La reforma del IRPF elimina la exenci¨®n de las indemnizaciones por invalidez sin responsabilidad civil
, El anteproyecto de ley del IRPF, que hoy ser¨¢ examinado por el Consejo Econ¨®mico y Social (CES), recoge varias modificaciones en cuanto a la fiscalidad de las indemnizaciones que se perciben por da?os f¨ªsicos o ps¨ªquicos. Entre ellas destaca la eliminaci¨®n de la exenci¨®n de las cantidades percibidas a trav¨¦s de un contrato de seguros y siempre que no haya responsabilidad civil. La norma fija que el 50% de su montante se deber¨¢ integrar en la base imponible del declarante correspondiente. El texto recoge, sin embargo, que, en caso de que s¨ª exista responsabilidad civil, la indemnizaci¨®n estar¨¢ exenta totalmente, sin l¨ªmite alguno. Hasta el momento, todas las indemnizaciones por invalidez, ya sean temporales o totales y con o sin responsabilidad de terceros, est¨¢n exentas, con un l¨ªmite de 25 millones de pesetas, de tributar a Hacienda.
Fuentes del sector asegurador sostienen que estos cambios ''pueden crear inv¨¢lidos de primera y de segunda". Y exponen ejemplos como el siguiente. Dos personas han quedado paral¨ªticas, una por sufrir un atropello y otra por una enfermedad degenerativa. La segunda persona es titular de un seguro de vida. Con la legislaci¨®n actual en la mano, ambos perciben una indemnizaci¨®n que est¨¢ libre de tributar a Hacienda, con un l¨ªmite de 25 millones de pesetas. Con la reforma del IRPF que hay sobre la mesa, la persona atropellada perc¨ªbir¨¢, del conductor culpable del accidente, la indemnizaci¨®n sin ning¨²n tipo de carga fiscal, aunque supere los 25 millones de pesetas. La persona que sufre la enfermedad degenerativa, que le ha causado la misma minusval¨ªa que a la persona atropellada, recibir¨¢ la indemnizaci¨®n prevista en su seguro de vida, pero deber¨¢ incluir en la base imponible de su declaraci¨®n de la renta el 50% de su montante.
Esta reforma puede afectar de una manera singular al seguro que cubre los da?os del conductor de un veh¨ªculo. "Si un asegurado, por ejemplo, choca contra un poste por una distracci¨®n en la conducci¨®n y ello le produce una tetraplejia, recibir¨¢ una indemnizaci¨®n por la que deber¨¢ tributar. Si en lugar de estrellarse contra un ¨¢rbol lo hubiera hecho con un segundo veh¨ªculo que circulase de forma temeraria o negligente, su indemnizaci¨®n no tributar¨ªa", explica un experto fiscal del sector asegurador.
Otros expertos fiscales consultados se?alan, adem¨¢s, que al integrar el 50% de la indemnizaci¨®n percibida en la base imponible habr¨¢ bastantes casos en los que no s¨®lo ¨¦sta, sino la totalidad de la renta de ese a?o de la persona inv¨¢lida tributar¨ªa al tipo marginal m¨¢ximo, el 48%.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.