Condenada una empresa a pagar 50 millones a una familia por molestarla con sus ruidos
Sentencia en Murcia por perturbar la vida cotidiana, intimidad y paz de una casa
La juez ha condenado a la empresa Vegetales Congelados, SA (Veconsa) y al Ayuntamiento de Alguazas (Murcia) a indemnizar a los cuatro miembros de una familia con una cantidad cercana a los 50 millones de pesetas por las molestias y ruidos producidos por la factor¨ªa dedicada, no impedidos por la corporaci¨®n municipal. La sentencia, apelable, fundamenta la condena en la perturbaci¨®n de la vida cotidiana y los ataques a la paz M domicilio, intimidad familiar y descanso nocturno. Es la primera aplicaci¨®n conocida de la doctrina reciente del Tribunal de Estrasburgo.
La resoluci¨®n de la juez Mar¨ªa Francisca Granados Asensio aplica la doctrina impuesta por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo, que hace dos a?os conden¨® a la justicia espa?ola por desproteger la vida privada de una familia de Lorca (Murcia), perjudicada por los olores producidos por los vertidos de una depuradora. Jos¨¦ Luis Maz¨®n, el abogado que asesor¨® a Gregoria L¨®pez Ostra en aquel caso, ha obtenido ahora esta sentencia, en defensa de los derechos de Pascual Fern¨¢ndez L¨®pez y su familia.Los demandantes relataron que en septiembre de 1988 adquirieron en Alguazas unos terrenos, incluida la casa en la que vive el matrimonio y sus dos hijos. A?adieron que ocho a?os despu¨¦s Veconsa abri¨®, a unos 40 ¨® 50 metros de la vivienda, una factor¨ªa dedicada a elaborar alimentos congelados 11 que transform¨® radicalmente las condiciones de vida" de la familia demandante. Alegaron que funcionaba las 24 horas del d¨ªa, con continuas salidas, entradas y maniobras de camiones congeladores con los motores de los congeladores en marcha y altos niveles de ruidos y vibraciones, especialmente molestos durante la noche.
Sin licencia
A la vista de que Veconsa funcionaba sin la licencia obligada seg¨²n el reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas, de 1961, los demandantes la denunciaron ante el Ayuntamiento, que no adopt¨® ninguna medida. De ah¨ª que la corporaci¨®n municipal fuera tambi¨¦n demandada como responsable solidaria con la empresa. Las pruebas practicadas avalan, seg¨²n la juez, la petici¨®n tanto de que se repare el da?o patrimonial como el da?o moral.
En consecuencia, el fallo de la juez -dictado el 24 de diciembre ¨²ltimo y apelable ante la Audiencia Provincial de Murcia- condena solidariamente a Veconsa y al Ayuntamiento de Alguazas. Por un lado se les condena a pagar 100.000 pesetas mensuales por cada uno de los cuatro miembros de la unidad familiar desde diciembre de 1990 y hasta tanto cese la injerencia (por el momento, 28,8 millones hasta finales de 1996) y 17.945.408 pesetas, m¨¢s el inter¨¦s legal, por la p¨¦rdida de valor del domicilio de los demandantes. En total, casi 50 millones.
El letrado Maz¨®n mostr¨® as¨ª su satisfacci¨®n por la sentencia: "En nuestro ruidoso mundo existen un buen n¨²mero de almas en pena s¨®lo por el hecho de -que les han colocado una actividad ruidosa al lado de la casa, que no les deja vivir. Para este contingente cada vez m¨¢s nutrido de nuestros semejantes, com¨²nmente hu¨¦rfanos de protecci¨®n jur¨ªdica, esta sentencia es un buen regalo de Reyes".
[La indefinici¨®n del antiguo C¨®digo Penal sobre la contaminaci¨®n ac¨²stica motiv¨® que el fiscal retirara en noviembre pasado la acusaci¨®n en el primer juicio celebrado en Espa?a por este asunto. El nuevo C¨®digo Penal tampoco especifica sobre ello. Se suelen aplicar las ordenanzas municipales].
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