Interior suaviza las reformas del C¨®digo Penal contra el terrorismo 'de baja intensidad'
El ministro del Interior, Jaime Mayor Oreja, ha entregado un nuevo documento a los integrantes del Pacto de Madrid sobre medidas para luchar con m¨¢s eficacia contra el denominado terrorismo de baja intensidad, en el que, respecto a la anterior propuesta, se elimina la modificaci¨®n del C¨®digo Penal en lo referente al endurecimiento de las penas por manifestaciones il¨ªcitas y delitos cometidos habitualmente por los grupos Y afines a ETA.El nuevo documento, al que ha tenido acceso Europa Press, incluye "una m¨ªnima reforma" de la Ley de Enjuiciamiento Criminal "que pretende subrayar la decidida voluntad del legislador de que se siga el cauce procesal del juicio r¨¢pido cuando se den los requisitos para ello".
En la pen¨²ltima propuesta de Interior se propugnaba la ampliaci¨®n del contenido del art¨ªculo 577 del C¨®digo Penal, para a?adir una referencia a los delitos de des¨®rdenes p¨²blicos, da?os, manifestaciones il¨ªcitas y tenencia o dep¨®sito de sustancias o aparatos explosivos y similares, que pudieran cometerse por personas no pertenecientes a banda armada, organizaci¨®n o grupo terrorista.
Sin embargo, en la ¨²ltima propuesta del departamento que dirige Mayor Oreja se ha eliminado dicha medida, aunque se mantienen las tres modificaciones del C¨®digo Penal incluidas en la anterior, con leves retoques. As¨ª, se propone incorporar al C¨®digo (como nuevo apartado 4 del articulo 514) un precepto, relacionado con las contramanifestaciones, que criminalice espec¨ªficamente la celebraci¨®n de actos que impidan o perturben gravemente el desarrollo de una reuni¨®n o manifestaci¨®n l¨ªcita. El castigo ser¨ªa pena de prisi¨®n de dos a tres a?os o multa de 12 a 24 meses -la cantidad a pagar puede ir desde 200 a 50.000 pesetas por d¨ªa- si los hechos se realizaran con violencia, y arresto de siete a 24 fines de semana o multa de -seis a doce meses si se cometieren mediante cualquier otro procedimiento ileg¨ªtimo. Estas reformas ser¨¢n presentadas el pr¨®ximo martes por el ministro Mayor Oreja a los representantes de los partidos firmantes del Pacto de Madrid.
Contramanifestaciones
Tambi¨¦n se sigue defendiendo la tipificaci¨®n del delito de convocatoria o celebraci¨®n de reuniones o manifestaciones suspendidas o prohibidas. Se trata de incorporar al C¨®digo Penal, como nuevo apartado 5 del art¨ªculo 114, un precepto espec¨ªfico que criminalice la convocatoria y la celebraci¨®n de reuniones o manifestaciones tras su suspensi¨®n o prohibici¨®n.
Adem¨¢s, Interior sigue proponiendo revisar el art¨ªculo dedicado al delito de amenazas, e incorporar un nuevo apartado en el que se sancionen aquellos comportamientos gen¨¦ricos de amenazas mediante la actuaci¨®n. de grupos terroristas o rebeldes que en la actualidad ocupan un terreno de impunidad.
En primer t¨¦rmino, se a?ade expl¨ªcitamente a la redacci¨®n del art¨ªculo las amenazas dirigidas a atemorizar a grupos culturales o religiosos, colectivos sociales o profesionales, o a cualquier otro amplio grupo de personas, por lo que se impondr¨¢n penas superiores en grado a las previstas si no concurriesen estas circunstancias. Tambi¨¦n se incorporan medidas de reforma de la ley para agilizar la celebraci¨®n de los llamados juicios r¨¢pidos.
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