Absuelto de delito ecol¨®gico el ex director del aeropuerto de El Prat
La Audiencia de Barcelona ha absuelto de delito ecol¨®gico al ex director del aeropuerto de El Prat Alfonso de Alfonso por considerar que, en contra de la acusaci¨®n del fiscal, ni permiti¨® el vertido de tierras en las fechas en que ¨¦ste dec¨ªa, ni con ello se desec¨® una laguna, porque ¨¦sta no exist¨ªa. La sentencia censura al fiscal de medio ambiente de Catalu?a, Jos¨¦ Joaqu¨ªn P¨¦rez de Gregorio, quien reclam¨® sendas penas de dos a?os de c¨¢rcel y 7,5 millones de multa para Alfonso y otros dos acusados, que tambi¨¦n han sido absueltos.
El fiscal consideraba que a partir del 8 de junio de 1993, durante la construcci¨®n de una pista de acceso a la nueva torre de control, la empresa Benjumea SA, propiedad de uno de los acusados, verti¨® 51.000 metros c¨²bicos de tierras y escombros que destruyeron una zona h¨²meda de 4,32 hect¨¢reas, incluida una laguna de 0,9 hect¨¢reas. Seg¨²n la acusaci¨®n p¨²blica, Alfonso de Alfonso y el jefe de mantenimiento del aeropuerto, Jos¨¦ Mar¨ªa Mendiolea, tambi¨¦n acusado, eligieron para realizar el vertido una zona protegida por ley por ser lim¨ªtrofe de una reserva natural. En contra de esta tesis, el tribunal de la Secci¨®n Segunda explica en la sentencia que el fiscal confunde el movimiento de tierras ya existentes, que no se produjo en las fechas que ¨¦l indica, con el vertido que se hizo durante las obras, que "no puede alcanzar nunca la cantidad" que se?ala el fiscal. La sentencia matiza que los efectos que provocaron las tierras tienen "poca relevancia", seg¨²n constata un informe de la Guardia Civil: "No existen da?os en la vegetaci¨®n (...), no se aprecian olores, humos ni vapores. Los residuos no est¨¢n descompuestos y no se producen lixiviaciones que pudieran ocasionar filtraciones al medio acu¨ªfero". Sin embargo, el tribunal considera que este hecho es "irrelevante" si se recuerda que la laguna desecada a la que alude el fiscal no aparece en los planos aportados por el Ayuntamiento de El Prat de Llobregat ni en las fotograf¨ªas del Instituto Cartogr¨¢fico, cuya "minuciosidad" y precisi¨®n constatan los magistrados. En consecuencia, el tribunal entiende que nunca se pudo producir la desecaci¨®n de la laguna por las obras y que "tampoco se puede sostener que haya habido vulneraci¨®n de la normativa administrativa". La Audiencia admite que el aeropuerto no ten¨ªa autorizaci¨®n del Ayuntamiento de El Prat para realizar las obras, pero precisa que eso "es irrelevante" en el ¨¢mbito penal.
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