Cuatro jueces, investigados por parar una demanda contra otro magistrado
El reclamado como padre es candidato al Tribunal Supremo
La comisi¨®n disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha acordado que se investigue a los cuatro jueces de Las Palmas de Gran Canaria denunciados por una madre por irregularidades en la tramitaci¨®n de su demanda de paternidad contra otro magistrado que ejerce en la misma capital y que es candidato a la Sala Segunda del Tribunal Supremo. Entre las irregularidades denunciadas figura el archivo de la demanda y el retraso de nueve meses en resolver la apelaci¨®n contra el archivo.
La denuncia fue presentada ante el CGPJ en diciembre ¨²ltimo por Concepci¨®n Coito Pablo (v¨¦ase EL PA?S del 19 de diciembre de 1996), madre de un menor del que, seg¨²n ella, es padre biol¨®gico el magistrado Fernando de Lorenzo Mart¨ªnez, miembro de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias y, desde hace unos d¨ªas, candidato a la vacante de la Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo.La denunciante acusa de "conductas totalmente irregulares en el desarrollo del procedimiento" tanto al juez de primera instancia n¨²mero 5 de Las Palmas, Juan Francisco Martel Rivero, que archiv¨® la demanda en noviembre de 1995, como a los tres integrantes de la Secci¨®n Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas que vieron la apelaci¨®n el 21 de marzo de 1996 y nueve meses despu¨¦s no la hab¨ªan resuelto.
Dilaciones indebidas
Coito denuncia a estos tres ¨²ltimos magistrados -Antonio Juan de Castro Feliciano, presidente de la secci¨®n; Pedro Marcelino Rodr¨ªguez Rosales y Silvia Abello Maeso-, por "las dilaciones indebidas que escandalosamente se est¨¢n produciendo", dice, calificadas por la ley org¨¢nica del Poder Judicial como falta muy grave. Recuerda que tambi¨¦n es falta muy grave "la inobservancia del deber de abstenci¨®n".La comisi¨®n disciplinaria del CGPJ acord¨® esta semana abrir diligencias informativas previas al expediente disciplinario a iniciar, en su caso, contra los jueces denunciados. La investigaci¨®n tendr¨¢ que dilucidar si constituye una irregularidad el archivo de una de manda de paternidad acogiendo el criterio del demandado de que "no tiene contenido", por haber iniciado ¨¦l, al margen del proceso, un expediente de reconocimiento del menor, que no ha culminado por no consentirlo la madre.
Asimismo, el CGPJ investigar¨¢ si los tr¨¢mites realizados para conocer si la representante legal del menor consent¨ªa el reconocimiento de su hijo -iniciado por el padre en 1995 por una v¨ªa ajena a la demanda-, justifican el retraso de m¨¢s de nueve meses en resolver el recurso de apelaci¨®n contra la decisi¨®n de archivarla.
Por su parte, la madre y denunciante recuerda que el 11 de julio de 1996 compareci¨® ante el Registro Civil de Madrid, donde se levant¨® acta de que "no puede contestar al requerimiento, puesto que est¨¢ esperando que se dicte sentencia en la apelaci¨®n civil n¨²mero 601/1995, de la Secci¨®n Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas". Asimismo, consta que calific¨® de "tomadura de pelo el requerimiento", cuando la demanda de paternidad se produjo precisamente por la negativa del demandado al "reconocimiento voluntario y extrajudicial".
Coito recuerda que, tras haber convivido con De Lorenzo entre 1988 y 1991, a?o en que naci¨® el hijo de ambos, en 1993 su abogado Francisco Mart¨ªn del R¨ªo propuso al magistrado una soluci¨®n amistosa que evitara tener que acudir a los tribunales. La respuesta fue una carta del abogado de Fernando de Lorenzo, en la que se recordaba la importante personalidad de ¨¦ste y se suger¨ªa que la madre intentaba "un posible affaire econ¨®mico". La respuesta de Coito fue considerar la carta "indignante" y dar por "agotada la v¨ªa amistosa".
Prueba biol¨®gica positiva
En 1994 se present¨® en Palmas la demanda de paternidad, que conten¨ªa una serie de pruebas sobre los tres a?os de convivencia, incluidos viajes, cartas, fotograf¨ªas y testimonios de familiares y amigos comunes. En 1995, la tramitaci¨®n de la demanda se suspendi¨® de com¨²n acuerdo para realizar en Madrid la investigaci¨®n biol¨®gica de la paternidad, que dio un resultado positivo. Sin embargo, De Lorenzo no se avino a la reclamaci¨®n, sino que inici¨® entonces una v¨ªa jur¨ªdica ajena al proceso para el reconocimiento del menor.A la vista de esta iniciativa -sin ¨¦xito, porque la madre insiste en la v¨ªa judicial-, el juez Mart¨ªn Rivero archiv¨® el caso, por entender que se ha producido "una satisfacci¨®n extraprocesal de la pretensi¨®n" que justifica "la finalizaci¨®n del proceso" en el procedimiento contencioso-administrativo. Coito apel¨® contra el archivo y su abogado argument¨® que la ley de lo contencioso- administrativo no es extrapolable a un proceso civil de investigaci¨®n de la paternidad.
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