El Consejo de Estado estima inconstitucional un reglamento de Tr¨¢fico
El Consejo de Estado ha devuelto a la Direcci¨®n General de Tr¨¢fico (DGT) el Reglamento de Conductores con un dictamen razonado de 56 p¨¢ginas en el que estima que algunos de sus art¨ªculos, referidos a actividades empresariales, deber¨ªan abordarse mediante una norma con rango de ley, pues afectan a derechos fundamentales. La publicaci¨®n de este reglamento, en el que se regulan las autorizaciones para conducir, los requisitos para obtener el carn¨¦, el r¨¦gimen de las autoescuelas y los centros de reconocimiento, se ha retrasado.
El varapalo jur¨ªdico del Consejo de Estado al Reglamento de Conductores tiene calado. La Direcci¨®n General de Tr¨¢fico (DGT), que hab¨ªa anunciado su entrada en vigor para comienzos de a?o, se ha visto obligada a poner a sus servicios jur¨ªdicos a meditar para reconducirlo a sus justos t¨¦rminos. Sin embargo, fuentes de Tr¨¢fico reconocieron hace unos d¨ªas que podr¨ªa ser aprobado por el Consejo de Ministros en cualquier momento.Las admoniciones del Consejo vienen a decirle a la DGT que esas materias que regula mediante una norma reglamentaria administrativa deber¨ªan tener una cobertura con rango de ley aprobada por las Cortes. Se refiere en concreto a las actividades empresariales de inter¨¦s p¨²blico, como las autoescuelas, respecto a las que el reglamento desciende a detalles que podr¨ªan vulnerar determinadas garant¨ªas amparadas por la Constituci¨®n.
En base a esos fundamentos, el Consejo, que echa de menos un debate entre las partes afectadas antes de precipitarse a presentar el documento, sugiere que deber¨ªan suprimirse los art¨ªculos del 48 al 72, referidos a los centros de reconocimiento; del 116 al 135, relacionados con las autoescuelas; del 174 al 177, en los que se pormenorizan las autorizaciones previas de estos centros y los requisitos que deben cumplir; el 187 y el 188, sobre los centros de formaci¨®n para conductores de transporte de materias peligrosas, y el 197 y el 198, sobre la documentaci¨®n obligatoria de los centros educativos, los libros de registro y las relaciones de los alumnos.
Muchas de estas materias deber¨ªan desgajarse del documento sometido a consulta, seg¨²n el Consejo; entre otras razones, para dar cumplimiento a la obligaci¨®n de trasponer directivas europeas en este campo.
Alegaciones
A las objeciones del Consejo de Estado se han sumado otras de asociaciones y colectivos vinculados al tr¨¢fico y la seguridad vial. El Comisariado Europeo del Autom¨®vil (CEA) cree que las exigencias que se imponen a las autoescuelas, como la disponibilidad de locales interiores y exteriores, abocar¨¢ al cierre a las de peque?as dimensiones.La CEA, seg¨²n su asesor jur¨ªdico, Fernando Jos¨¦ Gonz¨¢lez, ha planteado la exigencia de que los inspectores levanten acta de sus gestiones y que en los ex¨¢menes, se justifiquen las causas de declaraci¨®n de los no aptos para poder motivar las reclamaciones.
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