Telef¨®nica se compromete a negociar un convenio colectivo para el sector
La direcci¨®n de Telef¨®nica se ha comprometido con los sindicatos a promover la negociaci¨®n de un convenio colectivo para el sector de las telecomunicaciones, inexistente hasta ahora. La iniciativa, propuesta por las centrales, est¨¢ contemplada en el convenio colectivo de Telef¨®nica consensuado con los sindicatos. La propuesta afecta a cerca de 97.000 trabajadores del sector de equipos y servicios de telecomunicaciones que hoy se gu¨ªan por convenios colectivos tan dispares como el siderometal¨²rgico, el transporte o la construcci¨®n.
El convenio de Telef¨®nica para los a?os 1997 y 1998 contempla la oferta de prejubilaci¨®n a los 55 a?os para sus empleados, una subida salarial del 2,6% para 1997 y un plus de productividad de 37.000 pesetas que se abonar¨¢ en la n¨®mina de septiembre. Con todo, la subida salarial pactada para este a?o equivale al IPC m¨¢s un 0,8%, seg¨²n los sindicatos mayoritarios en Telef¨®nica (UGT, CC OO y CGT).El convenio establece una cl¨¢usula de revisi¨®n para el a?o 1998 y la garant¨ªa de que tan s¨®lo se aplicar¨¢n medidas de ajuste de plantilla de car¨¢cter voluntario (prejubilaciones y bajas incentivadas).
El texto del convenio, que ser¨¢ sometido al refrendo de las asambleas de trabajadores por los sindicatos, se?ala expresamente que la compa?¨ªa se "cornpromete a iniciar los tr¨¢mites para la consecuci¨®n de un convenio colectivo del sector de las telecomunicaciones". Telef¨®nica, empresa que acapara casi el 90% de la facturaci¨®n total del sector en Espa?a, garantiza a los representantes de los trabajadores que pondr¨¢ en conocimiento de las organizaciones empresariales la conveniencia de ese acuerdo sectorial.
El convenio de Telef¨®nica sirve como referencia para las medianas empresas de servicios o equipos cuya actividad se relaciona con las telecomunicaciones. Las m¨¢s grandes negocian su propio convenio, gui¨¢ndose por los acuerdos colectivos de sectores tan dispares como el metal, los transportes o los servicios en general (inform¨¢tico, turismo ... ).
Hace tiempo que UGT y Comisiones Obreras reclaman la apertura de negociaciones para la consecuci¨®n de un convenio colectivo que regule las relaciones laborales en el sector. Sin embargo, esa reivindicaci¨®n carec¨ªa de sentido hasta hace bien poco, puesto que Telef¨®nica acaparaba toda la actividad de servicios de telefon¨ªa en Espa?a y bastaba con el convenio de empresa para asegurar los derechos de la inmensa mayor¨ªa de los trabajadores.
La aparici¨®n de Airtel en el mercado de la telefon¨ªa m¨®vil en 1995 y el inminente lanzamiento de Retevisi¨®n (con una plantilla de 1.200 empleados, que se duplicar¨¢ en el primer a?o) como competidor de Telef¨®nica en telefon¨ªa fija hacen que el convenio colectivo sea m¨¢s necesario ahora. La puesta en marcha de nuevas compa?¨ªas de telecomunicaciones por cable (televisi¨®n y telefon¨ªa) a partir del 1 de enero de 1998 y la liberalizaci¨®n plena del sector prevista para diciembre del pr¨®ximo a?o han sido argumentos esgrimidos por los sindicatos para que Telef¨®nica acepte hacer de catalizador en las negociaciones para un convenio colectivo.
Reglas de competencia
Con un convenio sectorial, los sindicatos pretenden garantizar unos derechos laborales m¨ªnimos. Para las empresas, un convenio colectivo significa una garant¨ªa m¨ªnima de que la competencia entre ellas no se har¨¢ por la v¨ªa de la reducci¨®n descarada de los costes laborales.
El sector emplea a 96.400 personas, de las cuales un 81% trabajan en el ¨¢mbito de los servicios y el resto en empresa fabricantes de equipos, seg¨²n el informe sobre Redes y Servicios de telecomunicaci¨®n en Espa?a 1996 elaborado por la consultora Price Waterhouse. Telef¨®nica emplea a 67.217 trabajadores.
El acuerdo alcanzado entre los sindicatos y la direcci¨®n de Telef¨®nica fija tambi¨¦n una subida de las dietas por desplazamientos. Quedan en 5.897 pesetas por d¨ªa por desplazamientos interprovinciales y en 16.331 pesetas para los internacionales. Los sindicatos reivindican a¨²n la reducci¨®n de la jornada laboral.
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