La ley y la guerra en el f¨²tbol
IN?S SABAN?S NADALLa autora sostiene que la apelaci¨®n del Gobierno al inter¨¦s general para regular el f¨²tbol en televisi¨®n oculta intereses comerciales y pide racionalidad a todos los grupos pol¨ªticos para solucionar el conflicto
La Ley del Deporte de 1990, que alcanz¨® un amplio consenso entre todas las fuerzas pol¨ªticas, inici¨® el camino de la reforma del sector deportivo profesional con el objetivo de corregir tanto el endeudamiento recurrente de los clubes (esencialmente de f¨²tbol) como la vinculaci¨®n del Estado en la financiaci¨®n de las deudas.Hay que reconocer que en el tiempo de funcionamiento de la ley, y a¨²n con la creaci¨®n de nuevas estructuras, como las sociedades an¨®nimas deportivas o la Liga de F¨²tbol Profesional, no se ha producido la verdadera transformaci¨®n en este sector. No han conseguido la suficiente solvencia en sus propias estructuras colectivas ni el equilibrio en sus diferentes econom¨ªas para afrontar seria y razonablemente la gran expansi¨®n en la que se han visto inmersos de forma muy r¨¢pida. Estos antecedentes, junto al inter¨¦s comercial que el negocio del f¨²tbol espect¨¢culo va a alcanzar para la puesta en marcha de la televisi¨®n digital, desencadenar¨¢n no pocos conflictos, cuya expresi¨®n m¨¢s reciente es lo que el verano pasado hemos conocido como la guerra del f¨²tbol. Tener los derechos de emisi¨®n y retransmisi¨®n del f¨²tbol se convierte en un objetivo estrat¨¦gico de primer orden para los operadores que aspiran a poner en marcha la nueva modalidad del pago por ver.
La primera parte de la guerra, que divide a los clubes y sociedades an¨®nimas deportivas en dos bloques diferenciados en funci¨®n de con qui¨¦n han comprometido sus derechos de retransmisi¨®n, acab¨® con un inesperado acuerdo entre las partes m¨¢s enfrentadas: Canal +, Antena 3 y Televisi¨®n de Catalu?a, y en consecuencia del conjunto de los clubes de f¨²tbol.
Sus consecuencias m¨¢s apreciables han sido el sobredimensionamiento econ¨®mico de los derechos de retransmisi¨®n y un nuevo varapalo para la Liga de F¨²tbol Profesional como organismo de representaci¨®n colectiva de los intereses del sector.
La segunda parte ha llegado hasta el Parlamento de la mano del Gobierno del Partido Popular y a trav¨¦s de la denominada Ley Org¨¢nica Reguladora de Emisiones y Retransmisiones de Competiciones y Acontecimientos Deportivos, aunque todo el mundo la denomina ley del f¨²tbol, porque a nadie se le escapa que la verdadera intenci¨®n de esta ley es materializar la intervenci¨®n en el f¨²tbol, y m¨¢s concretamente en las retransmisiones habituales de los partidos de Liga, para invalidar contratos y acuerdos firmados que han dejado en mala posici¨®n a la plataforma digital impulsada por el propio Gobierno en lo que afecta a oferta futbol¨ªstica.
El primer soporte para justificar laley y la intervenci¨®n ha sido la teor¨ªa del inter¨¦s general y el derecho a la informaci¨®n.
El derecho a la informaci¨®n es incuestionable, pero desde luego no es una novedad de la ley, circunstancia que han reconocido no s¨®lo los servicios jur¨ªdicos, sino el conjunto de los grupos parlamentarios, al quitarle el. car¨¢cter org¨¢nico con que la hab¨ªa presentado el Gobierno.
