El Tribunal Superior avala que TV-3 y Canal 33 emitan s¨®lo en catal¨¢n
El Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a (TSJC) ha dictado una sentencia que avala las emisiones exclusivamente en catal¨¢n de TV-3 y Canal 33. Los magistrados consideran que la programaci¨®n pretende "normalizar y fomentar" esta lengua, recuerdan que el castellano domina en el conjunto de la oferta televisiva y aseguran que las emisiones de los dos canales auton¨®micos no vulneran ning¨²n derecho constitucional a la igualdad y a la informaci¨®n de los ciudadanos que no entienden el catal¨¢n.
La sentencia ha sido dictada por la Sala Segunda de lo Contencioso Administrativo del TSJC tras el recurso presentado por el abogado de Barcelona Juan Jos¨¦ Aizcorbe, un destacado militante del PP de Catalu?a que ahora es vicepresidente nacional del Partido de Acci¨®n Democr¨¢tica Espa?ola (PADE). Aizcorbe interpuso este recurso y otros dos m¨¢s en nombre de la Asociaci¨®n por la Lengua Espa?ola en la Administraci¨®n de Justicia y present¨® 109 firmas para impugnar tres art¨ªculos de la Ley de Pol¨ªtica Ling¨¹¨ªstica aprobada en enero por el Parlament. Dos de estos recursos, relativos a la obligatoriedad de que los funcionarios sepan catal¨¢n para acceder a la funci¨®n p¨²blica y sobre el uso esclusivo de esta lengua en las escuelas catalanas, ni siquiera fueron admitidos a tr¨¢mite. El que si se tramit¨® es el que ahora ha sido rechazado. La sentencia admite que el catal¨¢n y el castellano tienen un trato muy desigual en la programaci¨®n de TV-3 y el Canal 33, pero asegura que "tal desigualdad tiene un contenido compensatorio" frente a la prevalencia del castellano en el conjunto de la oferta televisiva de Catalu?a. Igualmente, la sentencia matiza que con las emisiones en catal¨¢n en las cadenas auton¨®micas se pretende "salir del estado de precariedad en el que se encontraba la lengua catalana hasta su relativamente reciente cooficialidad con la lengua castellana". Los magistrados consideran que esa precariedad se ha superado en los ¨²ltimos a?os, pero entienden que aun as¨ª siguen estando justificadas las emisiones exclusivamente en catal¨¢n para "asegurar su pervivencia futura en circunstancias de normalidad". La sentencia est¨¢ redactada en castellano y la ponente ha sido Mar¨ªa Fernanda Navarro de Zuluoga. Entre los razonamientos de la sentencia, el TSJC explica que, "atendiendo el peso espec¨ªfico del catal¨¢n sobre el conjunto del Estado", la pervivencia de esta lengua s¨®lo puede asegurarse "por la v¨ªa de medidas de fomento que podr¨¢n ser mayores o menores atendiendo a la circunstancia hist¨®rica de cada momento". Discriminaci¨®n justificada El TSJC alude a la sentencia del Tribunal Constitucional que en 1988 aval¨® la constitucionalidad de la Ley de Normalizaci¨®n Ling¨¹¨ªstica vigente hasta hace poco y recuerda que s¨®lo se produce una discriminaci¨®n "cuando una distinci¨®n de trato carece de justificaci¨®n objetiva y razonable". Los recurrentes recordaban que las emisiones de los dos canales son discriminatorias porque el 52 % de los ciudadanos de Catalu?a son castellanohablantes. Sin embargo, la Generalitat record¨® que el 93,8% entiende esta lengua, argumento que asume el tribunal. La sentencia recuerda que el catal¨¢n procede del lat¨ªn al igual que el castellano -"lo que deriva en una mayor facilidad de comprensi¨®n rec¨ªproca"- y que existe en Catalu?a una "amplia oferta" de prensa en castellano, por lo que el derecho a la informaci¨®n de los recurrentes est¨¢ garantizado en esta lengua. Los magistrados entienden que "siempre existir¨¢ un porcentaje mayor o menor que, residiendo en Catalu?a, no asimile el catal¨¢n sea por las razones que fuere".
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