La racionalidad econ¨®mica de la reforma fiscal
El a?o 1998 debe ser el ejercicio de la reforma fiscal. As¨ª lo ha anunciado y comprometido el Gobierno en su Programa de Convergencia, y por tanto no resulta extra?o que se vayan ya produciendo opiniones sobre cu¨¢l deber¨ªa ser el sentido de dicha reforma en algo que es tan normativo, o, si se quiere decir de otro modo, tan pol¨ªtico, como el futuro de los tributos y, m¨¢s concretamente, del impuesto sobre la renta de las personas f¨ªsicas.Resulta complicado eludir planteamientos ideol¨®gicos en un asunto como ¨¦ste, que entra de lleno en lo que es la relaci¨®n entre el Estado y el individuo. No obstante, al igual que ha ocurrido en las dos ¨²ltimas d¨¦cadas con otras cuestiones econ¨®micas, se ha dado una modificaci¨®n sustancial en la percepci¨®n que los economistas tenemos del sistema tributario y de sus implicaciones sobre el funcionamiento correcto de la actividad econ¨®mica.
Durante muchos a?os, parec¨ªa que el ¨²nico objetivo de los impuestos era el procurar financiaci¨®n a un gasto p¨²blico en imparable ascensi¨®n, olvid¨¢ndose de sus efectos sobre los incentivos que rigen el comportamiento de los distintos tipos de agentes econ¨®micos, y que en gran parte de los pa¨ªses industrializados llegaron a limitar gravemente la capacidad de crecimiento de sus econom¨ªas.
La r¨¦mora de unos impuestos excesivos sobre el crecimiento y sobre su propia capacidad recaudadora en ¨²ltima instancia, es lo que explica el tremendo incremento del endeudamiento de los Gobiernos ante la incapacidad de reducir el gasto p¨²blico. Es por ello que toda reforma fiscal, si quiere ser efectiva y cre¨ªble, debe venir precedida de un proceso de p¨¦rdida de peso del gasto p¨²blico en la econom¨ªa.
Y ¨¦ste ha sido el dise?o de la estrategia impl¨ªcita en el planteamiento de pol¨ªtica fiscal del Gobierno; reducir el gasto p¨²blico y, consecuentemente, el d¨¦ficit p¨²blico, especialmente dados los requisitos de convergencia fiscal exigidos por el Tratado de Maastricht, y abordar a continuaci¨®n la reforma en profundidad de los impuestos. Dif¨ªcilmente se podr¨ªa hoy hablar de dicha reforma si el d¨¦ficit p¨²blico no se encontrara en los niveles actuales, y ello independientemente de la necesidad de continuar actuando sobre los mecanismos generadores de gasto p¨²blico futuro para reducir a¨²n m¨¢s el componente estructural del d¨¦ficit p¨²blico, de modo que no exceda de los l¨ªmites del Pacto de Estabilidad cuando el crecimiento econ¨®mico se desacelere en la fase bajista del ciclo.
Una vez dicho esto, la cuesti¨®n fundamental es preguntarnos en qu¨¦ aspectos concretos de la actividad econ¨®mica puede una reforma fiscal incidir de modo sustancial. Y, entre otros, creo que existen dos apartados que merecen una atenci¨®n especial.
El primero es el proceso de generaci¨®n de ahorro de nuestra econom¨ªa. Aqu¨ª, como en muchas otras facetas de la vida econ¨®mica, se entremezclan elementos de eficiencia y equidad. Desde una perspectiva de eficiencia econ¨®mica, casi nadie puede decir que el contar con un elevado nivel de ahorro dom¨¦stico sea indeseable. Y ello, ya que existe evidencia emp¨ªrica de que los pa¨ªses con mayores tasas de ahorro son tambi¨¦n, a pesar del desarrollo de los mercados financieros internacionales, los que m¨¢s invierten y en los que m¨¢s crece el PIB per c¨¢pita.
Si aceptamos que una econom¨ªa como la espa?ola ha visto limitado su crecimiento potencia? como consecuencia de una insuficiente dotaci¨®n de capital f¨ªsico, tecnol¨®gico y humano, resulta evidente que el sistema tributario deber¨ªa facilitar la oferta de ahorro dom¨¦stico mediante un gravamen correcto de los rendimientos del mismo. Esto es especialmente necesario, si tenemos en cuenta que depender en exceso del ahorro extranjero puede resultar peligroso, tal como pone de manifiesto hoy en d¨ªa la crisis asi¨¢tica o las propias dificultades de la econom¨ªa espa?ola a principios de los noventa.
