de imagen durante los ejercicios sometidos a inspecci¨®n sumaban 4.557 millones. Tras aplicarle el sistema de la elevaci¨®n al ¨ªntegro utilizado por la inspecci¨®n las retenciones no practicadas, que es lo que reclama Hacienda, sumaban 3.196 millones, es decir el 70% de lo efectivamente pagado.
La otra enmienda aclara que las retenciones a aplicar ser¨¢n obligatorias a partir de enero pr¨®ximo, en un intento de evitar que Hacienda plantee su reclamaci¨®n con car¨¢cter retroactivo.
Los efectos retroactivos
No obstante, estos efectos retroactivos no quedan claros. Hacienda sostiene que siguen en pie las actas levantadas a los clubes por no haber efectuado retenciones en sus pagos a los futbolistas. CiU entiende, sin embargo, que los tribunales no podr¨¢n obviar el nuevo marco legal. El esp¨ªritu de lo aprobado ayer es que se trata de llenar el vac¨ªo legal existente hasta ahora, pero con un mandato a futuro: la obligaci¨®n de retener es obligatoria desde el a?o pr¨®ximo.Los tribunales tendr¨¢n que decidir al respecto cuando se pronuncien sobre los recursos de los clubes de f¨²tbol -hasta ahora s¨®lo el Madrid ha recurrido y pronto lo har¨¢ el Barcelona-, contra las actas de la inspecci¨®n fiscal.
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