El ganadero es responsable de la integridad del toro hasta su lidia
El Supremo desestima un recurso contra el reglamento
El Tribunal Supremo ha dictado un auto en el que confirma que el ganadero es responsable de la integridad del toro de su pertenencia hasta el momento de la lidia. Con ello desestima el recurso que interpuso la Uni¨®n de Criadores de Toros contra un art¨ªculo del reglamento taurino, que atribuye al ganadero responsabilidad plena en caso de que se demuestre que un toro de su propiedad hab¨ªa sido afeitado.
La Uni¨®n de Criadores de Toros de Lidia pidi¨® en abril de 1996 la suspensi¨®n del punto segundo del art¨ªculo 47 del reglamento taurino, que responsabiliza al ganadero de la integridad de las reses frente a la manipulaci¨®n fraudulenta de sus defensas, para lo cual interpuso recurso contra el decreto de 2 de febrero de aquel a?o que aprobaba el reglamento. El abogado del Estado y el Ministerio del Interior se opusieron a la pretensi¨®n.El Supremo ha resuelto que esa responsabilidad de los ganaderos no es "imposible de cumplir", como sosten¨ªa su representaci¨®n procesal, ya que el reglamento "se limita a establecer la obligaci¨®n que tienen de asegurar al p¨²blico la no manipulaci¨®n fraudulenta de las astas, lo que se justifica en funci¨®n de la intervenci¨®n y competencia que el reglamento les otorga hasta el momento de la lidia".
El auto a?ade que "esta intervenci¨®n y competencia no cesa cuando la corrida es vendida y las reses son encajonadas y embarcadas para su transporte a la plaza". De suspenderse lo preceptuado en el reglamento, razona el tribunal, se producir¨ªa "una grave perturbaci¨®n de los intereses p¨²blicos, tanto en el ¨¢mbito de los derechos de los ciudadanos como el de los profesionales que intervienen en los festejos". La sala acuerda, en consecuencia, "que no ha lugar a la suspensi¨®n del art¨ªculo 47.2 del reglamento taurino.
?ste reglamento modific¨® el de 1992 en los art¨ªculos que se refer¨ªan a la vigilancia del afeitado, pero en la pr¨¢ctica qued¨® desautorizado por una orden ministerial que public¨® Interior en abril del pasado a?o. Dicha disposici¨®n recuperaba las especificaciones sobre reconocimiento de astas que fueron suprimidas del reglamento de 1992 y que hab¨ªa exigido la confederaci¨®n de taurinos (CAPT) bajo amenaza de huelga.La orden ministerial, aparte, su incongruencia jur¨ªdica (derogaba en la pr¨¢ctica un real decreto, que es de rango superior, y contradec¨ªa un mandato del Senado), dej¨® en situaci¨®n pr¨®xima a la impunidad el fraude del afeitado, y estuvo en vigor durante toda la temporada, con lo cual se celebraron aquel a?o todos los festejos taurinos sin suficientes garant¨ªas de autenticidad ni de respeto y defensa de los derechos de los espectadores.En diciembre de 1996 el Gobierno derog¨® la orden ministerial, lo que significaba la vigencia plena de los contenidos del reglamento en cuanto respecta a los reconocimientos de las astas. La reacci¨®n de la CAPT, dirigida por los ganaderos y empresarios m¨¢s influyentes, fue convocar nueva huelga" que forz¨® a negociar a los gobiernos de las comunidades de Valencia, Andaluc¨ªa y Madrid para que se pudieran celebrar las ferias de Fallas, Abril y San Isidro.
Babelia
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.