El due?o de un perro que ataco a una ni?a de 2 a?os, condenado a pagar la operaci¨®n de cirug¨ªa est¨¦tica
Los due?os de un perro han sido condenados a indemnizar con casi un mill¨®n y medio de pesetas a una ni?a de dos a?os que recibi¨® mordiscos en su rostro al acercarse en la calle al animal para acariciarlo. Tambi¨¦n deber¨¢n sufragar el coste de la operaci¨®n de cirug¨ªa pl¨¢stica que precisa la ni?a, a la que le han quedado cicatrices en la cara. Seg¨²n sus padres, "la ni?a sufre desde entonces pesadillas nocturnas" y siente p¨¢nico de los perros.Esta sentencia ha sido dictada por la Secci¨®n II de la Audiencia de Madrid y revoca otra anterior, absolutoria, del Juzgado 28 de Madrid, que tild¨® el hecho d¨¦ "fortuito".
La agresi¨®n se produjo el 22 de octubre de 1995. Marisa S. J. iba ese d¨ªa paseando con sus cuatro perros, sueltos y sin bozal, por una calle de Madrid. Al ir a cruzar una calle, una ni?a de dos a?os acompa?ada de su cuidadora, y cuyas iniciales son A. V., se acerc¨® a los animales. La asistenta, Ana P. L., pregunt¨® a la due?a si hab¨ªa alg¨²n inconveniente. La due?a sujet¨® al can que consider¨® "m¨¢s peligroso", y contest¨® que pod¨ªa tocar a los otros. Todos ellos pertenecen a su padre.
En ese momento, seg¨²n la sentencia, uno de los perros se revolvi¨® y mordi¨® en el rostro a la menor. No qued¨® claro en el juicio si la reacci¨®n del animal fue sin motivo o se debi¨® o que la ni?a le toc¨® el rabo. Lo cierto es que, con la cara ensangrentada, la menor fue trasladada por un transe¨²nte a un hospital.
Los m¨¦dicos le apreciaron distintas heridas en la parte derecha del rostro, una de ellas de hasta cinco cent¨ªmetros. Tard¨® en curar 12 d¨ªas. Los perros dispon¨ªan de un seguro para casos de accidente. Por ello, la compa?¨ªa Mapfre ha sido condenada " solidariamente" al pago de las indemnizaciones.
La sentencia revocada por la Audiencia, adem¨¢s de considerar el hecho "fortuito", se?al¨® que si los perros iban sin bozal es porque "no lo necesitaban" al estar "amansados".
"Inadmisible"
Y que, por tanto, no cab¨ªa hablar "de negligencia" por parte de la due?a, que "asi¨® el perro que consideraba m¨¢s peligroso", razon¨® la juez Ana Revuelta en su fallo absolutorio.El abogado de la ni?a, Ricardo Moreno, consider¨® "inadmisible" esa resoluci¨®n y la recurri¨® ante la Audiencia, que le ha dado la raz¨®n. "Esa sentencia", asegura el letrado, "evidencia una clara negligencia de la juez por manifiesto desconocimiento de la ley, rayana en la prevaricaci¨®n" En su recurso, el abogado aleg¨® una ordenanza de 24 de febrero de 1994 del Ayuntamiento de Madrid que establece: "Los perros o animales dom¨¦sticos deber¨¢n ir acompa?ados o conducidos por sus cuidadores, sujetos por una cadena o correa resistente, y provistos de bozal cuando el car¨¢cter del animal as¨ª lo aconseje."
La Audiencia destaca como v¨¢lidos los hechos declarados probados por el juzgado instructor, pero anula la consideraci¨®n de que los "perros no llevaban bozal porque no lo necesitaban". Entiende el tribunal que s¨ª deb¨ªan llevarlo y que los mordiscos no fueron "un hecho fortuito", por cuanto "es algo previsible" que "pudo evitarse". Por ello condena a los due?os del perro (en la sentencia no figura la raza) como autores de una falta de imprudencia con resultado de lesiones.
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