El inter¨¦s general es un concepto muy amplio y que abarcar¨ªa en todo caso otras cuestiones formativas, culturales, sociales o pol¨ªticas y otros deportes o sectores portes o sectores del mismo, cuya difusi¨®n en abierto habr¨ªa que salvaguardar y equilibrar desde una perspectiva m¨¢s global y no s¨®lo teniendo en cuenta la atracci¨®n del f¨²tbol sobre las audiencias. Parece l¨®gico, por ejemplo, aplicar el criterio de inter¨¦s general o inter¨¦s p¨²blico para garantizar la difusi¨®n en abierto de los Juegos Ol¨ªmpicos, de campeonatos mundiales, europeos, o de acontecimientos de relevancia excepcional. Pero no parece l¨®gico querer aplicar este criterio precisamente a las competiciones regulares de f¨²tbol, que mantienen por tradici¨®n una clara situaci¨®n de ventaja consolidada en lo que afecta a sus retransmisiones en abierto. En estos momentos se est¨¢n retransmitiendo por este sistema uno o dos partidos semanales, m¨¢s las competiciones europeas m¨¢s la Copa del Rey. Los datos de programaci¨®n en el conjunto de las televisiones en la actualidad nos indican que sumando noticias y retransmisiones deportivas, m¨¢s de un 80% se dedica al f¨²tbol, seguido por el baloncesto, ciclismo o tenis, mientras que algunos deportes o el deporte femenino no alcanzan ni el 5%. Nos encontramos, pues, ante un debate falso sobre la protecci¨®n del inter¨¦s general, cuando el verdadero conflicto en la regulaci¨®n se sit¨²a en el pago por ver, que poco tiene que ver con el inter¨¦s general y mucho con los intereses comerciales de las plataformas digitales.
El proceso de implantaci¨®n de estas nuevas tecnolog¨ªas en lo que afecta a retransmisiones deportivas deber¨ªa hacerse guardando el necesario equilibrio entre las competiciones y partidos en abierto, los partidos en codificado y las retransmisiones en la nueva modalidad de pago por ver, garantizando por un lado la estabilidad econ¨®mica de los clubes y sociedades an¨®nimas deportivas, por otro lado una oferta suficiente y de calidad de f¨²tbol abierto para los usuarios, y finalmente la posibilidad de reequilibrar la oferta hacia otros deportes. No contemplar seriamente estos aspectos y proceder a regulaciones precipitadas podr¨ªa significar:
1. Agravar la situaci¨®n de otros sectores econ¨®micos que se han visto afectados negativamente por el f¨²tbol televisado, como el sector de cines, teatros y restaurantes, y tambi¨¦n de otros deportes que, con la prioridad del f¨²tbol, ven en seria dificultad sus necesidades de difusi¨®n y promoci¨®n;
2. Recuperar una especie de intervenci¨®n del Estado en determinadas manifestaciones de car¨¢cter profesional que la Ley del Deporte del 90 hab¨ªa contribuido a clarificar, comprometiendo directa o indirectamente en esta aventura dinero p¨²blico. Los recursos p¨²blicos en el deporte deber¨ªan destinarse mayoritariamente a que el conjunto de la poblaci¨®n tenga acceso a la pr¨¢ctica deportiva, mejorando las infraestructuras y los programas de promoci¨®n deportiva.
No podemos olvidar que el f¨²tbol profesional se financia con los ingresos obtenidos por la asistencia del p¨²blico a los estadios o por la publicidad y explotaci¨®n de los derechos de emisi¨®n y retransmisi¨®n.
Los derechos de retransmisi¨®n ya negociados superan globalmente los 200.000 millones y los niveles econ¨®micos de los clubes de f¨²tbol han variado de forma important¨ªsima. En esta temporada se han superado los 30.000 millones en fichajes y 60.000 millones de presupuestos globales. Lo mejor que el Gobierno podr¨ªa hacer para salvaguardar el "inter¨¦s general" es no asumir ning¨²n riesgo en estas operaciones y mantener la tendencia ya iniciada de autonom¨ªa en las estructuras de f¨²tbol para que asuman los riesgos de su propia gesti¨®n.
A trav¨¦s de un procedimiento de ley org¨¢nica el Gobierno ha pretendido intervenir sobre los acuerdos adoptados, que podr¨ªan cuestionarse en algunos de sus contenidos, pero su precipitaci¨®n ha significado un proyecto coyuntural y con un tratamiento t¨¦cnico-jur¨ªdico muy deficiente. Sirve como referencia que a un proyecto de ley de seis art¨ªculos se han presentado, adem¨¢s de dos enmiendas a la totalidad, 98 enmiendas de modificaci¨®n. Ha recibido serias advertencias del conjunto de los grupos parlamentarios, incluidos los que apoyan al Gobierno, en el sentido de introducir elementos de racionalidad para no convertir este debate en una dura lucha de intereses.
El Gobierno est¨¢, por tanto, obligado a reconducir la situaci¨®n hacia un proyecto que inicie la soluci¨®n del conflicto, conjugando favorablemente: la seguridad jur¨ªdica, la pluralidad y concurrencia entre los diferentes operadores, la suficiencia financiera de las sociedades an¨®nimas deportivas sin participaci¨®n del Estado, los intereses de los usuarios y la protecci¨®n al conjunto del sistema deportivo.
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