Telef¨®nica avisa de que vender¨¢ datos de los abonados que no se lo proh¨ªban expresamente
Diversos juristas creen que se vulnera el derecho constitucional a la intimidad
Telef¨®nica avisa: quiere sacar beneficio econ¨®mico de los datos de sus abonados. Pretende, negociar la "cesi¨®n" de esos datos "a terceros con fines de publicidad y marketing directo" a trav¨¦s de las empresas de su grupo. Si el abonado no se opone expresamente antes del 1 de enero, sus datos podr¨¢n ir a parar a cualquier comprador. Juristas consultados por este peri¨®dico creen que la iniciativa choca con el derecho constitucional a la intimidad. El Partido Democr¨¢tico de la Nueva Izquierda (PDNI) presentar¨¢ hoy una pregunta parlamentaria sobre este tema.
Una circular de Telef¨®nica a sus abonados aporta una informaci¨®n concerniente a la ley de Protecci¨®n de Datos Informatizados" (la LORTAD, de 1992), y dice: "En cumplimiento de la Ley Org¨¢nica de Regulaci¨®n del Tratamiento Automatizado de Datos de Car¨¢cter Personal, le comunicamos que Vd. tiene derecho a acceder, rectificar o cancelar los datos relativos a su contrataci¨®n con Telef¨®nica de Espa?a, SA. Asimismo, le informamos que dichos datos podr¨¢n ser entregados a las empresas filiales y participadas actuales del Grupo. Telef¨®nica para su cesi¨®n a terceros con fines de publicidad y marketing directo a partir del 01-1-1998, salvo sus instrucciones expresas en contrario".La misiva de Telef¨®nica no aporta indicaciones de c¨®mo el abonado puede dar esas instrucciones expresas en contrario. Si el abonado tiene un repentino ramalazo de lucidez, llamar¨¢ al 004, n¨²mero de Atenci¨®n Personal de Telef¨®nica, y tendr¨¢ que facilitar su tel¨¦fono, nombre y DNI para que sus datos no sean utilizados. Si no reacciona con prontitud, el pr¨®ximo d¨ªa 1 sus datos ser¨¢n vendibles,
Consentimiento
La LORTAD, en su t¨ªtulo sobre Principios de la Protecci¨®n de Datos, dice en su art¨ªculo 6: "Consentimiento del afectado. 1. El tratamiento informatizado de datos de car¨¢cter personal requerir¨¢ el consentimiento del afectado, salvo que la Ley disponga otra cosa".Telef¨®nica interpreta que quien calla otorga, y que no dar "instrucciones expresas en contrario" equivale a consentir. Por tanto, la Compa?¨ªa puede interpretar que da su consentimiento precisamente quien no lo ha dado, ya sea por pereza, despiste o estar de vacaciones.
"Somos unos fieles cumplidores de la legislaci¨®n", manifestaron ayer fuentes de Telef¨®nica. "Desde hace a?os, y vosotros lo sab¨¦is mejor que nadie, hemos vendido los datos p¨²blicos de los clientes. La circular es conforme a ley".
"Ya hemos recibido quejas, y estamos trabajando en el tema", se?ala Juan Jos¨¦ Mart¨ªn Casallo, director de la Agencia, de Protecci¨®n de Datos. "En caso de que bastara con un consentimiento t¨¢cito del abonado, la circular no proporciona suficiente informaci¨®n sobre lo que Telef¨®nica pretende hacer concretamente con los datos. Aqu¨ª lo que ocurre es que empresas que no son de publicidad han descubierto que la publicidad da dinero, y si poseen importantes archivos inform¨¢ticos los rentabilizan. Y quien siempre paga es el usuario".
Hay expertos que se oponen resueltamente a la iniciativa. "Es una utilizaci¨®n absolutamente defraudatoria de la ley", dice Diego L¨®pez Garrido, secretario general del PDNI y catedr¨¢tico de Derecho Constitucional. "Parece tan grave que ma?ana [por hoy] presentaremos una pregunta parlamentaria al Gobierno. Telef¨®nica es la empresa que m¨¢s datos posee de los espa?oles. Y, si algo as¨ª crea jurisprudencia, cualquier empresa podr¨¢ vender y comprar datos de los ciudadanos. Va contra el art¨ªculo 18 de la Constituci¨®n, que defiende el derecho fundamental a la intimidad. Cuando la LORTAD habla de consentimiento, se refiere al consentimiento expreso. Por tanto, si un abonado no da ese consentimiento, no se pueden comercializar sus datos. Telef¨®nica deduce, porque s¨ª, que si yo no expreso mi desacuerdo, estoy consintiendo. Lo deduce sin saber siquiera si yo he recibido o le¨ªdo esa carta".
"La LORTAD no habla de consentimiento expreso", dice Manuel N¨²?ez Encabo, ex diputado del PSOE y catedr¨¢tico de Filosof¨ªa del Derecho de la Universidad Complutense de Madrid, "porque ser¨ªa una redundancia: el consentimiento tiene que ser expreso. Los derechos fundamentales, como la intimidad, son personales y su ejercicio s¨®lo puede ser delegado expresamente".
"El consentimiento por escrito es necesario cuando se trata de datos sensibles, y por ejemplo el -domicilio lo es", dice Jos¨¦ Antonio Mart¨ªn Pall¨ªn, magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo. "Una cosa es que Telef¨®nica, en su momento, para informatizar los datos de sus abonados, recabase un consentimiento impl¨ªcito, y otra que crea que basta ese consentimiento para ceder comercialmente los datos".
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