La UPA recurrir¨¢ ante el tribunal de Luxemburgo la reforma del aceite
,La Uni¨®n de Peque?os Agricultores (UPA) no dio por finalizada la batalla de la Organizaci¨®n Com¨²n del Mercado (OCM) del aceite de oliva con la aprobaci¨®n de ¨¦sta. Su secretario general, Fernando Moraleda, explic¨® ayer en Ja¨¦n que la agrupaci¨®n est¨¢ elaborando un recurso de anulaci¨®n, que se elevar¨¢ al Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea, con sede en Luxemburgo, en el que se cuestiona la validez de la OCM porque entienden que esta vulnera aspectos concretos del Tratado de Roma.
Moraleda subray¨® que la reforma de la OCM aceitera otorga un "tratamiento discriminatorio entre los productores de este sector en diferentes pa¨ªses", "no garantiza el incremento de la renta para los productores peque?os" y, por ¨²ltimo, "no garantiza la cohesi¨®n en determinadas regiones desfavorecidas". La organizaci¨®n agraria entiende que los dos primeros aspectos vulneran los art¨ªculos 40 y 39.1.d, respectivamente, del Tratado de Roma y que el ¨²ltimo atenta contra el art¨ªculo 130 del Tratado de Maastricht. Sobre estos planteamientos se sustentar¨¢ el recurso que redactar¨¢ UPA como asociaci¨®n agraria y los que, a t¨ªtulo individual, presentar¨¢n peque?os productores que entienden que sus intereses se han visto lesionados por la aprobaci¨®n de la regulaci¨®n del mercado. Seg¨²n Moraleda existe una "discriminaci¨®n objetiva" hacia los agricultores espa?oles, a los que no se les asegura "un nivel de vida equitativo", con lo que la decisi¨®n del Consejo de Ministros romper¨ªa la "legalidad" de los acuerdos comunitarios. El recurso se elaborar¨¢ en las pr¨®ximas semanas. La fecha tope para su presentaci¨®n es el 28 de septiembre, momento en que se cumplen dos meses desde la publicaci¨®n de la reforma de la OCM. La interposici¨®n del recurso no significar¨¢ la paralizaci¨®n del proceso, salvo que el Tribunal de Luxemburgo lo estime conveniente. Normalmente, aclar¨® Moraleda, la aplicaci¨®n de las medidas adoptadas por el Consejo de Ministros siguen adelante y es tras la decisi¨®n jur¨ªdica cuando puede anularse la reforma o bien obligar a que se introduzcan cambios.
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