A vueltas con el asilo
Me he resistido por un tiempo a participar en lo que constituye un debate abierto sobre la propuesta de eliminar el derecho de asilo entre los pa¨ªses miembros de la Uni¨®n. Lo hago ahora en raz¨®n de mis 15 a?os de trabajo con el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), durante los cuales he defendido la promoci¨®n y la aplicaci¨®n de ese derecho en numerosos pa¨ªses conflictivos y en tres continentes. Tambi¨¦n lo hago como eurodiputado y convencido europe¨ªsta, sin ninguna pretensi¨®n de atacar a nadie, comprendiendo las razones de todos, de manera necesariamente incompleta y dispuesto a seguir el debate sin descalificaciones ni rasgaduras de vestiduras y de honores.
1. El ACNUR es una organizaci¨®n internacional de las Naciones Unidas. No es una ONG. Creado en 1951 y ratificado en su mandato cada cinco a?os por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el ACNUR es el organismo responsable a nivel internacional de velar por la promoci¨®n y el respeto del derecho de asilo y la aplicaci¨®n de la Convenci¨®n de Ginebra de 1951 y de su protocolo adicional de 1967. Y a trav¨¦s de su doctrina y de las resoluciones de su comit¨¦ ejecutivo (del que forma parte Espa?a) ha manifestado su clar¨ªsima posici¨®n a favor del mantenimiento del principio del derecho de asilo entre los pa¨ªses de la Uni¨®n. Como organizaci¨®n internacional, las opiniones que emite pueden ser discutibles, pero deben ser tratadas con el respeto, el an¨¢lisis y la seriedad que merecen.
2. Deseos jur¨ªdicos y realidades pol¨ªticas. En bastantes de los textos oficiales y contribuciones individuales a favor de la posici¨®n de reforma del Tratado de la Uni¨®n para eliminar ese derecho se confunden, lo que es extra?o proviniendo en general de juristas, los deseos de una Europa realmente unida, con espacio jur¨ªdico ¨²nico, con una ¨²nica voz voto en los organismos internacionales y quiz¨¢ con un sill¨®n ¨²nico en el Consejo de Seguridad de la ONU, con la realidad actual. Por m¨¢s libertad de circulaci¨®n de las personas (bastante relativa a¨²n) y eliminaci¨®n de fronteras interiores (m¨¢s relativa todav¨ªa), Europa no es hoy una unidad pol¨ªtica en t¨¦rminos de derecho internacional. Ni lo ser¨¢ por alg¨²n tiempo. Y los que queremos que s¨ª lo sea tenemos que trabajar por acelerar ese proceso de transici¨®n, cuyos enemigos son cada vez m¨¢s poderosos, pero debemos reconocer que nuestros deseos siguen sin ser realidades. Y, por tanto, seguimos firmando 15 veces cada tratado, acuerdo, convenci¨®n, y seguimos teniendo 15 asientos en la Asamblea General de la ONU.
3. Ni reforma ni eliminaci¨®n. Y como las convenciones se firman de momento por los Estados, deben ser respetadas por los Estados y no pueden obviarse por clubes de Estados que deciden otorgarse a s¨ª mismos certificados permanentes de buena conducta y eximirse del cumplimiento de sus compromisos frente a otros Estados firmantes de las mismas convenciones, con el argumento de que son Estados democr¨¢ticos y que se van a unir un d¨ªa de ¨¦stos.
4. La democracia no es un club. Ni debe serlo. La exclusi¨®n del derecho a pedir asilo entre los 15, por las razones esgrimidas, dejar¨ªa sujetos a sospecha a los no miembros. Como, por poner ejemplos poco discutibles, a Noruega, Canad¨¢ o Suiza, pa¨ªses de los que s¨ª admitir¨ªamos las peticiones de demandas de asilo.?D¨®nde se podr¨ªa y qui¨¦n establecer¨ªa los l¨ªmites en cuanto a la exclusi¨®n de las peticiones de demandas de asilo provenientes de qu¨¦ pa¨ªses? ?De Australia no, pero de Nueva Zelanda s¨ª? ?De Chile cuidado, pero de Argentina casi? ?Y de Estados Unidos o de M¨¦xico? Esta aproximaci¨®n al debate, por el lado de que somos democracias "maduras", reintroducir¨ªa el principio de que s¨®lo se admiten las demandas de los pa¨ªses "malos". Durante a?os hemos trabajado a nivel intemacional para que tanto la petici¨®n, la admisi¨®n a tr¨¢mite o aun la aceptaci¨®n de una petici¨®n de asilo no fueran consideradas actos hostiles en relaci¨®n al pa¨ªs de origen del solicitante, ni ning¨²n juicio pol¨ªtico sobre su realidad. Si acept¨¢ramos la autoexclusi¨®n de 15 Estados por las razones esgrimidas, estar¨ªamos se?alando con el dedo a los dem¨¢s.
5. Un poco de calma. Comprendiendo perfectamente y compartiendo los objetivos que persiguen nuestros Gobiernos sucesivos al plantearse las reformas del tratado en ese campo, me uno a los que consideran grav¨ªsimo el que se pueda vulnerar un principio universal de protecci¨®n de los derechos individuales fundamentales para responder a un problema grave, pero concreto. Y al terrorismo se le debe y puede combatir reforzando otros mecanismos, como mejor informaci¨®n, colaboraci¨®n policial, tratados ¨¢giles de extradici¨®n, tr¨¢mites acelerados en los procedimientos de asilo, mediante el uso del concepto de "solicitud manifiestamente infundada", etc¨¦tera. Pero sin abrir una grieta profunda, de repercusiones extracomunitarias seguras, en el ya debilitado derecho de asilo. Finalmente, hay que recordar aqu¨ª y ahora que la Convenci¨®n de Ginebra excluye que puedan acogerse a ella los ciudadanos relacionados con actos de terrorismo.
Somos justamente los que queremos una Europa verdaderamente unida, espacio com¨²n de libertades, los que queremos que se respeten los tratados y los principios. Y estamos seguros de que el terrorismo es uno de los enemigos a eliminar desde la justicia, la libertad y el derecho. Pero no contribuyamos ni un poquito a destruir estas conquistas para combatirlo. Es lo que pretenden. Y, adem¨¢s, no califican.
es vicepresidente de la Comisi¨®n de Exteriores del Parlamento Europeo.
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