La Delegaci¨®n del Gobierno proh¨ªbe la venta de petardos como el "Chupinazo"
Las verbenas son las grandes impulsoras de la venta de artefactos pirot¨¦cnicos. Tanto que la Delegaci¨®n del Gobierno ha autorizado este a?o a 950 establecimientos la venta de la amplia gama de petardos, bengalas y productos de explosi¨®n. Los denominados petardos rascadores, los que incorporan un dispositivo de rascado para conseguir su explosi¨®n, est¨¢n prohibidos cualquiera que sea su marca. El a?o pasado, en la verbena de Sant Joan, unas 80 personas resultaron heridas y con dedos amputados por la explosi¨®n anticipada de uno de estos artefactos, el famoso Chupinazo, que cobr¨® triste fama por ello.
En el ¨²ltimo a?o, la Subdelegaci¨®n del Gobierno en Barcelona ha tramitado 39 expedientes sancionadores, por un total de tres millones de pesetas, a establecimientos que no cumpl¨ªan la ley respecto a la venta de artilugios pirot¨¦cnicos. Hasta ahora la normativa sobre venta de petardos estaba regulada mediante circulares de los antiguos gobiernos civiles. Este a?o la legislaci¨®n viene fijada por el Reglamento de Explosivos, publicado en el Bolet¨ªn Oficial del Estado del pasado 12 de marzo. Con la nueva normativa, las sanciones administrativas pueden ascender a 100 millones de pesetas, adem¨¢s de las responsabilidades civiles y penales que se pueden derivar de los da?os que ocasionen los petardos. Seg¨²n este reglamento, a la Delegaci¨®n del Gobierno le corresponde la imposici¨®n de sanciones por infracciones graves y leves por tenencia y uso de productos pirot¨¦cnicos, y en todas las actividades relacionadas en las que no tenga competencias la Direcci¨®n General de la Guardia Civil, mientras que los alcaldes podr¨¢n multar las violaciones leves de la normativa. La ley establece que la venta de petardos debe realizarse en casetas o establecimientos y est¨¢ expresamente prohibida su venta ambulante, a personas con s¨ªntomas evidentes de embriaguez o de haber consumido sustancias estupefacientes y despu¨¦s de medianoche. Los denominados cohetes voladores s¨®lo podr¨¢n venderse en paquetes debidamente protegidos. Los establecimientos autorizados han de tener dos salidas y un m¨ªnimo de dos extintores, y no deben tener los productos al alcance del p¨²blico. El n¨²mero m¨¢ximo de compradores ser¨¢ de ocho y nunca deber¨¢n superar al de vendedores. Las casetas han de estar situadas a un m¨ªnimo de 20 metros de los edificios, y a 100 de gasolineras o dep¨®sitos de gas. La venta de petardos no catalogados y que carezcan del certificado de seguridad de la UE previsto en el nuevo reglamento puede ser sancionada con multas de entre 50.000 pesetas y cinco millones, y la incautaci¨®n del material, adem¨¢s del cierre del establecimiento. Por provincias, Barcelona es la que tiene mayor n¨²mero de puntos de venta (635 frente a los 610 del a?o anterior), seguida por Girona (116 este a?o y 102 en 1997), Tarragona (105 frente a 99) y Lleida (93 y 77 el pasado a?o). Para reducir al m¨¢ximo los efectos de los accidentes que a?o tras a?o se producen por el uso de petardos, Protecci¨®n Civil aconseja no lanzar estos artilugios hacia las personas, no guardarlos en los bolsillos, no hacerlos explotar ni tirarlos a menos de 50 metros de zonas forestales y gasolineras, no introducirlos en ladrillos ni botellas, y no lanzar los cohetes que tengan la ca?a rota. Tambi¨¦n recomienda no sujetar los petardos mientras se prenden, no intentar reutilizar los que no han explotado, descolgar la ropa tendida y los toldos de las casas para evitar que se quemen, poner un sustrato de tierra bajo las hogueras y no situar ¨¦stas debajo del tendido el¨¦ctrico ni en lugares que dificulten el paso de los veh¨ªculos de bomberos.
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