Por el rigor en el debate
Un vecino de Castell¨®n al que la Generalitat valenciana ha sancionado en un expediente administrativo abandona la ciudad con su familia, se traslada a Tudela y solicita al Gobierno de Navarra asilo pol¨ªtico. Desde Pamplona, con naturalidad, se asume la petici¨®n y se somete a estudio por los organismos correspondientes. Mientras tanto, la sanci¨®n queda en suspenso por imperativo del Derecho foral navarro.Esta historia tiene tanto de absurda como de inveros¨ªmil. Repugna a la raz¨®n la posibilidad de que pueda alegarse el derecho de asilo en el marco de una misma unidad pol¨ªtica en la que se integran tanto el solicitante como aqu¨¦l que le debe ofrecer la protecci¨®n. Sin embargo, el planteamiento no es muy distinto al que est¨¢ sobre la mesa de la Conferencia Intergubernamental que ha de reformar el Tratado de la Uni¨®n Europea: la supresi¨®n del derecho de asilo pol¨ªtico en el interior de la Uni¨®n. Y no s¨®lo porque no se vaya a conceder al final del proceso de decisi¨®n, sino porque no se justifica ni siquiera la aceptaci¨®n de la solicitud y los tr¨¢mites de comprobaci¨®n que de tal aceptaci¨®n se han de derivar.
La propuesta, formulada como prioritaria por el Gobierno con el apoyo de la casi totalidad de los grupos pol¨ªticos, est¨¢ levantando algunos recelos en pa¨ªses de nuestro entorno y, al parecer, tambi¨¦n entre algunos sectores de nuestro pa¨ªs.
Sin duda, es comprensible que! toda menci¨®n a la limitaci¨®n del derecho de asilo sea recibida con, suspicacia. Particularmente se comprende en Espa?a, donde tantos ciudadanos se vieron obligados a exiliarse en Estados vecinos, huyendo de la persecuci¨®n pol¨ªtica, no hace tampoco tanto tiempo. Tambi¨¦n en otros Estados, tierra de refugio durante siglos, tiene su l¨®gica que ¨¦ste sea. un tema que haga vibrar fibras m¨¢s profundas que el debate sobre las subvenciones al olivo o el sistema de mayor¨ªas en la nueva Uni¨®n. De ah¨ª, que el error del Gobierno haya sido, quiz¨¢, vender la piel del oso cuando su caza estaba lejos de haber terminado.
El hecho es que en Europa estamos construyendo entre todos un nuevo marco de relaciones. Una unidad econ¨®mica y pol¨ªtica (en este orden, nos guste o no) donde circulan personas, mercanc¨ªas, capitales y servicios. Un espacio que pronto ha de compartir una moneda com¨²n, con los espectaculares efectos de interrelaci¨®n que de ah¨ª han de derivarse.
Un marco en el que reconocemos ya que un cirujano formado en M¨²nich tiene los mismos derechos profesionales que otro formado en el hospital Cl¨ªnico barcelon¨¦s. Una sociedad en la que permitimos que cualquier s¨²bdito de la Uni¨®n pueda participar activa y pasivamente en unas elecciones municipales. Una Uni¨®n, pues, que toma como base unos niveles de confianza mutua en much¨ªsimos ¨¢mbitos, m¨¢s all¨¢ de lo que afirmen las reglas y las normas. Es esa confianza la que queda dinamitada cada vez que se acepta una solicitud de asilo en el interior de la Uni¨®n.
Sostiene el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) que esta modificaci¨®n equivaldr¨ªa a una violaci¨®n del Convenio de Ginebra de 1951 y del Protocolo, de Nueva York de 1967 sobre el Estatuto de los Refugiados, ratificado por todos los Estados de la UE. Sobran argumentos jur¨ªdicos para impugnar esa afirmaci¨®n, pero no es ¨¦ste el lugar para desarrollarlos. De hecho, y lamentablemente, la mejor de las soluciones al problema jur¨ªdico que sin duda se plantea no podr¨¢ ser asumida debido a las resistencias de algunos Estados. Me refiero al otorgamiento a la UE de una plena personalidad jur¨ªdica internacional. Bastar¨ªa entonces que la Uni¨®n, como tal, ratificara tales tratados, pasando a ser el territorio europeo un solo gran espacio a los efectos del derecho de asilo o refugio. Pero estamos lejos de ese salto cualitativo.
A mi modo de ver, el obst¨¢culo principal no est¨¢ en el plano jur¨ªdico, sino en la falta de confianza de futuro en los potenciales miembros de la Uni¨®n. Hace escasos d¨ªas, por ejemplo, desde estas mismas p¨¢ginas se criticaba la propuesta espa?ola con el argumento de que podr¨ªa dejar inermes a gitanos perseguidos en una Hungr¨ªa o en una Rumania integradas en la Uni¨®n Europea. ?ste s¨ª me parece un temor respetable, a diferencia de otras afirmaciones menos rigurosas que se formulaban en el art¨ªculo de W. Oppenheimer. Es posible que en un futuro no lejano Europa sea algo menos escrupulosa en la exigencia de certificados de buena conducta democr¨¢tica con los nuevos miembros a integrarse en el club si se cumplen otros condicionantes de car¨¢cter econ¨®mico. No es deseable, pero es veros¨ªmil. El temor a una involuci¨®n democr¨¢tica en alguno de tales Estados, o cuando menos a situaciones de clara violaci¨®n de derechos fundamentales, es algo m¨¢s que una hip¨®tesis acad¨¦mica. Hasta tal punto es as¨ª que el propio Proyecto de Tratado presentado por la presidencia irlandesa tras la cumbre de Dubl¨ªn introduce a continuaci¨®n del art¨ªculo F una cl¨¢usula de salvaguarda que habr¨¢ de permitir la suspensi¨®n de ciertos derechos previstos en el Tratado respecto de un Estado que viole grave y persistentemente los principios de democracia y respeto a los derechos y libertades fundamentales. Nada impedir¨ªa, pues, generalizar estas reservas y permitir la solicitud de asilo a los ciudadanos de un Estado en el que llegaran a darse semejantes circunstancias excepcionales.
Carece de fundamento, en cambio, alguno de los otros argumentos que, emplea Oppenheimer en el art¨ªculo mencionado. El Reino Unido no puede denegar el asilo pol¨ªtico a Salman Rushdie, simplemente porque al tratarse de un ciudadano brit¨¢nico no se lo puede haber concedido. Como brit¨¢nico, goza autom¨¢ticamente en toda la Uni¨®n Europea de los derechos que le da su ciudadan¨ªa, entre los que destacan los de establecimiento y trabajo. Cuesti¨®n distinta es qui¨¦n responde de su protecci¨®n. Y ah¨ª s¨ª que si el Reino Unido decidiera dejar de hacerse cargo de la misma deber¨ªa pedirla a quien estuviera dispuesto a otorgarla, en Europa o en otra parte. Pero eso no tiene nada que ver con el problema del asilo en la Uni¨®n Europea. De ah¨ª, que sea bueno pedir un poco m¨¢s de, rigor en el tratamiento de esta cuesti¨®n, ya de por s¨ª delicada.
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