Los derechos humanos y los ej¨¦rcitos del siglo XXI
La reciente derogaci¨®n de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final por el Parlamento argentino -mayor¨ªa en la C¨¢mara de Diputados y unanimidad en el Senado- evita la posibilidad de que futuros excesos represivos como los perpetrados por la ¨²ltima dictadura militar puedan ampararse bajo aquella legislaci¨®n, fruto, en su d¨ªa, de una irresistible presi¨®n estamental. Pero su falta de retroactividad mantiene pr¨¢cticamente intacta, de cara al siglo entrante, la peligrosa tradici¨®n de la impunidad de facto, con su insidiosa carga potencial.Ser¨ªa absolutamente ingenuo afirmar que jam¨¢s volver¨¢ a producirse en nuestro mundo ninguna crisis pol¨ªtica, econ¨®mica o social de grandes proporciones, incluso tal vez de caracter¨ªsticas graves, duraderas y dram¨¢ticas. Ni siquiera nosotros, en la confortable Europa comunitaria, podr¨ªamos asegurar que estamos libres para siempre de esa hipot¨¦tica pero amenazadora eventualidad. A¨²n m¨¢s probable resulta, obviamente, tal posibilidad en sociedades m¨¢s d¨¦biles y vulnerables, como, por ejemplo, las latinoamericanas. Pese a su relativa bonanza econ¨®mica actual, el grado de desarrollo y consolidaci¨®n alcanzado hasta hoy por aquellas sociedades -aun sin ser despreciable- no permite prever para ellas un futuro total y definitivamente exento de tensiones y de crisis. Muy al contrario, cabe prever, sin especiales dotes adivinatorias, que las cambiantes condiciones de la econom¨ªa mundial podr¨¢n desencadenar, dentro de las primeras dos, tres o cuatro d¨¦cadas del pr¨®ximo siglo, alguna o algunas graves crisis de largo alcance que lleven aparejada una gran conmoci¨®n social. Crisis que, al disparar las cifras del paro y rebajar dr¨¢sticamente los niveles de vida de grandes masas de ciudadanos, podr¨¢n originar muy duras reivindicaciones, manifestaciones masivas, huelgas, incluso posibles focos de violencia social. Todo lo cual, como siempre ha sucedido en tales pa¨ªses, ser¨¢ considerado por sus Fuerzas Armadas y por ciertos sectores sociales como pura y perversa subversi¨®n.
Cuando tales crisis se produzcan -seguimos en t¨¦rminos tan hipot¨¦ticos como fuertemente probables- cabe prever dos posibilidades harto diferentes en el terreno que nos ocupa. La primera de ellas consiste en que los ej¨¦rcitos de las sociedades afectadas hayan afianzado para entonces una serie de logros de importancia fundamental: plena asimilaci¨®n de una doctrina democr¨¢tica, incluida la subordinaci¨®n militar al poder civil emanado de las urnas; rechazo total de la tortura, los secuestros y la eliminaci¨®n de opositores pol¨ªticos; supresi¨®n de la llamada "obediencia debida" a todo tipo de ¨®rdenes, incluyendo en sus c¨®digos el deber de desobedecer las ¨®rdenes de notorio car¨¢cter criminal (concepto ya vigente en los principales ej¨¦rcitos del mundo occidental); impunidad imposible, con la certeza de que todo aquel militar que cometa graves violaciones de los derechos humanos ser¨¢ inexorablemente castigado con arreglo a la gravedad de los delitos que cometi¨® o que orden¨® cometer.
Si para entonces aquellos ej¨¦rcitos est¨¢n as¨ª equipados en lo normativo y en lo formativo, en tal caso, por profundas que sean las crisis, por muy multitudinarias que sean las manifestaciones y las huelgas, por muy conflictiva que se plantee la situaci¨®n pol¨ªtica, econ¨®mica o social, aquellas sociedades podr¨¢n acabar superando tales crisis, con mayor o menor dificultad y sufrimiento, pero sin tener que soportar los terribles costes sociales de otro mort¨ªfero periodo de represi¨®n militar.
