Un hombre de Tarragona es condenado a una multa de tres millones por abusar repetidamente de su hija
La Audiencia Provincial de Tarragona ha condenado a un hombre a pagar una multa de 3 millones de pesetas por haber abusado repetidamente de su hija. El fiscal solicitaba para el acusado cuatro a?os de prisi¨®n, pero el tribunal ha rebajado considerablemente la pena al entender que la ni?a era mayor de 12 a?os cuando ocurrieron los abusos y ha aplicado lo establecido para estos casos en el nuevo C¨®digo Penal.?sta es la pena m¨¢xima que fija el nuevo C¨®digo Penal si el menor tiene m¨¢s de doce a?os.
Los hechos sucedieron durante el a?o 1996 en la casa de los abuelos paternos, donde viv¨ªan la v¨ªctima y su hermano desde el fallecimiento de la madre, dos a?os antes. La Audiencia Provincial condena al acusado, residente en el barrio de Camp Clar de Tarragona y cuya identidad no ha sido facilitada, a dos penas de abuso sexual, aunque result¨® acreditado durante el juicio que los abusos se produjeron al menos cuatro veces.
El tribunal considera probado que en el verano de 1996, el condenado realiz¨® durante dos noches seguidas diversos tocamientos a su hija. Los hechos se repitieron tambi¨¦n dos d¨ªas seguidos del mes de septiembre. En ninguno de ellos hubo penetraci¨®n.
La sentencia, dictada por la secci¨®n segunda de la Audiencia de Tarragona, considera que los hechos constituyen tan s¨®lo dos delitos de abuso sexual al considerar como un solo delito los ocurridos en d¨ªas consecutivos. La condena impuesta es de dos penas de multa de 2.000 pesetas durante 24 meses, es decir, un total de 2,9 millones de pesetas.
El tribunal tambi¨¦n ha retirado al acusado la patria potestad de los hijos durante un periodo de 6 a?os.
Por su parte, el abogado de la Generalitat, que ejerc¨ªa la acusaci¨®n particular por ser la v¨ªctima una menor bajo su tutela, hab¨ªa solicitado para el acusado tres a?os de prisi¨®n y una indemnizaci¨®n de medio mill¨®n de pesetas. La defensa hab¨ªa pedido la absoluci¨®n alegando que no hab¨ªa quedado suficientemente acreditado que se hubiera producido un delito de abusos sexuales.
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