La licencia de monse?or
La licencia para matar de monse?or Yanes ha venido a agitar las tranquilas aguas por las que discurr¨ªa la triple iniciativa parlamentaria dirigida a transformar la actual regulaci¨®n de la despenalizaci¨®n parcial del aborto, pasando de un sistema de indicaciones a uno de plazos, pasando, todo sea dicho, de forma significativamente vergonzante. La novedad de la intervenci¨®n de monse?or no est¨¢ en el fondo de la misma, en su contenido, pues es claro que iniciativas como las que comentamos chocan frontalmente con la interpretaci¨®n de la moral que hace la Iglesia Cat¨®lica en general y nuestra Conferencia Episcopal en particular, tampoco est¨¢ en su expresi¨®n, pues no es la primera vez que la Conferencia se manifiesta sobre la materia y en el sentido en que lo ha hecho monse?or; la novedad se encuentra en el tono, en el lenguaje pirot¨¦cnico empleado por el se?or arzobispo, lenguaje m¨¢s bien raro en las manifestaciones p¨²blicas de los pr¨ªncipes de la Iglesia. Es posible que el empleo de un lenguaje desgarrado tenga que ver con cuestiones de pol¨ªtica interna de la Iglesia, no lo s¨¦, pero no es menos cierto que la forma en este caso bien poco a?ade al fondo, que es ciertamente dur¨ªsimo, pues la Conferencia Episcopal por boca de su presidente critica la triple iniciativa por dos ¨®rdenes de razones que confluyen en la condena radical de las mismas: que por su contenido son frontalmente contrarias a la moral, y que son, adem¨¢s, inconstitucionales. Poco se puede decir de lo primero. Es claro que el aborto voluntario no necesitado de causa de justificaci¨®n, que es el n¨²cleo esencial del sistema de plazos, supone por su propia configuraci¨®n dejar la suerte del feto a la decisi¨®n exclusiva y gratuita de la madre gestante, es claro asimismo que una regulaci¨®n de ese tipo no es compatible ni con la moral judeo-cristiana (de la que la cat¨®lica es una variante), ni con un buen paquete de discursos morales estrictamente laicos, por ejemplo el kantiano, no parece que haya motivo de extra?eza porque monse?or nos recuerde lo que es sobradamente sabido. Sin embargo jur¨ªdicamente no es esa la cuesti¨®n. Una norma puede ser radicalmente inmoral y ser perfectamente v¨¢lida, como muestran, por ejemplo, la legislaci¨®n taurina o la permisi¨®n del boxeo. No parece, adem¨¢s, que sea criticable en una sociedad pluralista y en un Estado Democr¨¢tico que una asociaci¨®n de definici¨®n ideol¨®gica, como son todas las confesiones religiosas, manifieste qu¨¦ opini¨®n le merece un proyecto legislativo. Las cosas cambian cuando monse?or va m¨¢s all¨¢ del discurso moral y afirma que las iniciativas en curso son, adem¨¢s, probablemente inconstitucionales. Aqu¨ª ya estamos en el dominio com¨²n que comprende a creyentes y no creyentes, sean los primeros cat¨®licos o no, aqu¨ª estamos ante un problema de la ciudad, que bien poco tiene que ver con cuestiones morales. Significativo me parece que en este punto monse?or deje de lado la pirotecnia y apunte un moderado "probablemente". El presidente de la Conferencia Episcopal es un ciudadano m¨¢s de la ciudad, y como tal est¨¢ en su perfecto derecho a dar su opini¨®n sobre la conformidad o no de determinadas iniciativas legislativas con la ley fundamental del Estado.Como dirigente de una instituci¨®n social importante puede ped¨ªrsele prudencia, estudio y mesura a la hora de configurar su opini¨®n sobre la compatibilidad de un proyecto legislativo con la Constituci¨®n, pero nada m¨¢s. Su opini¨®n puede ser acertada o no, y si¨¦ndolo puede ser aceptada por los tribunales o no, como sucede con la de cualquier hijo de vecino, si acaso lo que podemos pedirle es que nos diga por qu¨¦ sostiene tal opini¨®n. Monse?or sostiene la inconstitucionalidad de una ley de plazos como las presentadas por dos razones: porque niegan el derecho a la vida del feto, lo que quebranta el art.15 de la Constituci¨®n Espa?ola (CE), y porque al menos una iniciativa niega el derecho a la objeci¨®n de conciencia del personal sanitario. Respecto de la primera cuesti¨®n, la argumentaci¨®n de monse?or peca de sumaria, y aunque tiene respaldo jur¨ªdico serio, entre otros en el Pacto Internacional de Derecho Civiles y Pol¨ªticos, no se corresponde con la doctrina sentada por el Tribunal Constitucional en la materia, recoge un debate existente en la doctrina sobre la cuesti¨®n, pero tal y como est¨¢ formulada no puede menos que suscitar serias reservas. A lo m¨¢s que cabe llegar es a afirmar que una ley de plazos, en cuanto excluye necesidad de causa de justificaci¨®n para la interrupci¨®n del embarazo, es dif¨ªcilmente compatible con esa doctrina del Constitucional. Por el contrario, en la segunda cuesti¨®n la objeci¨®n de monse?or es incontestable: si alguna o algunas de las iniciativas en curso desconoce o menoscaba el derecho a la objeci¨®n de conciencia es abiertamente contraria a la doctrina constitucional y al art.16 CE. Pero no es s¨®lo monse?or quien se toma licencias en el caso. Otras licencias hay, si bien ¨¦stas son, si cabe, m¨¢s sorprendentes. Pues me parece que ¨¦se es el calificativo que merecen las imputaciones de injerencia, de lesi¨®n al Parlamento y, en el extremo, de negarle a monse?or el derecho a orientar en la materia la opini¨®n de su parroquia. Que un grupo ideol¨®gico manifieste su opini¨®n sobre iniciativas legislativas me parece no s¨®lo l¨ªcito, sino aun debido; que una confesi¨®n religiosa manifieste su desacuerdo con una regulaci¨®n legal que es contraria a sus creencias me parece que forma parte de la normalidad democr¨¢tica. Que una instituci¨®n o un grupo de ciudadanos traten de influir en la representaci¨®n nacional para que ¨¦sta legisle seg¨²n sus puntos de vista no s¨®lo es congruente, sino que forma parte de la naturaleza misma de esa representaci¨®n en tanto que cuerpo legislativo. La acusaci¨®n de injerencia no tiene sentido en un estado democr¨¢tico, tiene sentido, eso s¨ª, si se considera a la Iglesia como un estamento, como una parte del cuerpo pol¨ªtico asociada al estado pero distinta de ¨¦ste. En el lenguaje clerical se dir¨ªa que s¨®lo tiene sentido en un contexto constantiniano; ver a parlamentarios criticar a monse?or con argumentos que presuponen la teor¨ªa de las dos espadas resulta punto menos que esperp¨¦ntico. La licencia para matar no me parece muy afortunada, pero las otras licencias dejan el partido con un resultado claro: victoria de monse?or a los puntos.
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