Por el contrario, la segunda posibilidad consiste en que, cuando sobrevengan tales crisis, aquellos ej¨¦rcitos sigan todav¨ªa tarados por los viejos lastres antidemocr¨¢ticos: obediencia ciega incluso a las ¨®rdenes m¨¢s delictivas; desprecio b¨¢sico y largamente arraigado a los derechos humanos fundamentales; convicci¨®n de que la tortura es la f¨®rmula ¨®ptima y, m¨¢s a¨²n, obligada frente a la "subversi¨®n" (incluyendo en este concepto a todo g¨¦nero de oposici¨®n pol¨ªtica y de reivindicaci¨®n social); y todo ello completado por la certeza de que, en cualquier caso, y seg¨²n tradici¨®n inquebrantable, los represores tendr¨¢n al fin garantizada la impunidad mediante las oportunas leyes de indulto, amnist¨ªa o punto final.
Por supuesto, ninguno de estos dos modelos se cumplir¨¢ con exactitud: los modelos sociol¨®gicos nunca se dan en estado puro, y la realidad producir¨¢, como siempre, situaciones mixtas y complejas, con mayor o menor predominio de uno u otro de tales modelos. Pero si dentro de esa realidad -pese a toda su complejidad- acaba predominando el modelo segundo, las sociedades afectadas volver¨¢n a padecer los rigores de la represi¨®n, de la tortura, del asesinato y las desapariciones masivas, con la tr¨¢gica fatalidad de los cataclismos inevitables y, una vez m¨¢s, sin que fuerza racional alguna consiga impedirlo.
La certeza, tan reiteradamente respaldada por la experiencia, de que aquellos ej¨¦rcitos que incurrieron hist¨®ricamente en los m¨¢s tremendos excesos represivos escaparon finalmente al castigo individualizado, salvo un n¨²mero insignificante de sus miembros, y que incluso aquellos pocos que excepcionalmente llegaron a ser procesados se vieron siempre favorecidos por las consabidas medidas de gracia que vinieron a garantizar su impunidad, esa certeza -por una parte-, junto con la arraigada convicci¨®n -por otra- de que la tortura es el instrumento eficaz por excelencia frente a cualquier g¨¦nero de oposici¨®n, constituyen los dos ingredientes que, combinados, componen el c¨®ctel sociol¨®gicamente m¨¢s venenoso que quepa imaginar. Modelo que, en caso de conservarse b¨¢sicamente intacto -y todav¨ªa lo est¨¢ en no pocos pa¨ªses-, constituye la m¨¢s preocupante garant¨ªa de que, antes o despu¨¦s, la barbarie represiva volver¨¢ a prevalecer. S¨®lo falta el requisito desencadenante: una crisis social suficientemente grave y explosiva como para volver a poner en marcha la m¨¢quina infernal.
En esa tr¨¢gica y ya repetida coyuntura, las doctrinas totalitarias nunca, desmontadas ni revisadas, los secuestradores nunca juzgados, los torturadores jam¨¢s condenados, los asesinos nunca encarcelados, o sus directos herederos y sucesores, volver¨¢n nuevamente a campar por sus respetos, recuperando su medio natural: el de la represi¨®n masiva, con licencia para matar y torturar, aniquilando los derechos humanos de sus propios compatriotas, en el marco impune de su ya establecida tradici¨®n institucional. De ah¨ª la enorme importancia de "quebrar", en el mayor grado y extensi¨®n posible, ese pernicioso modelo tradicional.
