El reparto en 10 a?os de la subida catastral beneficiar¨¢ en 1998 a dos millones, de viviendas
El Congreso convalid¨® ayer -con los votos a favor del PP, CiU y PNV y en contra de PSOE e IU- el real decreto ley que suaviza el impacto fiscal de las revisiones catastrales. El incremento de los valores se repartir¨¢ durante 10 a?os para calcular el impuesto sobre bienes inmuebles, la antigua contribuci¨®n urbana. Los dos millones de viviendas a revisar este a?o -con un aumento m¨¢ximo del 68%, seg¨²n el Gobierno-y otros dos millones el a?o pr¨®ximo (Madrid y Barcelona) ser¨¢n los primeros beneficiados. Quedar¨¢n endientes otros nueve millones. Las nuevas televisiones se producir¨¢n a los ocho a?os. CiU pidi¨® al Gobierno que la mejora en la tributaci¨®n de pisos se aplique tambi¨¦n a los impuestos de renta, patrimonio y plusval¨ªas.
La reforma, convalidada ayer en el Congreso, se tramitar¨¢ posteriormente como proyecto de ley por acuerdo un¨¢nime de los grupos parlamentarios, para introducir algunas modificaciones. No obstante, hasta que se apruebe la ley, el real decreto ley sancionado ayer tiene plena vigencia. ?stas son las respuestas a las principales dudas que la reforma puede plantear:?A qui¨¦n afecta? Se aplica a todos los propietarios de inmuebles que durante este a?o y siguientes sufran una actualizaci¨®n del valor catastral de sus viviendas. En este caso est¨¢n las 2.008.946 viviendas que este a?o se revisan y a las que se les notificar¨¢ el nuevo valor en 1998. Los municipios sujetos a revisi¨®n se detallan en el mapa adjunto. Para 1998 se actualizar¨¢n otros dos millones de viviendas en las ciudades de Madrid y de Barcelona. El nuevo valor se notificar¨¢ en 1999.
?Tiene efectos retroactivos? No. Las revisiones que se han llevado a cabo hasta ahora (las notificadas en 1997 y a?os anteriores) siguen el sistema anterior hasta que les corresponda la siguiente actualizaci¨®n. Hasta 1996, se han revisado unos 12 millones de viviendas, sobre un total de 25 millones que aproximadamente existen en Espa?a. Cada a?o se establece el plan de revisi¨®n para el ejercicio siguiente por acuerdo entre los ayuntamientos y la Direccci¨®n General del Catastro del Ministerio de Econom¨ªa y Hacienda.
?Qu¨¦ subida se va a aplicar? Hasta la fecha, las revisiones han supuesto un aumento de los valores catastrales del 122% en 1994, del 70% en 1995 y del 68% en 1996. Para las que se est¨¢n llevando a cabo en 1997 (notificadas en 1998), la intenci¨®n del Ministerio de Econom¨ªa y Hacienda es que la subida ronde el 68%. La valoraci¨®n se hace por barrios, que a su vez se dividen por manzanas. Se tiene en cuenta la antig¨¹edad de la zona, los equipamientos, los pisos que dan a la calle principal, si son interiores o no. Todos estos criterios se incluyen en una denominada ponencia de valoraci¨®n que aprueban los ayuntamientos.
?Para qu¨¦ sirven los nuevos valores? Para establecer la base sobre la que se paga el impuesto sobre bienes inmuebles, IBI -la antigua contribuci¨®n territorial urbana que cobran los ayuntamientos. Estos tienen autonom¨ªa para fijar los tipos impositivos, que pueden oscilar entre el 0,4% y el 1,35%. Cada a?o el ayuntamiento notifica a los propietarios el valor del inmueble revisado el ejercicio. anterior, el tipoaplicado y la cuota que le corresponde pagar.
?Qu¨¦ ventajas tiene la reforma? A las viviendas cuyo valor catastral se revise durante este a?o y siguientes no se les repercutir¨¢ todo el incremento en el impuesto de bienes inmuebles de una sola vez como hasta ahora. Se har¨¢ por d¨¦cimas partes durante 10 a?os. Por ejemplo (v¨¦ase cuadro) un piso cuyo valor c¨¢tastral se actualiza de 100 a 168, el primer a?o pagar¨¢ el IBI sobre un valor de 107, el segundo sobre 114, el tercero sobre 120 y as¨ª sucesivamente. Adem¨¢s, ese valor no sufrir¨¢ cada a?o otra actualizaci¨®n conforme a la inflaci¨®n prevista, como sucede hasta ahora. Las nuevas revisiones de valores en todos los municipios no se producir¨¢n cada aproximadamente ocho a?os como hasta ahora, sino cada 10.
?Influye en otros impuestos? El aplazamiento de la repercusi¨®n de los nuevos valores a efectos del impuesto sobre bienes inmuebles no afecta a otros impuestos. As¨ª, en el impuesto sobre la renta, el propietario del piso cuyo valor se ha revisado deber¨¢ computar 168 (seg¨²n el ejemplo anterior) desde el primer a?o. El sistema sigue, pues, como hasta ahora. El propietario debe incluir en su IRPF, como un ingreso m¨¢s, el 1,1% del valor catastral de la vivienda si ya se ha revisado o el 2% si la actualizaci¨®n a¨²n no se ha producido. Estos porcentajes se aplican desde el primer a?o sobre 168. Lo mismo sucede a efectos del impuesto del patrimonio, del de actos jur¨ªdicos documentados en el caso de que la vivienda se venda o para calcular la plusval¨ªa.
El diputado de CiU Francesc Homs pidi¨® ayer al Gobierno que el fraccionamiento de la subida tenga reflejo en todos los impuestos y no s¨®lo en el de bienes inmuebles.
El diputado del PP Vicente Mart¨ªnez Pujalte admiti¨® esta posibilidad, aunque la intenci¨®n del Ministerio de Econom¨ªa y Hacienda es que esa medida se adopte en la reforma del IRPF en preparaci¨®n. El programa electoral del partido en el Gobierno promete eliminar ese 1,1% o el 2%, seg¨²n los casos, que los propietarios de viviendas deben incluir en la base imponible del IRPF.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
?Tienes una suscripci¨®n de empresa? Accede aqu¨ª para contratar m¨¢s cuentas.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.
Archivado En
- Construcci¨®n prefabricada
- Congreso Diputados
- Grupos parlamentarios
- VI Legislatura Espa?a
- CiU
- EAJ-PNV
- Legislaci¨®n vivienda
- Jurisprudencia
- Ordenamiento jur¨ªdico
- IRPF
- Obras p¨²blicas
- Actividad legislativa
- Hacienda p¨²blica
- Impuestos
- PP
- Legislaturas pol¨ªticas
- Partidos pol¨ªticos
- Parlamento
- Vivienda
- Tributos
- Gobierno
- Finanzas p¨²blicas
- Legislaci¨®n
- Urbanismo
- Administraci¨®n Estado