Los espa?oles de 19 a 25 a?os podr¨¢n ser movilizados por decreto
El Gobierno podr¨¢ movilizar a todos los espa?oles, hombres y mujeres, que cumplan durante el a?o en curso entre 19 y 25 de edad, en caso de que se produzca un acto de fuerza o amenaza contra la soberan¨ªa, independencia o integridad territorial de Espa?a y de que los reservistas temporales y voluntarios no sean suficientes para cubrir las necesidades de la defensa, seg¨²n el proyecto de ley del Personal de las Fuerzas Armadas.Esta movilizaci¨®n podr¨¢ ser decidida por real decreto -en contra de lo previsto en la vigente Ley del Servicio Militar, que exige una norma con rango de ley-, aunque el Gobierno deber¨¢ informar al Parlamento.
El proyecto del Ministerio de Defensa diferencia tres tipos de reservistas: temporales, voluntarios y forzosos. Se denomina reservistas temporales, aunque tambi¨¦n sean forzosos, a los oficiales de complemento y a los soldados profesionales que, tras concluir su contrato con las Fuerzas Armadas, permanecen un tiempo en la reserva.
La duraci¨®n de dicho periodo depende del tiempo en activo: para los contratos de corta duraci¨®n (12 a 18 meses), la reserva dura un a?o; y para los de larga duraci¨®n (2 a 3 a?os) se prolonga durante tres.
En los dem¨¢s casos, y tambi¨¦n en el de los oficiales de complemento, la reserva se extiende durante un quinquenio y, adem¨¢s, puede ser prorrogada voluntariamente hasta cumplir la edad de 45 a?os.
Los reservistas voluntarios, una f¨®rmula in¨¦dita en Espa?a, ser¨¢n aquellos que, sin haber pertenecido a las Fuerzas Armadas, se alisten como reservistas en las plazas convocadas al efecto. En funci¨®n de su titulaci¨®n, podr¨¢n ser soldados o cuadros de mando. Deber¨¢n tener m¨¢s de 18 a?os y menos de 28 en el caso de la tropa y hasta 35 para acceder a oficial y suboficial.
Se les permitir¨¢ usar uniforme en determinadas ocasiones y tendr¨¢n tarjeta militar. Percibir¨¢n la retribuci¨®n correspondiente al empleo que ostenten cuando sean "activados" para realizar maniobras, recibir instrucci¨®n o prestar servicio. Tendr¨¢n derecho a la reserva del puesto de trabajo y a cobertura sanitaria. Si son funcionarios, pasar¨¢n a la situaci¨®n administrativa de servicios especiales.
Junto a los ex militares temporales y de carrera -que permanecen en la reserva hasta la edad de retiro- estos voluntarios completar¨¢n la plantilla de las brigadas movilizables.
Adem¨¢s, quienes hagan la mili forzosa antes de su desaparici¨®n y los que pasen a la reserva desde una pr¨®rroga ser¨¢n reservistas obligados durante tres a?os, como ya sucede ahora.
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