El Tribunal Constitucional estudiar¨¢ la excarcelaci¨®n de Flores y Oliver¨®
El Tribunal Constitucional ha admitido a tr¨¢mite parcialmente los recursos de amparo de Luis Oliver¨® Capellades y Alberto Flores Valencia contra la sentencia del caso Filesa que les conden¨® a sendas penas de 10 a?os de prisi¨®n por delitos de falsedad en documento mercantil, asociaci¨®n il¨ªcita y delito fiscal, relacionados con la financiaci¨®n ilegal del PSOE. El Constitucional estudiar¨¢ si suspende el cumplimiento de la pena y les deja en libertad hasta que se resuelva el fondo del recurso.
El Constitucional ha dado un plazo de tres d¨ªas al Ministerio Fiscal para que se pronuncie sobre la excarcelaci¨®n de Oliver¨® y Flores, que se encuentran en prisi¨®n desde finales de noviembre. Hasta la fecha, la Fiscal¨ªa ante el Tribunal Constitucional ha seguido el criterio de informar a favor de la libertad de los condenados a penas inferiores a cinco a?os de prisi¨®n.En diciembre, el fiscal inform¨® a favor de la libertad del ex senador Josep Maria Sala, condenado a tres a?os, y esta misma semana se ha pronunciado a favor de la excarcelaci¨®n de Aida ?lvarez y Miguel Molledo, cada uno de los cuales tiene una condena de dos a?os y cuatro meses de prisi¨®n. En cambio, ha informado en contra de la libertad del ex diputado Carlos Navarro, condenado a once a?os de c¨¢rcel.
El alto tribunal ha admitido a tr¨¢mite uno de los motivos de la demanda de amparo de Alberto Flores, referido a las condenas por delito de falsedad en documento mercantil y por asociaci¨®n il¨ªcita.
Respecto al recurso de Oliver¨®, el tribunal desestima que la documentaci¨®n de Filesa sustra¨ªda por el contable chileno Carlos van Schowen vulnerase su derecho a la intimidad o su derecho al secreto de las comunicaciones. Tampoco admite la queja de que la documentaci¨®n fue incorporada a la causa por el juez Marino Barbero sin que estuviesen presentes las partes, y tambi¨¦n entiende que fueron legales los registros efectuados en diversas entidades bancarias.
Pero el Constitucional ha admitido a tr¨¢mite uno de los motivos, relativo a la vulneraci¨®n del principio de legalidad penal, por subsumir los hechos probados en el delito de la falsedad en documento mercantil. El auto del tribunal explica que el recurso "tiene contenido constitucional suficiente y requiere una decisi¨®n sobre su fondo mediante sentencia".
El magistrado Carles Viver Pi-Sunyer formul¨® un voto contrario a la admisi¨®n del recurso de Oliver¨®. Este magistrado entiende que la interpretaci¨®n que hace la sentencia del Supremo del delito de falsedad documental "no puede tacharse de desconocedora de la literalidad del precepto o de palmariamente extravagante desde la perspectiva de los valores constitucionales".
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