La Agencia de Protecci¨®n de Datos ampara el secreto de la afiliaci¨®n sindical
La Agencia de Protecci¨®n de Datos ratific¨® ayer que la afiliaci¨®n a un sindicato es una opci¨®n ideol¨®gica asegurada por la Constituci¨®n, que "garantiza al ciudadano el derecho a negarse a declarar sobre ella". Este organismo oficial responde de esta manera al acuerdo adoptado la semana pasada por el Consejo de Relaciones Laborales (CRL), que aprob¨® solicitar a los distintos sindicatos de la Ertzaintza las listas de sus afiliados para as¨ª evidenciar la representatividad de cada colectivo laboral.Esta pol¨¦mica decisi¨®n del CRL cont¨® con el voto favorable de la patronal vasca y de los sindicatos ELA y LAB, el primero nacionalista y el segundo pr¨®ximo al entorno de HB. Sin embargo, este acuerdo fue rechazado por las centrales UGT y CCOO, que se negaron a facilitar esa informaci¨®n ante el temor a que pudiese acabar en poder de personas pr¨®ximas a ETA. El sindicato Erne ha solicitado algo de tiempo para sondear la opini¨®n directa de sus militantes.
El informe sobre este asunto que ha elaborado la Agencia de Protecci¨®n de Datos especifica que "la revelaci¨®n de la afiliaci¨®n sindical es, por tanto, un derecho personal y exclusivo del trabajador que est¨¢n obligados a respetar tanto el empresario como los propios ¨®rganos sindicales". Este documento oficial aclara que la afiliaci¨®n sindical es un "dato especialmente protegido", cuyo tratamiento automatizado solamente puede llevarse a cabo con el consentimiento expreso y por escrito del afectado y cuya cesi¨®n solamente puede efectuarse de igual forma.
La Agencia de Protecci¨®n de Datos concluye tambi¨¦n que "no puede exigirse la cesi¨®n de datos personales automatizados de afiliaci¨®n sindical, ni ceder a un tercero los mismos por quien legitimamente los tenga en su poder sin el consentimiento del afectado". El organismo oficial termina su resoluci¨®n sobre esta pretensi¨®n del Consejo de Relaciones Laborales con una advertencia contundente al indicar que cualquier actuaci¨®n contra este criterio general "podr¨ªa determinar la apertura del correspondiente expediente sancionador por falta muy grave".
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