Por decreto o por ley
EL MINISTERIO de Defensa tiene ya ultimado el proyecto de Ley del Personal de las Fuerzas Armadas. Es el instrumento legal necesario para dotar de marco jur¨ªdico la profesionalizaci¨®n del Ej¨¦rcito espa?ol y en las pr¨®ximas semanas ser¨¢ aprobado por los plenos de las dos c¨¢maras. El contenido es ambicioso, ya que aborda cuestiones tan complejas y dispares como el tr¨¢nsito del reclutamiento forzoso al voluntario, las plantillas de las futuras Fuerzas Armadas profesionales, la carrera militar o la movilizaci¨®n de reservistas. El cambio legal se produce cuando algunos tribunales est¨¢n absolviendo a los insumisos con el razonable argumento de la pronta desaparici¨®n del servicio obligatorio. Algunos aspectos del proyecto son muy positivos. Por ejemplo, que se eliminen los ¨²ltimos obst¨¢culos para la igualdad entre hombres y mujeres, permitiendo que ¨¦stas accedan a cualquier destino, incluidas las unidades de combate de infanter¨ªa, si superan las mismas pruebas que sus compa?eros varones. Tambi¨¦n supone un avance la apertura de sistemas para que los soldados puedan expresar sus quejas y reclamaciones a trav¨¦s de consejos asesores de los jefes de personal de los ej¨¦rcitos. No est¨¢ claro que esta figura sea suficiente para paliar la prohibici¨®n de formar asociaciones de militares como las que existen en muchos ej¨¦rcitos europeos.
Hay dos aspectos del proyecto sobre los que conviene avanzar alguna reflexi¨®n. El primero es el modelo elegido para hacer la transici¨®n al Ej¨¦rcito profesional, de una sola vez y no paulatinamente, de forma que los nacidos en una determinada fecha (el 31 de diciembre de 1982, si no hay cambios) deber¨¢n cumplir nueve meses de mili, y los nacidos un d¨ªa despu¨¦s, nada.
Esta f¨®rmula, junto al pase a la reserva de los que consigan ampliar su pr¨®rroga hasta el momento en que desaparezca el servicio obligatorio -de forma que los requisitos para obtener un aplazamiento, naturalmente laxos, se convierten en motivos de exenci¨®n, m¨¢s rigurosos-, es la m¨¢s c¨®moda. Defensa sabe que le sobran cinco de cada seis j¨®venes obligados a hacer la mili y no le preocupa el riesgo de un escaqueo masivo. Pero es tambi¨¦n la m¨¢s injusta. Para no crear una discriminaci¨®n inaceptable, habr¨ªa como m¨ªnimo que incentivar a los ¨²ltimos reclutas forzosos, por ejemplo con la reducci¨®n de la mili a seis meses o el pago de 30.000 pesetas de sueldo, como prometi¨® el PP en su programa electoral. De otro modo, adem¨¢s de una injusticia, podr¨ªa provocarse una desbandada. Mal empezar¨¢ el Ej¨¦rcito profesional si no se acaba bien la mili obligatoria.
Otro aspecto criticable es el prop¨®sito de que la movilizaci¨®n de los ciudadanos de entre 19 y 25 a?os, en caso de ataque o amenaza a la independencia, soberan¨ªa e integridad territorial de Espa?a, se haga por decreto y no por ley, como prev¨¦ la legislaci¨®n vigente. Si ni siquiera en un caso tan grave se cuenta con el Parlamento, no se entiende cu¨¢l es su papel en esta materia ni por qu¨¦ se queja el Gobierno de la d¨¦bil conciencia de defensa de la sociedad. Puede arg¨¹irse que en caso de emergencia no hay tiempo para tramitar una ley, pero nuestro ordenamiento tiene una soluci¨®n: el decreto ley.
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