De ah¨ª tambi¨¦n la validez de todos los esfuerzos tendentes a suprimir esa impunidad garantizada, generadora de futuras actuaciones similares a, las ya padecidas con anterioridad. De ah¨ª, igualmente, la perentoria necesidad de que la comunidad internacional acent¨²e su presi¨®n, incluso por v¨ªa judicial, sobre los reg¨ªmenes especialmente violadores de derechos humanos, en espera de ese Tribunal Penal Internacional tan necesario como todav¨ªa inexistente. Y de ah¨ª, por ¨²ltimo, la ejemplaridad de las actuaciones de algunos jueces espa?oles y de otros pa¨ªses, encaminadas a enjuiciar aquellos delitos internacionalmente perseguibles que quedaron impunes en virtud del repetidamente citado modelo estamental.
Se trata, en definitiva, de que ciertos ej¨¦rcitos asuman, de una vez para siempre, que no se puede perpetrar cierto tipo de cr¨ªmenes sin pagar por ellos un alto precio: que los conceptos exculpatorios tales como la "obediencia debida" correspondieron a una ¨¦poca ya superada e ida para siempre; que los indultos y las amnist¨ªas prefabricadas para los cr¨ªmenes m¨¢s repugnantes s¨®lo eran posibles en tiempos de agudo subdesarrollo y pat¨¦tica debilidad civil; que el viejo principio de "no injerencia en asuntos internos", tan socorrido como tapadera y silenciador de los m¨¢s criminales excesos, ya no es tolerado por una comunidad internacional cada vez m¨¢s exigente y activa en materia judicial y policial, por encima de las fronteras y los reg¨ªmenes.
Es mucho lo que se juegan las sociedades actuales -latinoamericanas o no-; es mucho lo que nos jugamos todos en lograr o no lograr erradicar el concepto, tan perniciosamente arraigado, de la impunidad garantizada -militar o policial-, de cara a aquellas crisis que el futuro, siempre problem¨¢tico, nos pueda deparar. En este sentido, las actuaciones practicadas en Espa?a por los juzgados centrales 5 y 6 de la Audiencia Nacional en su investigaci¨®n de aquellos cr¨ªmenes de las dictaduras argentina y chilena que afectaron a ciudadanos espa?oles constituyen un empe?o digno de nuestro mejor apoyo y valoraci¨®n. Y ello no s¨®lo por lo que objetivamente tienen de quebrantamiento del modelo de la impunidad, sino tambi¨¦n por lo que proyectan como ejemplo para tantos otros ¨®rganos judiciales espa?oles y extranjeros, y m¨¢s a¨²n, por cuanto significan y establecen como antecedente y referencia hist¨®rica para el futuro.
En cuanto a la Rep¨²blica Argentina, las actuaciones judiciales espa?olas incoadas hasta el momento, y que incluyen una importante serie de ¨®rdenes de busca y captura internacional contra destacados represores argentinos -algunos de ellos de m¨¢ximo nivel como miembros de las propias juntas militares-, junto a actuaciones similares de otros jueces franceses, italianos, suecos, alemanes y estadounidenses, revelan ahora la eficacia de esa presi¨®n de la comunidad internacional, sin la cual dif¨ªcilmente se hubiera producido la antes citada derogaci¨®n. Decisi¨®n parlamentaria cuya importancia no ha de ser exagerada, pero tampoco despreciada, en la medida en que contribuye a limitar la impunidad en uno de los pa¨ªses m¨¢s necesitados de tal limitaci¨®n.
Es hora, pues, de reconocer que el Juzgado Central n¨²mero 5 de nuestra Audiencia Nacional, m¨¢s que un grano de arena, ha contribuido a colocar un s¨®lido ladrillo -aunque tampoco baste en el muro destinado a cortar el paso a esa lacra, tantas veces avasalladora, que para numerosos pa¨ªses ha venido constituyendo la tantas veces denunciada impunidad militar-. Esa impunidad por tanto tiempo persistente y desafiante que seguir¨¢ amenazando el futuro de aquellas sociedades cuya debilidad civil les haga entrar en el siglo XXI con unos ej¨¦rcitos todav¨ªa situados por encima de la ley y de la moral.
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