Locos, pero no tontos
La enajenaci¨®n mental, la falta de conciencia es compatible, en ocasiones, con una cierta maldad. Y cuando un tribunal dice que una persona es peligrosa es porque est¨¢ demostrado, dice contundente Arturo Beltr¨¢n N¨²?ez, magistrado de la Seccion 5? de la Audiencia de Madrid. "Tener medidas de seguridad y custodia en un hospital general, seguramente no es la soluci¨®n terap¨¦utica m¨¢s adecuada, aunque los polic¨ªas est¨¦n de paisano. Los enfermos pueden estar locos, pero no son tontos y se dan perfecta cuenta"."Yo creo que la ¨²nica soluci¨®n es volver a las unidades especiales", agrega este magistrado, que considera un desacierto que Instituciones Penitenciarias haya pasado a depender de Interior. "Instituciones Penitenciarias debe depender de Justicia. Los criterios sobre permisos penitenciarios, las libertades condicionales de quien tiene en sus manos el ¨®rden p¨²blico, no pueden coincidir con los de un juez encargado de administrar justicia".
Beltr¨¢n resalta la contradicci¨®n en la que tambi¨¦n se mueven los jueces, en el caso de los psiqui¨¢tricos penitenciarios: "Usted puede ser inimputable porque confunde a su interlocutor con el conde Dr¨¢cula y le clava un pu?al en el coraz¨®n, pero su conciencia de la realidad es evidente que est¨¢ profundamente alterada y cree que se defiende de un vampiro. Entonces este tipo de personas que no rigen, que su conciencia o voluntad est¨¢ alterada, pueden ser muy peligrosos porque pueden cometer cr¨ªmenes terribles".
Responsabilidades
Para este magistrado hay que hacer todo lo posible para que estos pacientes recuperen su conciencia, pero con una cierta seguridad. "No pueden estar en un centro donde entren y salgan a su antojo, tiene que haber alguien que les impida salir a la calle, incluso por la fuerza, porque pueden volver a repetir la agresi¨®n. Pero no hay unidades donde puedan estar bajo la custodia necesaria personas que, al mismo tiempo, son inimputables y peligrosas"."La responsabilidad del internamiento no la quiere nadie, ah¨ª est¨¢ el problema", mantiene la juez de Barcelona, Remei Bona. "Pero cuando un juez o un tribunal, aplicando la eximente de enajenaci¨®n mental, acuerda el internamiento de una persona en un psiqui¨¢trico civil, el m¨¦dico no asume ninguna responsabilidad en la custodia. Esto es importante, porque el tribunal considera que esa persona, por lo que sea, no tiene que tener especiales medidas de seguridad y debe aplic¨¢rsele s¨®lo el tratamiento m¨¦dico correspondiente. Va por delante el derecho a la salud de la persona, a la aplicaci¨®n de la pena que pudiera corresponderle. Y si el tribunal tiene dudas respecto a la peligrosidad debe acordar el internamiento en un penitenciario".
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