Aun partiendo de que la tasa de ahorro dom¨¦stico de un pa¨ªs es funci¨®n de numerosos factores, adem¨¢s de la fiscalidad, lo que s¨ª parece claro es que un gravamen excesivo del ahorro eleva el nivel del tipo de inter¨¦s tanto nominal como real de equilibrio, encareciendo la financiaci¨®n del proceso de inversi¨®n. Pero, adem¨¢s, en el futuro contexto determinado por la moneda ¨²nica -libertad de movimientos de capital y curvas de rendimientos antes de impuestos pr¨¢cticamente id¨¦nticas-, Espa?a no puede permitirse el lujo de tener una fiscalidad mucho m¨¢s gravosa, tal como ocurre actualmente, sobre el ahorro que la de nuestros futuros socios monetarios, si efectivamente queremos financiar el proceso de acumulaci¨®n de capital imprescindible para cerrar nuestro diferencial negativo de renta per c¨¢pita.
No obstante, se dir¨¢, desde algunos planteamientos ideol¨®gicos, que la mejora en la fiscalidad del ahorro atenta contra la equidad, puesto que existe una relaci¨®n positiva entre nivel de renta y ahorro. Ahora bien, dichos planteamientos deber¨ªan tener en consideraci¨®n, primero, que en Espa?a el conjunto de las familias tienen una posici¨®n acreedora neta respecto al resto de la econom¨ªa y que, por tanto, cualquier mejora de la fiscalidad del ahorro favorece al conjunto de ellas.
Pero, sobre todo, no debemos olvidarnos de que, cuando el gravamen del ahorro es excesivo, y al contar los m¨¢s ricos con innumerables posibilidades en un mundo como el actual de deslocalizar sus capitales, son los peque?os y medianos ahorradores los que soportan el peso de la fiscalidad en toda su intensidad. Por ello, cualquier mejora del gravamen de los rendimientos del ahorro tiende a favorecer especialmente al peque?o y mediano ahorrador, y, por ende, a la gran mayor¨ªa de las familias.
Un segundo ¨¢mbito en el que la reforma fiscal puede tener una incidencia importante, y al que normalmente no se le suele prestar la suficiente atenci¨®n, es el funcionamiento del mercado de trabajo. En concreto, uno de los problemas m¨¢s caracter¨ªsticos de nuestro mercado laboral y que afecta especialmente a los salarios m¨¢s reducidos viene dado por la gran diferencia que existe entre el coste para una empresa de un trabajador y el salario neto de impuestos que el mismo percibe.
Por ejemplo, actualmente, un trabajador casado y con dos hijos con un coste total para su empresa de 3,2 millones de pesetas, que corresponde a un salario bruto de aproximadamente 2,5 millones de pesetas, acaba recibiendo l¨ªquidas algo menos de dos millones de pesetas. Es decir, cerca del 40% del coste de este trabajador para su empresa se destina a pago de cotizaciones e impuestos. Esta diferencia, que se denomina cu?a fiscal y que obedece a la existencia de costes no salariales, ejerce un efecto claramente pernicioso sobre la oferta y demanda de trabajo en segmentos como el de los j¨®venes y los trabajador es no cualificados, y dificulta a su vez f¨®rmulas de contrataci¨®n a tiempo parcial que propiciar¨ªan una elevada flexibilidad tanto a las empresas como a determinados colectivos de trabajadores que podr¨ªan ajustar m¨¢s adecuadamente su esquema de preferencias entre trabajo y tiempo libre.
Por ello, la reforma fiscal, en la medida que tienda a reducir dicha cu?a fiscal, tendr¨¢ un efecto positivo sobre el empleo de colectivos en los que actualmente el paro se ceba con especial intensidad.
De cualquier modo, y ser¨ªa negativo que no ocurriera as¨ª, en aras de un debate clarificador e ilustrativo, no faltar¨¢n quienes argumenten que una reforma fiscal, al distribuir de un modo no homog¨¦neo sus costes y beneficios, acabar¨¢ dando lugar a "ganadores y perdedores". Se basan, para ello, en que, si no quiere cuestionarse el esfuerzo realizado de consolidaci¨®n fiscal ni el mantenimiento del Estado del bienestar, cualquier propuesta de reducci¨®n de un tributo debe ser compensada por la elevaci¨®n de otros.
Parece como si aceptaran que nuestro sistema tributario se encuentra en una situaci¨®n que los economistas denominamos "de ¨®ptimo paretiano" y que supone que cualquier decisi¨®n de mejora de algunos deba necesariamente realizarse a costa de otros.
Independientemente de que creo que muy poca gente calificar¨ªa nuestro actual entramado impositivo de "¨®ptimo", lo que me parece que omite esta l¨ªnea de pensamiento es que si la reforma fiscal consigue reforzar los incentivos al ahorro y facilita, v¨ªa la reducci¨®n de los costes no salariales, la creaci¨®n de empleo, se incrementar¨¢n las posibilidades de crecimiento potencial de la econom¨ªa, lo que constituye la principal garant¨ªa de mantenimiento del Estado del bienestar que, en principio, tanto parecen querer defender los que critican la necesidad de llevar a cabo una reforma fiscal.
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